Norma Legal Oficial del día 23 de Noviembre del año 2006 (23/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Dentro de la faja de servidumbre, no podra construirse obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 5811-7

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de actualizacion de software y soporte de producto de procesadores Oracle
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 551-2006-MEM/DM MORDAZA, 17 de noviembre de 2006 VISTOS: Los Informes Tecnicos Nº 188-2006-MEM-OGP-INF y Nº 024-2006-MEM-OGA-ABA, emitidos por la Oficina de Informatica de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadistica e Informatica y por la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion, respectivamente, asi como el Informe Nº 412-2006-MEMOGJ de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Energia y Minas, que sustentan la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del servicio de actualizacion de software y soporte de producto ORACLE, por no admitir sustitutos y por existir proveedor unico; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Energia y Minas, para dar cumplimiento a las funciones asignadas por mandato legal, precisa que toda la informacion de caracter institucional se encuentre procesada por medios informaticos, utilizando para dichos efectos una plataforma de Base de Datos ORACLE; requiriendo contar con el servicio de actualizacion y soporte de producto para asegurar la normal operatividad de sus sistemas informaticos; Que, segun se senala los Informes Tecnicos Nº 1882006-MEM-OGP-INF y Nº 024-2006-MEM-OGA-ABA, se ha determinado que la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A. es la unica empresa autorizada en el Peru por Oracle Corporation para brindar la actualizacion de software y soporte de producto de dos (02) procesadores ORACLE Database Enterprise Edition y un (01) procesador ORACLE Database Standard Edition; Que, mediante Informe Nº 412-2006-MEM-OGJ la Oficina General de Asesoria Juridica, en base a lo senalado en los referidos informes tecnicos en el sentido de que los servicios no admiten sustitutos y que existe un unico proveedor, es de la opinion que la exoneracion de MORDAZA de seleccion para dicha contratacion es legalmente viable por estar contemplada en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, el articulo 144º del Reglamento de la Ley citada, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, dispone que, en los casos en que no existan servicios sustitutos a los requeridos y siempre que exista

un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente; considerando que existe proveedor unico en los casos en que, por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en el articulo 147º de su Reglamento, esta exoneracion debe ser aprobada por resolucion ministerial, publicandose en el Diario Oficial El Peruano y a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE; Que, la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion por lo que, aunque la contratacion se efectuara en forma directa, mediante una accion inmediata, debe seguir el procedimiento establecido en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo establecido en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el articulo 147º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la contratacion del servicio de actualizacion de software y soporte de producto de dos (02) procesadores ORACLE Database Enterprise Edition y un (01) procesador ORACLE Database Standard Edition como un servicio que no admite sustitutos, de conformidad con lo establecido por el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Energia y Minas del MORDAZA de seleccion en la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de actualizacion de software y soporte de producto de dos (02) procesadores ORACLE Database Enterprise Edition y un (01) procesador ORACLE Database Standard Edition con la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion ministerial. Articulo 3º.- La contratacion a la que se refiere el articulo precedente sera realizada por la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Energia y Minas , por un valor referencial de hasta S/. 85 000,00 (Ochenticinco mil y 00/100 nuevos soles), incluido el Impuesto General a las Ventas, por un periodo de doce (12) meses, contados a partir del 28 de noviembre de 2006 hasta el 27 de noviembre de 2007 con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina General de Administracion remitir MORDAZA de la presente resolucion ministerial y de los informes tecnicos y legal a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- La presente resolucion debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision y en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 5931-1

Aprueban Plan Transitorio de Transmision para el periodo 2007 2008
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 552-2006-MEM/DM MORDAZA, 20 de noviembre de 2006

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