Norma Legal Oficial del día 17 de Abril del año 2007 (17/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, martes 17 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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REGLAMENTO, pudiendo involucrar cualquier bien, servicio o proyecto de titularidad del Gobierno Regional del Callao y seran presentados por Mesa de Partes, quien lo derivara a la Gerencia General Regional. 5.5. Los proyectos de inversion que se presenten no deberan coincidir total o parcialmente con aquellos respectos de los cuales el Consejo Regional hubiere aprobado en el respectivo Plan de Promocion de la Inversion Privada. Sin embargo, si este fuera el caso, y hubiese transcurrido un plazo de noventa (90) dias habiles sin que se MORDAZA convocado al respectivo MORDAZA de seleccion conforme a las Normas Vigentes en Materia de Promocion de la Inversion Privada, el Consejo Regional dejara sin efecto el proyecto de inversion que se incluyo en el Plan de Promocion de la Inversion Privada, debiendo proseguirse con el tramite de la iniciativa presentada. VI. PROCEDIMIENTOS A SEGUIR 6.1 Fase de MORDAZA y Evaluacion Preliminar 6.1.1. La Iniciativa Privada sera presentada ante la Mesa de Partes del Gobierno Regional del Callao, quien en el dia lo derivara a la Gerencia General Regional, el mismo que efectuara una evaluacion preliminar consistente en la verificacion del cumplimiento del contenido minimo exigido para el caso en el REGLAMENTO, asi como que esta no coincida total o parcialmente con los proyectos incluidos en el Plan de Promocion de la Inversion Privada de la Entidad. Habiendose verificado el cumplimiento de las exigencias minimas requeridas a las Iniciativas Privadas y demas aspectos senalados, que debera realizarse dentro de las Veinticuatro (24) horas siguientes de su MORDAZA, la Gerencia General Regional remitira la Iniciativa Privada a: a) La Gerencia Regional respectiva, cuyas funciones MORDAZA afines a la naturaleza y objeto de la Iniciativa Privada presentada, para que estas procedan a realizar la evaluacion correspondiente. b) Acto seguido se remitira la Iniciativa Privada a la Gerencia de Asesoria Juridica, para que esta efectue el analisis de la competencia del Gobierno Regional del Callao, verificando si el proyecto es de caracter regional, ademas de opinar sobre otros aspectos de caracter legal que contenga la iniciativa y el procedimiento a seguirse, acorde a los lineamientos contenidos en la presente directiva, la LEY y el REGLAMENTO. Las Gerencias aludidas, bajo responsabilidad, emitiran sus respectivos informes como resultado de sus evaluaciones, en un plazo no mayor de tres (03) dias habiles, contados desde la fecha de la recepcion de la Iniciativa Privada por parte de los mismos. 6.1.2. Mediante la evaluacion preliminar referida en el numeral precedente, se verificara ademas el cumplimiento de los requisitos previstos en el Articulo 14.2 del REGLAMENTO y, por tanto, que la solicitud contenga como minimo, lo siguiente: a) Nombre o razon social del proponente con indicacion de sus generales de ley. b) Propuesta de la modalidad de participacion de la inversion privada a traves de la cual se llevaran a cabo el MORDAZA de promocion de la inversion privada, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 6º de la Ley. c) Descripcion del proyecto, incluyendose: (i) Nombre y MORDAZA de proyecto, con indicacion del activo, empresa, servicio, obra publica de infraestructura y de servicios publicos de titularidad del Gobierno Regional sobre el cual se desarrollara el proyecto, asi como referencias sobre el ente o nivel de gobierno titular y su situacion legal; (ii) Objetivos; (iii) Beneficios concretos que la ejecucion del proyecto reportara para la localidad donde sea ejecutado; de resultar aplicable por el MORDAZA de proyecto (iv) Ingenieria preliminar del proyecto, en la que, de acuerdo a las caracteristicas del mismo, se incluya la informacion tecnica necesaria, referida a la iniciativa privada presentada; (v) Razones por las cuales se escoge el proyecto sujeto a aprobacion, entre otras alternativas.

