Norma Legal Oficial del día 26 de Noviembre del año 2006 (26/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

333547

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador impulsar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Provincial de Chincha
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 351-2006-CG MORDAZA, 24 de noviembre de 2006

Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537, y sus modificatorias; SE RESUELVE:

Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 026-2006-CG/GDPC de 30.OCT.2006, los Oficios Nºs. 095-2006-DIRCOCOR-PNPDIVPACGR/OPA.ICA de 1.JUN.2006 y 1233-2006-DIRCOCORPNP/DIVPACGR/DISREG de 19.JUN.2006; asi como elAtestado Nº 052-2006-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/DISREG/OPA.ICA de 31.MAY.2006 emitido por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, producto de las investigaciones efectuadas en la Municipalidad Provincial de Chincha, y; CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica a traves del Oficio Nº 501-2005-CG/ORIC, dispuso se efectue la verificacion de los hechos denunciados, designando para el caso una Comision a efectos de realizar la mencionada verificacion, cuyo periodo de analisis comprendio desde junio 2004 a junio 2005; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 001-2005CG/ORIC de 9.DIC.2005, en el cual se ha determinado la existencia de irregularidades en el area de tesoreria debido a que se han utilizado los recursos diarios recaudados destinados al Fondo Fijo de MORDAZA Chica los cuales no eran depositados integramente ni rendidos; asimismo han incumplido con las reiteradas recomendaciones contenidas en los informes de auditoria realizados y memorandos emitidos por Sociedades de Auditoria y por el propio Organo de Control Institucional (OCI) que le senalaban las irregularidades en que habrian incurrido, manteniendo a personal en dicha area que no contaba con la idoneidad ni capacitacion para el desempeno del cargo y rotando a la vez a dos contadores que como consecuencia de los arqueos realizados determinaron saldos sin sustento y deficiencias en la administracion de los recursos, gastando sin control alguno la suma de S/. 1 023 774,93; asimismo se ha evidenciado la existencia de comprobantes de pago de diferentes proveedores (por medicamentos, adquisicion de abarrotes, consumos de restaurantes, materiales de construccion, adquisicion de combustibles, servicio de mantenimiento, transportes y utiles de oficina), los cuales han sido adulterados introduciendo montos o incrementando los existentes, con el proposito de simular adquisiciones o prestaciones que efectivamente no fueron realizadas sustentando gastos por la suma de S/. 19 267,20; Que, la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Tecnica a traves del Oficio Nº 095-2006DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/OPA.ICA de 1.JUN.2006 a la Primera Fiscalia Provincial Penal de Chincha - Ica, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Falsificacion de Documentos, Peculado, Omision de Actos Funcionales y Estafa; ilicitos previstos y sancionados por los articulos 427º, 387º, 377º y 196º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo

Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 6105-1

MINISTERIO PUBLICO
Reincorporan a magistrado y lo designan en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Civil y Familia de Ica
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION N° 1483-2006-MP-FN MORDAZA, 24 de noviembre de 2006 VISTA: La Resolucion de fecha 5 de junio del 2006, expedida por la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que confirma la sentencia contenida en la Resolucion Nº 08 de fecha 13 de enero del 2006, expedida por el Sexagesimo MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, que declara fundada la Accion de MORDAZA, interpuesta por el doctor MORDAZA MORDAZA Chacaltana Yanez y en consecuencia inaplicables al actor los efectos de los Decretos Leyes Nºs. 25735 y 25591, la Resolucion Nº 633-92-MP-FN de fecha 6 de octubre de 1992 y la Resolucion Suprema Nº 328-93-JUS del 28 de MORDAZA de 1993; ordenando su reincorporacion en el cargo de Fiscal Adjunto Provincial Titular de la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, Distrito Judicial de Ica, debiendo reconocerse el tiempo que estuvo cesado para efectos pensionables. CONSIDERANDO: Que, la consecuencia juridica de una Accion de MORDAZA, es la de reponer las cosas al estado anterior a la violacion de un derecho constitucional. Que, en cumplimiento del mandato judicial, corresponde a la Fiscal de la Nacion, disponer la reincorporacion del doctor MORDAZA MORDAZA Chacaltana Yanez, en el cargo de Fiscal Adjunto Provincial Titular Mixto de la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, Distrito Judicial de Ica. Que, a la fecha la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA del Distrito Judicial de Ica, no existe; toda vez que ha sido convertida y ademas las plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales Mixtos de Ica, se encuentran ocupadas por Fiscales Titulares, en tal sentido, se debe reincorporar

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