Norma Legal Oficial del día 24 de Noviembre del año 2006 (24/11/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

333389

las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar ecuatoriano, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 25 de noviembre al 2 de diciembre de 2006, para participar en un intercambio de Especialistas en el area de la Salud Mental con el Ejercito del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 6052-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1159-2006-DE/SG MORDAZA, 23 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 1254, de fecha 21 de noviembre de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, el Ministro de Defensa de Colombia acompanado de una delegacion de militares colombianos realizara una visita oficial atendiendo una invitacion del Ministro de Defensa del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica al personal militar colombiano, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, que forma parte de la delegacion que acompana al Ministro de Defensa Nacional de Colombia a una visita oficial al Ministro de Defensa del Peru, del 24 al 25 de noviembre de 2006. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 6052-3

Autorizan a procurador interponer acciones para identificar a responsables de la muerte de soldado del Ejercito en la provincia de Chavin de Huantar y obtener reparacion para sus deudos
RESOLUCION MINISTERIAL N° 1160-2006 DE/SG MORDAZA, 23 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 171º de la Constitucion Politica del Peru las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional participan en el desarrollo economico y social del MORDAZA, y en la defensa civil de acuerdo a ley; Que, de la misma forma, el Articulo 186º de la Carta Fundamental establece que la Oficina Nacional de Procesos Electorales dicta las instrucciones y disposiciones necesarias para el mantenimiento del orden y la proteccion de la MORDAZA personal durante los comicios electorales. Estas disposiciones son de cumplimiento obligatorio para las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional; Que, durante el MORDAZA de elecciones ocurrido el pasado MORDAZA 19 de noviembre de 2006, los efectivos de las Fuerzas Armadas fueron desplegados por todo el territorio nacional a fin de garantizar el orden y la seguridad necesarios para el desarrollo del MORDAZA electoral; Que, como es de publico conocimiento, en un execrable hecho ocurrido en la provincia de Chavin de Huantar, departamento de MORDAZA, el soldado del Ejercito Peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, perdio la MORDAZA al tratar de evadir a una turba que pretendia arrebatarle las actas electorales bajo su custodia; Que, los autores de este crimen deben ser identificados a la brevedad y sancionados de manera ejemplar por haber atentado contra la MORDAZA de una persona que ejercia la defensa del MORDAZA democratico, en una afrenta directa contra la autoridad del Estado y la decision popular expresada en las actas de sufragio; Que, en tal sentido, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Defensa para que interponga, continue o impulse las acciones que MORDAZA necesarias para identificar a los responsables del fallecimiento del soldado del Ejercito Peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como obtener la reparacion a que MORDAZA lugar para sus deudos; De conformidad con la Ley Nº 17537, Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificada por Decreto Ley Nº 17667, y lo dispuesto por la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Defensa para que interponga, continue o impulse las acciones que MORDAZA necesarias para identificar a los responsables del fallecimiento del soldado del Ejercito Peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como obtener la reparacion a que MORDAZA lugar para sus deudos. Articulo 2º.- Encargar al Comandante General del Ejercito Peruano la remision al referido Procurador Publico del parte y los informes con que se cuente en relacion a los hechos que ocasionaron la muerte del soldado del Ejercito Peruano MORDAZA MORDAZA MORALES. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Defensa y al Comandante General del Ejercito Peruano para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 6063-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.