Norma Legal Oficial del día 23 de Noviembre del año 2006 (23/11/2006)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de noviembre de 2006

y acuatico. En caso el vehiculo no fuera de propiedad del solicitante, debera presentar Declaracion Jurada o, contrato de alquiler o de adquisicion del vehiculo mediante sistema de financiamiento; en los dos primeros casos, en dichos documentos el propietario debera autorizar el uso del vehiculo para el transporte de IQPF. b. Copias de las Licencia(s) de Conducir del o los conductores a registrar y sus respectivos documentos de identidad o similares para el transporte aereo y acuatico. c. Certificado de Antecedentes Penales (originales) de los conductores cuyo registro se solicita. d. Declaracion jurada de que sus unidades de transporte se encuentran en buen estado de funcionamiento. Cuando entre en vigencia las revisiones tecnicas, el certificado expedido por la autoridad competente. Ademas deberan contar con un local apropiado para la seguridad de los IQPF, en caso desarrolle el almacenaje transitorio de las mercaderias a transportar. Articulo 24º.- Del procedimiento de investigacion sumaria a. Presentada la solicitud, el funcionario policial correspondiente, procedera a verificar si la solicitud y sus anexos reunen los requisitos senalados en el articulo 20º del presente reglamento. En caso de no reunir los requisitos exigidos, se le concedera al usuario un plazo de ocho (8) dias habiles para subsanar. De no subsanar en el plazo MORDAZA indicado, se archivara la solicitud notificandose al solicitante con la resolucion correspondiente. b. Aceptada la solicitud, se procedera a programar la visita policial de inspeccion a los locales de la empresa, notificando al solicitante y al representante del Ministerio Publico para su participacion en esta diligencia. La visita policial de inspeccion debera realizarse en un plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles contados a partir de aceptada la solicitud. c. La visita de inspeccion requiere de la presencia obligatoria del representante legal o propietario de la empresa usuaria, quien debera exhibir los documentos originales de las copias adjuntadas a la solicitud. Durante la visita de inspeccion, debe procederse a verificar la infraestructura, maquinaria y equipos, procedimientos de almacenamiento, asi como la existencia de medidas de seguridad para los IQPF. De la visita de inspeccion se levantara un acta, la misma que sera suscrita por el personal policial, representante del Ministerio Publico y propietario o representante legal, segun sea el caso. d. Si luego de realizada la visita policial de inspeccion se formularan observaciones, se concedera un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles para subsanarlos, de ser necesario se programara una nueva visita. Si no se subsanan las observaciones en el plazo MORDAZA indicado, se denegara el otorgamiento del Certificado de Usuario. e. El funcionario policial competente, efectuara el analisis pertinente respecto a los documentos presentados por el solicitante. Al termino de las diligencias anteriores, debera emitir el informe correspondiente en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles, concluyendo asi la investigacion sumaria. Articulo 28°.- De la actualizacion del Certificado de Usuario El Certificado de Usuario tiene una vigencia de dos anos. Para su actualizacion, el usuario debera presentar lo siguiente: a. Solicitud ante la autoridad policial correspondiente. b. MORDAZA simple del Certificado de Usuario de IQPF en vigencia; el original del mismo si se encontrara vencido. c. Documentos que sustenten los cambios a realizar en la informacion que figura en su Certificado de Usuario de IQPF, segun sea el caso. d. Recibo de pago al Banco de la Nacion de acuerdo al MORDAZA del Ministerio del Interior ­ Policia Nacional del Peru ­ Direccion Antidrogas. e. En caso los establecimientos se encuentren ubicados en lugares distantes a las sedes de las Unidades Antidrogas Especializadas de la Policia Nacional, se considerara adicionalmente en los MORDAZA

del Ministerio Publico y del Ministerio del Interior, los gastos de alimentacion, alojamiento y transporte de los funcionarios que haran la inspeccion de acuerdo a lo fijado por el MEF, los cuales seran proporcionados por los usuarios. En los casos en que no se cuente con los servicios indicados en el lugar donde se realizara la visita de inspeccion, el usuario podra proveer directamente dichos servicios. Los pagos referidos en los incisos "d" y "e" precedentes, son tasas que seran aplicables a cubrir los costos que irroguen los servicios definidos. Articulo 55°.- Del Acta Policial de Transporte de IQPF El transporte interprovincial de IQPF en cualquier parte del territorio nacional, requiere de la obtencion del Acta Policial de Transporte, exceptuandose de esta obligacion al transporte entre la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao. Para tal efecto, los transportistas MORDAZA de la realizacion del transporte, deberan apersonarse a la Unidad Antidrogas Especializada de la Policia Nacional del Peru del lugar donde se origine el servicio, debiendo presentar: a. Certificado de Usuario vigente. b. La guia de remision-remitente, factura, boleta o comprobante de pago, segun el caso, del solicitante del servicio que acredite la tenencia del IQPF. c. Nombre y cantidad de IQPF a ser transportado. Preferentemente los solidos y gaseosos se consignaran en kilogramos y los liquidos en litros. d. Numero y MORDAZA de envases. e. Datos del vehiculo de transporte: placa o numero de matricula y nombre del conductor registrado en el Certificado de Usuario. f. Guia de remision-transportista. g. Direccion de destino o lugar de entrega. h. De ser el caso, MORDAZA simple del Certificado de Usuario del destinatario de los IQPF. i. Describir la ruta de transporte. j. Recibo de pago de los derechos de acuerdo al MORDAZA del Ministerio del Interior ­ Policia Nacional del Peru ­ Direccion Antidrogas. Los usuarios o las Unidades Antidrogas Especializadas de la Policia Nacional del Peru, podran si lo consideran conveniente, colocar dispositivos de seguridad para el transporte de IQPF. La Unidad Antidrogas Especializada de la Policia Nacional del Peru debera verificar la documentacion presentada y constatar los IQPF a transportar. En caso de conformidad, el Acta Policial de Transporte se otorgara inmediatamente o en el plazo MORDAZA de 24 horas desde que el transportista se apersono a la mencionada unidad policial. Debera obtenerse un Acta Policial por cada uno de los servicios de transporte que se pretenda realizar, aun cuando se realice en mas de una unidad vehicular. La Unidad Antidrogas Especializada de la Policia Nacional del Peru que emitio el Acta Policial de Transporte, debera ingresar la informacion contenida en dicho documento al Registro Unico. Devuelta el acta a la unidad que la emitio, se ingresara su conformidad y las observaciones. En los lugares donde no exista Unidad Antidrogas Especializada, la Direccion Antidrogas de la PNP delegara esta atribucion a la dependencia policial correspondiente. Articulo 63°.- Del control al transporte MORDAZA de IQPF y en las vias de comunicacion Fuera de las Zonas Sujetas a Regimen Especial, el transporte de IQPF MORDAZA o dentro de la provincia no requiere del Acta Policial de Transporte, debiendo realizarse con los documentos que sustenten su procedencia y destino. La Policia Nacional del Peru establecera puestos moviles en las vias de comunicacion para el control al transporte de IQPF, debiendo dar prioridad a las Zonas Sujetas a Regimen Especial; los transportistas deberan

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