Norma Legal Oficial del día 15 de Abril del año 2007 (15/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2007

injustificado de las obligaciones del contrato, dando lugar a su resolucion, causal tipificada en el literal b) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, segun Resolucion Nº 341-2007-TC-S1 de 30.3.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia del Registro incorpore la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de marzo de 2007 a la pagina web de la Entidad, www.consucode.gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TORRICELLI MORDAZA Presidente 48718-1

Articulo Segundo.- Excluyase a la concesion MORDAZA 20, codigo Nº 01-03420-05, de la relacion de concesiones otorgadas en el mes de febrero del 2007, publicada el 15 de marzo del 2007, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional (e) 48158-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Admiten a tramite solicitud de la EPS Chavin S.A. de determinacion de la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion
RESOLUCION DE LA GERENCIA DE REGULACION TARIFARIA N° 005-2007-SUNASS-GRT MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Oficio Nº 102-2007-EPS CHAVIN S.A./G.G recibido el 27 de febrero de 2007, mediante el cual la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavin S.A., EPS CHAVIN S.A., remitio a la SUNASS el Plan Maestro Optimizado para dar inicio al tramite de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para el periodo comprendido entre los anos 2007-2011. El Oficio Nº 192-2007-EPS CHAVIN S.A./G.G recibido el 3 de MORDAZA de 2007, mediante el cual la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavin S.A., EPS CHAVIN S.A., remitio a la SUNASS la documentacion adicional requerida para dar inicio al tramite de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para el periodo comprendido entre los anos 2007-2011. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Consejo Directivo N° 0092007-SUNASS-CD, se aprobo el "Reglamento General de Tarifas"; Que, conforme con el Titulo Tercero del "Reglamento General de Tarifas", se procedio a remitir el Oficio Nº 0342007-SUNASS-110, en los que se solicita la subsanacion de las deficiencias respecto a la documentacion que acompana la solicitud de aprobacion de formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion remitida por la empresa, las mismas que fueron subsanadas mediante el Oficio Nº 192-2007-EPS CHAVIN S.A./G.G; Que, se ha procedido a revisar el Plan Maestro Optimizado y la documentacion adjunta entregada por la EPS CHAVIN S.A.; Que, conforme con el "Reglamento General de Tarifas" aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD, corresponde a la Gerencia de Regulacion Tarifaria una vez recibido el Plan Maestro Optimizado del solicitante y verificado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia a que se refieren los articulos 18° y 19° del citado Reglamento, admitir a tramite el referido documento; En uso de las facultades conferidas por la Resolucion de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Admitir a tramite la solicitud de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Chavin S.A.,

INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO
Disponen publicar relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de marzo de 2007
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1225-2007-INACC/J MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2001EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2003EM, se denomino al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, como el Organismo Publico Descentralizado del Sector Energia y Minas encargado de tramitar las solicitudes y otorgar las concesiones mineras, asi como de administrar el Derecho de Vigencia y el Catastro Minero; Que, el articulo 5º de la MORDAZA legal citada dispone que a partir de su vigencia, las menciones al Registro Publico de Mineria existentes en el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, y demas normas legales y reglamentarias relacionadas, se entenderan como referidas al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, publicara mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visacion de la Direccion General de Concesiones Mineras y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 124º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de marzo del 2007, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM.

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