Norma Legal Oficial del día 15 de Abril del año 2007 (15/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO: POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de MORDAZA de 2007

4. El beneficio se aplicara siempre y cuando el beneficiario se encuentre al dia en el pago de los derechos por el uso de la via publica correspondientes al primer trimestre del ano 2007. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Modifiquese el articulo 12º de la Ordenanza Nº 144-MDS modificado por la Ordenanza Nº 155-MDS en los siguientes terminos: Articulo 12º.- Regimen Economico y Financiero.- Todos los trabajadores autonomos ambulantes autorizados por la Municipalidad, mediante la respectiva Credencial, deberan abonar a la Municipalidad el derecho anual que determina el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), abonandose el mismo en forma fraccionada en cuotas mensuales, quincenales, diarias, o cualquier otra periodicidad a eleccion del trabajador MORDAZA ambulante. Corresponde a la Gerencia de Rentas la recaudacion y administracion de estos derechos. En caso de que el trabajador MORDAZA ambulante incurra en falta de pago de dos o mas cuotas mensuales consecutivas o no consecutivas, se procedera al retiro del modulo del lugar autorizado, hasta que cumpla con cancelar la deuda. Producida la cancelacion, el trabajador MORDAZA ambulante recupera sus derechos suspendidos con la reinstalacion del modulo en el lugar autorizado. Segunda.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo Empresarial la actualizacion del padron de trabajadores autonomos ambulantes autorizados al 7 de marzo de 2007, para el ordenamiento eficiente del comercio ambulatorio en el distrito. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 48790-1

El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, y de conformidad con el Dictamen Nº 0012007-CDEPM-CM-MDS presentado por la Comision de Desarrollo Empresarial y Policia Municipal que preside el senor Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA asi como el Informe Nº 005-2007/GM-MDS de la Gerencia Municipal, estando a lo dispuesto en los articulos 74º, 194º y 195º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru, modificada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680 y Nº 28607, el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, el articulo 60º literal b) del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 776, los articulos 40º y 83º numeral 3.2. de la Ley Organica de Municipalidades y el Decreto Supremo Nº 006-2006-MINSA, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA FACILITAN ACCESO A SEGURO INTEGRAL DE SALUD A TRABAJADORES AUTONOMOS AMBULANTES DEL DISTRITO DE SURQUILLO MEDIANTE OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Articulo 1º.- Objeto de la Norma.- La presente Ordenanza tiene por objeto brindar a los trabajadores autonomos ambulantes debidamente autorizados por la Municipalidad de Surquillo los mecanismos y facilidades necesarios para el acceso a un seguro integral de salud, acogiendose al beneficio dispuesto en el articulo 1º literal d), Plan G, del Decreto Supremo Nº 006-2006-MINSA, mediante el otorgamiento de beneficios tributarios vinculados con el pago del derecho por el uso de la via publica. Para este fin, la Municipalidad de Surquillo reconoce a los trabajadores autonomos ambulantes como un sector economico - social susceptibles de ser apoyado, dada la situacion de desempleo existente en el MORDAZA que les obliga a crear sus propias MORDAZA de trabajo, en el MORDAZA de la ley. Articulo 2º.- Beneficios Tributarios.2.1. Concedase una reduccion del 30% mensual aplicable al derecho de pago por el uso de la via publica para los trabajadores autonomos ambulantes que cuenten con menos de cincuenta y nueve (59) anos descritos en la presente Ordenanza que presenten MORDAZA simple del recibo de cancelacion mensual del Seguro Integral de Salud, ante la entidad publica correspondiente, conforme al plan descrito en el articulo 1º de esta norma. 2.2. Concedase una reduccion del 30% mensual aplicable al derecho de pago por el uso de la via publica para los trabajadores autonomos ambulantes que tengan cincuenta y nueve (59) anos cumplidos o mas, descritos en la presente Ordenanza a quienes presenten MORDAZA simple de la ficha de afiliacion al Seguro Integral de Salud, conforme al plan descrito en el articulo 1º de esta norma. Articulo 3º.- Condiciones generales.- Los beneficios que se otorgan a los trabajadores autonomos ambulantes del distrito de Surquillo estan sujetos a la previa verificacion de las siguientes condiciones generales: 1. Encontrarse afiliado a una cooperativa, asociacion u cualquier otra agrupacion permitida por ley. 2. Encontrarse autorizado por la Municipalidad de Surquillo. 3. El beneficio se aplicara para aquellos derechos a abonarse a partir del mes de MORDAZA de 2007, no teniendo efectos retroactivos sobre derechos pendientes de cancelacion.

Adecuan montos de remuneracion del MORDAZA y de dietas de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 032-2007-MDS Surquillo, 11 de MORDAZA de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, estando a lo previsto en el articulo 4º literal e) de la Ley Nº 28212, reglamentada por el Decreto Supremo Nº 025-2007-PCM publicado el 22 de marzo de 2007, de conformidad con el plazo previsto en el articulo 6º del precitado Decreto Supremo y lo dispuesto en el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la aprobacion unanime de sus miembros respecto a los dos primeros articulos del presente Acuerdo y la aprobacion mayoritaria respecto al tercer articulo del presente Acuerdo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; ACORDO: Articulo 1º.- ADECUAR el monto de la remuneracion mensual bruta del senor MORDAZA de la Municipalidad de Surquillo en S/. 6,500.00 (Seis mil quinientos y 00/100 nuevos soles). Articulo 2º.- ADECUAR el monto de la dieta de los senores Regidores del Concejo Municipal de Surquillo

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