Norma Legal Oficial del día 09 de Abril del año 2007 (09/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 9 de MORDAZA de 2007

Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa C & C CABLEVISION E.I.R.L. concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico, por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende el distrito de Orcopampa, provincia de MORDAZA, departamento de Arequipa. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa C & C CABLEVISION E.I.R.L. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veinticuatro (24) clausulas y tres (3) anexos y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 46054-2

cumplimiento a lo ordenado por la Ley MORDAZA mencionada, a pesar de haberse efectuado el requerimiento a traves de la carta notarial de fecha 23 de febrero del ano 2007. Que el incumplimiento de un mandato legal por parte del Ministro de Economia y Finanzas faculta al Ministerio Publico, al MORDAZA del Titulo V del Codigo Procesal Constitucional, a presentar una demanda judicial de Cumplimiento; en ese sentido, corresponde emitir la autorizacion pertinente al Procurador Publico de los Asuntos Judiciales del Ministerio Publico, para que proceda a formular dicha demanda constitucional. Que de acuerdo con el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, sera necesaria la expedicion de la Resolucion Ministerial autoritativa; correspondiendo en el presente caso una Resolucion de la Fiscalia de la Nacion, por ser el Ministerio Publico un organismo constitucionalmente autonomo. Estando a las atribuciones conferidas en el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio Publico, para que proceda a interponer Demanda de Cumplimiento contra el senor Ministro de Economia y Finanzas, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio Publico, MORDAZA certificada de la presente Resolucion, asi como MORDAZA autenticada de los antecedentes. Articulo Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Gerencia General y a la Oficina de Asesoria Juridica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 45981-1

ORGANISMOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO
Autorizan a procurador interponer Demanda de Cumplimiento contra el Ministro de Economia y Finanzas
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 392-2007-MP-FN MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2007 VISTO Y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 28671, modifico la fecha de entrada en vigencia del MORDAZA Codigo Procesal Penal, y dicto normas complementarias para el MORDAZA de su implementacion. Que el articulo 6º de la mencionada Ley, dispuso que "el Ministerio de Economia y Finanzas debera asignar, bajo responsabilidad, los recursos presupuestarios para la puesta en vigencia del Codigo Procesal Penal en el distrito judicial senalado en el articulo 1º, asi como la asignacion presupuestal necesaria para la gradual vigencia del Codigo en los demas distritos judiciales, conforme al Calendario Oficial de Implementacion aprobado por la Comision Especial". Que mediante Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se actualizo el Calendario Oficial de Aplicacion Progresiva del MORDAZA Codigo Procesal Penal, por lo que, dicho MORDAZA normativo entrara en vigencia en el Distrito Judicial de La MORDAZA, a partir del 1 de MORDAZA del ano en curso, y el 1 de septiembre del mismo ano, en los Distritos Judiciales de Callao, MORDAZA y Tacna. Que el Ministerio Publico en su Proyecto de Presupuesto Institucional para el Ano Fiscal 2007, remitido al Ministerio de Economia y Finanzas mediante el Oficio Nº 2041-2006MP-FN, de fecha 4 de MORDAZA de 2006, contemplo la partida para la implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, la cual no fue atendida, ante ello, se solicito en diversas oportunidades por conducto regular al Ministerio de Economia y Finanzas la transferencia de partidas para la implementacion de dicho cuerpo normativo via Credito Suplementario; sin embargo, hasta la fecha no se ha dado

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Disponen inscripcion de fondos mutuos de inversion en valores "Scotia Fondo Mixto Equilibrado FMIV" y "Scotia Fondo Premium S/. FMIV" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIA GERENCIAL Nº 051-2007-EF/94.11 MORDAZA, 29 de marzo del 2007 VISTOS: El Expediente Nº 2006033874 iniciado por Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A., asi como el Informe Nº 168-2007-EF/94.55 de fecha 26 de marzo de 2007, presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion CONASEV Nº 159-98-EF/94.10 de fecha 24 de noviembre de 1998 se autorizo el funcionamiento de la Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversion en Valores BWS Fondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos ­ BWS Fondos (antes Wiese Sudameris Fondos S.A. Sociedad Administradora de Fondos), hoy denominada Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos S.A.; Que, mediante escrito presentado el 18 de diciembre de 2006, complementado el 12 de febrero, 8 y 9 de marzo de 2007, Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos

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