Norma Legal Oficial del día 07 de Septiembre del año 2006 (07/09/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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LICA DEL P E

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327512
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 7 de setiembre de 2006

RESOLUCION DIRECTORAL Nº 614-2006-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 7 de agosto de 2006 Visto, el Expediente Nº 001462-2006-MINCETUR, de fecha 18.7.2006, presentado por la empresa Atronic International GMBH, en el que solicita autorizacion y registro de una (1) maquina tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º del citado cuerpo legal que los modelos de maquinas tragamonedas cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº27796, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, senala la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de los modelos de maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento establece que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una entidad autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion del Certificado de Cumplimiento de fecha 23.6.2006, expedido por el Laboratorio de Certificacion Gaming Laboratories International, y verificado los requisitos tecnicos de la maquina tragamonedas cuya autorizacion y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Direccion Nacional de Turismo acceda a la autorizacion y registro solicitada; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 05 del Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 1352006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/SDAR-YGP y Legal Nº 588-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/ SDAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Atronic International GMBH, el modelo de maquina tragamonedas fabricada por la empresa Atronic International GMBH (Alemania).
B0000270 HIHA Maquina tragamonedas de video y gabinete de cuerpo vertical, con una pantalla de MORDAZA liquido de alta resolucion MORDAZA TFT (Thin Film Transistor). Cuenta con aceptador de monedas, aceptador de billetes y MORDAZA de tacto. Este modelo no cuenta con palanca lateral. En la parte superior presenta un arco donde se ubica un aviso luminoso y en la parte inferior de la pantalla presenta un area donde se instalan los visores para sistema con seguimiento del jugador. El nombre comercial es Harmony. Dimensiones del Modelo Dimensiones con el arco superior luminoso Alto: 149.30 cm. Largo: 58.00 cm. Ancho: 54.20 cm. Registro Codigo del Modelo Descripcion

Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion de los Certificados de Cumplimiento Nºs. 200606-16, 200606-18, 200606-20, de fecha 19.6.2006 y 200607-27, de fecha 12.7.2006, expedidos por el Laboratorio de Certificacion de la Universidad Catolica del Peru, asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, registrando los programas principales y de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer parrafo del articulo 18º del Decreto Supremo Nº 0092002-MINCETUR, solo podran ser materia de Autorizacion y Registro las memorias de solo lectura que contengan los programas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, el Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 141-2006-MINCETUR/VMT/DNT/ DJCMT/SDAR-YGP y Legal Nº 592-2006-MINCETUR/ VMT/DNT/DJCMT/SDAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Atronic International GMBH., catorce (14) memorias de solo lectura fabricadas por la empresa Atronic International GMBH (Alemania), segun el siguiente detalle:
Nº 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 Registro A0007016 A0007017 A0007018 A0007019 A0007020 A0007021 A0007022 A0007023 A0007024 A0007025 A0007026 A0007027 A0007028 A0007029 Codigo de la Memoria HGM-STD-ANDE-10.0.1.35 U7 (U7) HGM-STD-ANDE-10.0.1.35 U8 (U8) ANDE01-F-MA-STD_-5-XX-XX-WXX (U9) ANDE21-F-MA-STD_-5-21-25-A96 (U9) HGM-STD-FOYO-4.0.2.1 U7 (U7) HGM-STD-FOYO-4.0.2.1 U8 (U8) FOYO01-G-MA-STD_-5-XX-XX-AXX (U9) FOYO01-G-MA-STD_-5-XX-XX-RXX (U9) FOYO21-G-MA-STD_-5-21-50-AXX (U9) HGM-STD-JOFG-4.0.7.1 U7 (U7) HGM-STD-JOFG-4.0.7.1 U8 (U8) HGM-STD-TIDS-4.0.4.1 U7 (U7) HGM-STD-TIDS-4.0.4.1 U8 (U8) MAAC0B-G-MA-STD_-5-30-10-RXX (U9)

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 01813-13

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