d) Ambito de influencia del proyecto. e) Evaluacion economica y financiera del proyecto, considerando el valor estimado de la inversion, la demanda, estimada, los costos estimados, el plan de financiamiento y otros elementos que faciliten su analisis por el Gobierno Regional del Callao. f) Evaluacion preliminar del impacto ambiental. g) Propuesta de plazo o vigencia estimada del contrato de participacion de la inversion privada. h) Descripcion cuantificada y debidamente sustentada de los gastos incurridos en la elaboracion de la Iniciativa Privada, la cual tendra caracter de declaracion jurada. i) Estudio de Perfil de Proyecto conforme a las reglas del Sistema Nacional de Inversion Publica- SNIP (opcional). j) Capacidad financiera del solicitante y experiencia en la ejecucion de proyectos de similar envergadura. k) Declaracion Jurada indicando expresamente que: (i) las tarifas cubren integramente la recuperacion de la inversion incluyendo los gastos por operacion y mantenimiento, (ii) se requiere de incrementos tarifarios o, (iii) se requiere un confinamiento o garantia del Estado; en caso la Iniciativa Privada verse sobre servicios publicos. En el supuesto referido en el Literal (ii) anterior, los incrementos tarifarios deberan ser parte del esquema financiero y encontrarse previamente aprobados por el Consejo Regional, o por el organo al que se hubiese delegado dicha funcion. En caso que no se cuente con la aprobacion de los incrementos tarifarios MORDAZA referida, se procedera con la tramitacion de la Iniciativa Privada, incluso hasta su etapa de adjudicacion. Sin embargo, si transcurridos ciento ochenta (180) dias desde la adjudicacion, sin que el incremento tarifario MORDAZA sido aprobado, el Consejo Regional dejara sin efecto dicha adjudicacion. 6.1.3. Para determinar el alcance regional de la iniciativa Privada, la Gerencia de Asesoria Juridica tomara en consideracion, en forma sucesiva y excluyente, los criterios senalados en el Articulo 5 del REGLAMENTO. 6.1.4. Si la Gerencia General Regional determina la falta de alguno de los requisitos establecidos en el numeral 6.1.2, notificara al particular para que dentro del plazo de tres (03) dias utiles proceda a presentar la informacion faltante. Vencido el plazo sin que este hubiera cumplido con presentar la informacion requerida, se tendra por desistido del procedimiento para la Iniciativa Privada y se MORDAZA por concluido el mismo. Para tal efecto, la Gerencia General Regional emitira un informe en ese sentido, que sera puesto en conocimiento del particular. 6.1.5 La Gerencia General Regional remitira los informes de las Gerencias Regionales y en su caso, el informe por el cual se da por subsanada la omision de alguno de los requisitos de MORDAZA conforme a lo senalado en el numeral 6.1.4 (en este caso, el informe debera ser emitido por la gerencia que detecto la omision, dentro del dia habil siguiente de recibida la subsanacion) para la consideracion del respectivo Comite Especial. El Comite Especial contara con un plazo MORDAZA de tres (03) dias habiles para revisar el expediente, asi como los informes remitidos y emitir la respectiva opinion, declarando si admite o no a tramite la Iniciativa Privada. El acuerdo del Comite debera ser sometido a consideracion del Consejo Regional para su aprobacion, quien de manera extraordinaria se reunira en un plazo no mayor de dos (02) dias habiles a fin de adoptar una decision. La decision del Consejo Regional, sea declarando la admision del tramite de la Iniciativa Privada o rechazando la misma, debera ser notificada al particular, en un plazo no mayor de tres (03) dias de emitida la misma. 6.2 Fase de Evaluacion de la Viabilidad TecnicaFinanciera. 6.2.1. Admitida a Tramite la Iniciativa Privada, el Comite Especial procedera a la evaluacion tecnica y financiera de la Iniciativa Privada, para lo cual tomara en cuenta los criterios establecidos en el Articulo 16º del REGLAMENTO.

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