Norma Legal Oficial del día 17 de Abril del año 2007 (17/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 17 de MORDAZA de 2007

como Procurador Publico Especializado para Delitos de Terrorismo; Que, mediante el oficio de visto, el Ministro del Interior comunica la renuncia formulada por el Procurador Publico Especializado para Delitos de Terrorismo, siendo necesario expedir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537, Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y por el Reglamento para la Designacion de Procuradores Publicos aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptese la renuncia formulada por el senor abogado MORDAZA MORDAZA CABALA ROSSAND, como Procurador Publico Especializado para Delitos de Terrorismo, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro del Interior y la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 49922-3

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de alquiler de maquinas de fotocopiado para el Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 150-2007-JUS MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2007 VISTO, el Informe Nº 165-2007-OGA-OAS, emitido por la Oficina de Abastecimiento y Servicios y el Informe Nº 062-2007-OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Justicia con fecha 16 de enero de 2007 suscribio el contrato Nº 0048-2007 con PERU COPIAS E.I.R.L., postor adjudicado con la Buena Pro en el MORDAZA de Seleccion - Adjudicacion Directa Publica Nº 002-2006-JUS/S - "Servicio de Alquiler de Maquinas para fotocopiado para el Ministerio de Justicia"; Que, la Oficina de Abastecimiento y Servicios mediante Oficio Nº 196-2007-JUS-OGA-OAS remite notarialmente a PERU COPIAS E.I.R.L. el Informe Nº 037-2007-OGA-OAS-US en el cual se aprueba la resolucion del contrato Nº 0048-2007 por incumplimiento del mismo, esto es, conforme al procedimiento establecido en el literal c) del articulo 41º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, mediante Informe Nº 165-2007-OGA-OAS la Oficina de Abastecimiento y Servicios recomienda que se declare en situacion de desabastecimiento inminente el servicio de alquiler de maquinas de fotocopiado para el Ministerio de Justicia;

Que, en el referido informe se precisa lo siguiente: (i) que no se ha entregado las maquinas fotocopiadoras en el plazo establecido, (ii) que las maquinas fotocopiadoras no corresponden a los modelos indicados en la propuesta tecnica, (iii) que no se ha cumplido con presentar la MORDAZA de la factura u otro documento que acredite la antiguedad de los referidos equipos, (iv) que la Oficina de Abastecimiento y Servicios solicito levantar las observaciones realizadas en el plazo de cinco dias bajo apercibimiento de resolver el contrato y (v) que PERU COPIAS E.I.R.L no cumplio levantar las observaciones en el plazo concedido, siendo que solicito un plazo adicional para tal efecto; Que, el articulo 19º del Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, senala que estan exonerados de los procesos de seleccion, segun sea el caso, los que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad a la referida Ley. Asimismo, el articulo 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el articulo 141º del Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, consideran como situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. La necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, lo que faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, la existencia de la referida causal se configurara unicamente si queda acreditado lo siguiente: (i) la ausencia de determinado bien, servicio u obra conlleve al riesgo de comprometer directa e inminentemente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, (ii) la ausencia del bien o del servicio debe ser actual, urgente, extraordinaria e imprevisible, fuera del orden natural o comun de las cosas, y (iii) debe acreditarse que el desabastecimiento conlleve necesariamente la adopcion de medidas rapidas para contratar lo indispensable, por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario, para paliar dicha urgencia; Que, los hechos producidos durante la ejecucion del contrato Nº 0048-2007, no eran situaciones previsibles y ordinarias que se presentan en una normal ejecucion contractual, por lo que la falta del servicio de alquiler de maquinas de fotocopiado obedece a factores exogenos a la Administracion; Que, la ausencia del servicio de alquiler de maquinas de fotocopiado es actual, urgente, extraordinaria e imprevisible debido a que PERU COPIAS E.I.R.L. incumplio el contrato suscrito con el Ministerio de Justicia, que la ausencia del referido servicio compromete la continuidad de las actividades del Ministerio; y, que es indispensable garantizar el servicio de alquiler de maquinas de fotocopiado para el Ministerio de Justicia por lo cual resulta necesario realizar una exoneracion para garantizar dicha urgencia; Que, el Informe Nº 062-2007-JUS/OGAJ hace presente que la resolucion del contrato de la Empresa ganadora de la Buena Pro debido al incumplimiento del servicio ofrecido es una situacion que no podria ser prevista por la Entidad, y que ello ha generado un desabastecimiento inminente, dado que hasta culmine la realizacion de una proxima convocatoria de Adjudicacion Directa Publica, las areas administrativas del Ministerio de Justicia se veran privadas de contar con los servicios de alquiler de maquina de fotocopiado; Que, estando a lo expuesto, al configurarse una situacion de desabastecimiento inminente, es procedente contratar el servicio de alquiler de maquinas de fotocopiado, a traves de contratacion directa, de acuerdo a lo previsto en el articulo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM;

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