Norma Legal Oficial del día 23 de Noviembre del año 2006 (23/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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las provincias de Huanta y La Mar del departamento de MORDAZA, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica, en la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo, en el distrito de Andamarca de la provincia de MORDAZA, y en el distrito de MORDAZA MORDAZA de Acobamba de la provincia de Huancayo del departamento de Junin; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia referido, aun subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria del Estado de Emergencia en las provincias y distritos alli indicados; Que, el articulo 137° de la Constitucion Politica del Peru, establece en el numeral 1) que la prorroga del Estado de Emergencia requiere de MORDAZA decreto; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1°.- Prorroga de Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 26 de noviembre de 2006, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de MORDAZA, en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica, en la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo, en el distrito de Andamarca de la provincia de MORDAZA y en el distrito de MORDAZA MORDAZA de Acobamba de la provincia de Huancayo del departamento de Junin. Articulo 2°.Suspension de Derechos Constitucionales Durante la prorroga del Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior, quedan suspendidos los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9), 11) y 12) del articulo 2°, y en el inciso 24) apartado f) del mismo articulo, de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, la Ministra del Interior y la Ministra de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de noviembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 6015-1

que permitiran conocer los avances y logros alcanzados en materia pesquera y acuicola asi como promover al Peru como destino de capital productivo en el subsector pesquero; Que, la participacion del Ministro MORDAZA MORDAZA MORDAZA en las reuniones de trabajo a sostenerse con los mencionados empresarios permitira entablar relaciones de coordinacion e intercambio de experiencias con productores extranjeros, las cuales contribuiran no solo a aumentar el nivel de inversiones productivas en el MORDAZA, sino que redundaran en el cumplimiento de las competencias, funciones y atribuciones del Sector Produccion; Que, en ese sentido, es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de la Produccion, asi como encargar dicha Cartera en tanto dure la ausencia de su titular; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por Decreto de Urgencia Nº 006-2006, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de la Produccion, a Ecuador, del 23 al 24 de noviembre de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo al Pliego 038: Ministerio de la Produccion, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 200,00. Articulo 3º.- Encargar la cartera de la Produccion a la doctora MORDAZA MORDAZA Araoz MORDAZA, Ministra de Comercio Exterior y Turismo, mientras dure la ausencia del Titular. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho de exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos de cualquier clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 6014-6

Autorizan viaje de Ministro de la Produccion a Ecuador y encargan su Despacho a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo
RESOLUCION SUPREMA Nº 347-2006-PCM MORDAZA, 22 de noviembre del 2006 CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de la Produccion, viajara a la Republica del Ecuador el 23 y 24 de noviembre de 2006, con la finalidad de sostener una serie de reuniones con empresarios de dicho MORDAZA

Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a MORDAZA y EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de Defensa
RESOLUCION SUPREMA N° 348-2006-PCM MORDAZA, 22 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Peru asigna particular importancia a la insercion estrategica en Sudamerica a partir de la pertenencia a la Comunidad MORDAZA y a la convergencia de la Comunidad MORDAZA con el MERCOSUR con miras a la conformacion y consolidacion de la Comunidad Sudamericana de Naciones;

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