Norma Legal Oficial del día 03 de Octubre del año 2006 (03/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano martes 3 de octubre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

329509

Fijacion de Tarifas del Servicio Prepago", aprobado mediante la Resolucion OSINERG Nº 078-2006-OS/CD, el costo del presupuesto de conexion y su respectivo cargo de reposicion y mantenimiento del sistema prepago de electricidad, regira desde su aprobacion hasta el 31 de agosto del 2007; Que, el Informe Tecnico OSINERG-GART/DDE-0512006, contiene los antecedentes, criterios y resultados que sustentan la presente resolucion de Fijacion de las Tarifas de Electricidad del Ser vicio Prepago, complementando conjuntamente con el Informe de la Asesoria Legal OSINERG-GART/AL-110-2006, la motivacion que sustenta la decision del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el articulo 3º, numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del OSINERG aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y en el Decreto Supremo Nº 007-2006-EM, que aprueba disposiciones para la implementacion del sistema prepago de electricidad. RESUELVE: Articulo 1º.- Fijese el Cargo Fijo del servicio prepago de electricidad de la opcion tarifaria BT7, su formula de actualizacion y las formulas de los cargos tarifarios de la opcion tarifaria BT7, como sigue: 1. Definicion de Parametros
Parametro MT BT CCSP PEMT PEBT PPMT PPBT Descripcion Incidencia del costo del capital de trabajo en el VADMT Incidencia del costo del capital de trabajo en el VADBT Factor de descuento por pago adelantado Cargo Comercial del Servicio Prepago (S/./mes) Factor de expansion de perdidas de energia en media tension Factor de expansion de perdidas de energia en baja tension Factor de expansion de perdidas de potencia en media tension Factor de expansion de perdidas de potencia en baja tension

b2 = (PPMT x PPBT x PP x ) / NHUBTPRE b3 = {VMTPP x [ 1 ­ (MT /100) ] x PPBT + VBTPP x [ 1 ­ ( BT /100) ] } x / NHUBTPRE

El factor de descuento por pago adelantado es igual a 0.9859. En la presente Resolucion se fijara Cargo Comercial del Servicio Prepago (CCSP). Segun lo dispuesto por la Resolucion OSINERG Nº 078-2006-OS/CD, para el NUHBTPRE se adoptara el Numero de Horas de Uso de Baja Tension de la opcion tarifaria BT5B de cada uno de los Sectores de Distribucion Tipicos segun corresponda. El resto de parametros han sido fijados mediante la Resolucion OSINERG Nº 370-2005-OS/CD. 3. Cargo Comercial del Servicio Prepago de Electricidad El Cargos Comercial del Ser vicio Prepago de electricidad (CCSP) para cada uno de los sectores de distribucion tipicos definidos en la Resolucion Directoral Nº 015-2004-EM/DGE, son los del cuadro siguiente y estan expresados en nuevos soles por usuario-mes (S/./mes):
Tecnologia de Recarga Codigos Tarjetas Codigos/Tarjetas 1.775 1.745 1.745 Sector Tipico 1 Sector Tipico 2 Sector Tipico 3 Sector Tipico 4 2.186 1.957 Sector Tipico 5 2.186 1.957

El costo de reposicion de la tarjeta inteligente para todos los sectores tipicos es S/. 0.17. 5. Formula de Actualizacion del Cargo Comercial del Servicio Prepago de Electricidad La formula de actualizacion que se propone para el Cargo comercial del Servicio Prepago (CCSP) es la siguiente: FACCSP = IPM IPM 0

NHUBTPRE Numero de horas de uso para el calculo de potencias bases coincidentes con la punta del sistema de distribucion de usuarios del servicio prepago en baja tension PE PP VMTPP VBTPP Precio ponderado de la energia en la MORDAZA equivalente de media tension (S/./kW.h) Precio de la potencia en horas de punta en la MORDAZA equivalente de media tension (S/./kW-mes) Valor agregado de distribucion en media tension para demandas de punta (S/./kW-mes) Valor agregado de distribucion en baja tension para demandas de punta (S/./kW-mes)

Siendo: IPM: Indice de precios al por mayor, publicado por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. Se utilizara el ultimo valor disponible al dia 28 del mes anterior a aquel en que las tarifas resultantes seran aplicadas. El valor base que se utilizara en la formula de actualizacion es: IPM0 : 172.301372

2. Opcion Tarifaria BT7 del Servicio Prepago de Electricidad La opcion tarifaria para usuarios de baja tension (BT7) del servicio prepago de electricidad es la siguiente:
Opcion Tarifaria BT7 Sistema y Parametros de Medicion Servicio Prepago de Energia Electrica Medicion de Energia Activa (1E) Cargos Tarifarios a) Cargo Comercial del Servicio Prepago b) Cargo por energia activa

- El valor base del indice de precios al por mayor (IPM0) corresponde al mes de marzo de 2006. El FACCSP se aplicara para actualizar el costo de reposicion de las tarjetas inteligentes. La actualizacion del cargo comercial del servicio prepago de electricidad y el costo de reposicion de la tarjeta inteligente se realizara en la misma oportunidad que la actualizacion del Valor Agregado de Distribucion (VAD), conforme a lo previsto en la Resolucion OSINERG Nº 370-2005-OS/CD y su modificatoria Resolucion OSINERG Nº 021-2006-OS/CD, o aquella que la reemplace. Articulo 2º.- Fijense los valores maximos del presupuesto de conexion, del cargo mensual de reposicion y mantenimiento, de los costos por metro de cable y de los costos por cambio a conexion electrica prepago, aplicables a los usuarios finales del servicio prepago de electricidad, asi como sus formulas de actualizacion, de acuerdo a lo siguiente:

Los cargos tarifarios para la opcion tarifaria BT7 se obtendra segun la formula tarifaria siguiente: A) Cargo Comercial del Servicio Prepago (S/./mes) CCSP B) Cargo por energia activa (S/./kW.h) = b1 + b2 +b3
b1 = PEMT x PEBT x PE x

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