Norma Legal Oficial del día 28 de Noviembre del año 2006 (28/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 28 de noviembre de 2006

Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por Partners in Health a favor de SOCIOS EN SALUD ­ SUCURSAL PERU consistente en un (1) bulto conteniendo 554 MORDAZA con 30 bolsitas de Para-aminosalicylic acid (PASER) 4 mg. lote 10688, y 446 MORDAZA de Para-aminosalicylic acid (PASER) 4 mg. lote 10689, de acuerdo a lo aprobado con Resolucion Directoral Nº 0156-2005-SA/OGCI emitida por la Oficina General de Cooperacion Internacional del Ministerio de Salud,con un peso MORDAZA manifestado de 261.00 kilos y un peso MORDAZA recibido de 293.00 kilos, y un valor FOB de US $ 43,235.40 (Cuarenta y tres mil doscientos treinta y cinco y 40/100 Dolares americanos), amparados con Declaracion Unica de Aduanas Nº 235-2005-10025746-00 de fecha 31-Mar-05 y Volante de Despacho Nº 01156737 de fecha 14-Mar-05. La donacion sera destinada para los pacientes del Programa Nacional de Control de Tuberculosis que reciben tratamiento para Tuberculosis Multidrogorresistente, dentro del MORDAZA del: "Proyecto Colaborativo para el Fortalecimiento de la Estrategia DOTS-Plus en el Peru, anos 2001 ­ 2005", bajo el convenio entre el Ministerio de Salud del Peru, Socios en Salud y el Programa de Enfermedades Infecciosas y Cambio Social de la Universidad de Harvard. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6147-1 RESOLUCION MINISTERIAL N° 1432/RE MORDAZA, 22 de noviembre de 2006 Visto, el expediente Nº 10493-2006, presentado por la asociacion INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE ­ INPPARES, mediante el cual solicita la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de la Asociacion Chilena de Proteccion de La Familia "APROFA", con sede en MORDAZA de MORDAZA, Chile. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas ­ IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociacion INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE ­ INPPARES, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptacion y aprobacion, internamiento de donaciones de caracter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donacion de fecha 17 de MORDAZA de 2006, legalizada por el Consulado General del Peru en MORDAZA de MORDAZA se observa que, la Asociacion Chilena de Proteccion de La Familia "APROFA", ha efectuado una donacion a favor de la asociacion INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE ­ INPPARES; Que, el bien donado consiste en cinco (5) bultos conteniendo 6,000 unidades de Megestron (anticonceptivo), con un peso MORDAZA manifestado de

46 kilos y un peso MORDAZA recibido de 45.60 kilos, y valorizado en US $ 220.00 (Doscientos veinte y 00/100 Dolares americanos). Destinada al Instituto Peruano de Paternidad Responsable (INPPARES), para los servicios de asistencia social en el MORDAZA de la salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolucion Ministerial la inafectacion de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donacion efectuada por la Asociacion Chilena de Proteccion de La Familia "APROFA" a favor de la asociacion INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE ­ INPPARES; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por la Asociacion Chilena de Proteccion de La Familia "APROFA" a favor de la asociacion INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE ­ INPPARES consistente en cinco (5) bultos conteniendo 6,000 unidades de Megestron (anticonceptivo), con un peso MORDAZA manifestado de 46 kilos y un peso MORDAZA recibido de 45.60 kilos, y valorizado en US $ 220.00 (Doscientos veinte y 00/100 Dolares americanos). Destinada al Instituto Peruano de Paternidad Responsable (INPPARES), para los servicios de asistencia social en el MORDAZA de la salud. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 6147-3 RESOLUCION MINISTERIAL N° 1433/RE MORDAZA, 22 de noviembre de 2006 Visto, el expediente Nº 10492-2006, presentado por la asociacion INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE ­ INPPARES, mediante el cual solicita la inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donacion recibida de International Planned Parenthood Federation, con sede en Nueva MORDAZA, Estados Unidos de America. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del articulo 2º y el MORDAZA parrafo del articulo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas ­ IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociacion INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE ­ INPPARES, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI,

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