Norma Legal Oficial del día 26 de Noviembre del año 2006 (26/11/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

333552

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de noviembre de 2006

de acuerdo a la Ley para su traslado fuera del MORDAZA o su comercializacion. Expediente: Nº Nombre y Apellidos: Documento de identidad: Nacionalidad: Domicilio: Destino: Cantidad solicitada: Descripcion: 1. 2. 3. 4. 5. Cantidad autorizada: Fotografias: OBSERVACIONES: Certificado valido por cuarenta y cinco (45) dias calendario, contados a partir de la expedicion del presente. Responsable del peritaje: Nombres y Apellidos: Firma Numero de Informe Tecnico: 6083-1 Director Regional del Instituto Nacional de Cultura de La MORDAZA

(----------------------------)

(----------------------------) (----------------------------)

Declaran Monumento Integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion a templo ubicado en la Comunidad Campesina de Misca, provincia de Paruro, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1929/INC MORDAZA, 15 de noviembre de 2006 Visto el Oficio Nº 472-DRC-C/INC-2006 de la Direccion Regional de Cultura Cusco; y, CONSIDERANDO Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad al articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacios, testimonio y areas urbanas que por su valor historico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Informe Nº 087-2006-INC/DPHCRSDR-LGCH la Subdireccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano evaluo la documentacion presentada por la Direccion Regional de Cultura MORDAZA mediante la cual solicitan la declaracion como Patrimonio Cultural de la Nacion del "Templo Santisima MORDAZA de Misca o Misk'a", ubicado en la Comunidad Campesina de Misca, distrito y provincia de Paruro, departamento de MORDAZA, manifestando que la localidad de Misca se encuentra ubicada en una ladera de la MORDAZA alta del Rio Paruro, area de sedimento arcilloso que forma una especie de explanada de fuerte pendiente compuesta por arbustos de MORDAZA y eucaliptos. Se presume que el templo se MORDAZA construido en la epoca colonial, por la Orden Mercedaria y data aproximadamente del siglo XVIII, el ano 1772, fecha de Concilio Limense por el cual se rigio la Iglesia Peruana y casi Latinoamerica y de la Fiesta Central del MORDAZA MORDAZA que tiene lugar los 29 de MORDAZA de cada ano. El Templo posee trazo de caracteristicas coloniales, presenta una sola nave, la

Plaza Principal lo constituye el Templo, formando parte del contexto MORDAZA del poblado, al cual se integra una barda que delimita este sector, el atrio del templo lo constituye la plaza, cuyo acceso se da mediante dos MORDAZA de medio punto, los cuales comunican a sectores de grupos o ayllus dentro del contexto social de la comunidad, siendo muy importante la relacion que existe entre el templo y el pueblo. Segun la historiadora MORDAZA Poole (1982), considera que Misk'a es un Santuario Religioso, centro ritual al que acuden distintos grupos sociales a fin de venerar una imagen religiosa; estas peregrinaciones delimitan un determinado espacio sagrado demarcado por la devocion, movimiento de peregrinos a un centro ritual, que en los andes peruanos corresponden a una forma historica de la organizacion territorial MORDAZA con MORDAZA prehispanicos, asimismo la fiesta patronal unifica ciertos ayllus y sus calendarios de produccion, dentro de un area restringida como Misk'a, que es una unidad local de produccion maicera cuya celebracion catolica (Pentecostes) se da con la primera cosecha del maiz, constituyendo esto parte del ciclo ritual y MORDAZA de los cincos ayllus de Paruro. Por su antiguedad y caracteristicas tipologicas, formales y constructivas, este templo, el cual si bien no presenta elementos que destaquen en forma individual, en conjunto con el paisaje rural, y el asentamiento humano, constituyen una expresion cultural de la zona. Por su importancia, religiosa, arquitectonica, artistica, social, definiendo asi el respaldo tecnico y legal que posibilite su conservacion y puesta en valor para evitar el deterioro, abandono y poner en salvaguarda una identidad religiosa, concluyendo que el templo posee valores que ameritan su declaracion; Que, mediante Informe Nº 197-2006-INC/DPHCR-SDR la Subdirectora de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano remite la documentacion tecnica para que sea evaluada por la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo integrada por el Director de Registro y Estudio del Patrimonio Historico, un representante del: Colegio de Arquitectos del Peru, Colegio de Ingenieros del Peru y Municipalidad Metropolitana de MORDAZA emitio el Acuerdo Nº 06 de fecha 22 de setiembre de 2006, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. El expediente tecnico elaborado por la Direccion de Investigacion y Catastro, Arqº MORDAZA Sahuaraura Cajigas, profesional de la Subdireccion de Registro de la Direccion Regional de Cultura Cusco: generalidades, referencias historicas, descripcion arquitectonica, intervenciones anteriores, fichas de informacion basica, planos del estado actual, planos de localizacion, ubicacion, distribucion, planos de techos, cortes, elevaciones y registro fotografico del interior y exterior del templo. 2. El Informe Nº 0872006-INC/DPCHR-SDR-LGCH de la Arq. MORDAZA Guerzoni MORDAZA, profesional de la Subdireccion de Registro. CONSIDERANDO: 1. Que, la antiguedad del Templo data del siglo XVIII, aproximadamente del ano 1772, la plaza principal se constituye por el templo y el atrio al que se integra una barda a base de MORDAZA y adobe que delimita este sector, se accede a traves de dos MORDAZA de medio punto los que comunican a grupos o ayllus dentro del contexto social de la comunidad, siendo muy importante la relacion que existe entre el Templo y el pueblo. El santuario religioso constituye parte del ciclo ritual y MORDAZA de los cinco ayllus de Paruro. En la MORDAZA existen vestigios de estructuras prehispanicas asociadas a caminos tambien prehispanicos, los cuales evidencian la presencia de grupos de ocupacion y asentamiento. 2. Que, el Templo de estructuras de adobe presenta una sola nave, presbiterio, sotocoro, sacristia y campanario, ostenta un MORDAZA alto, sus parametros interiores denotan algunos fragmentos de pintura mural, el tratamiento de pisos de ladrillo pastelero rectangular dispuesto simetricamente. El retablo principal es de un cuerpo con sotocoro y tres calles, en la parte superior se conserva pintura mural con representaciones iconograficas. 3. Que, el Templo posee 19 lienzos de valor y bienes de plata labrada segun el inventario efectuado en el mes de setiembre de 2005. 4. Que, el estado de conservacion del templo es ruinoso, siendo necesario velar por su preservacion, propiciando su restauracion y puesta en valor en salvaguarda de una identidad regional. 5. Que, el Templo constituye una expresion cultural de la MORDAZA por el valor etnico, historico, arquitectonico, artistico y social;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.