Norma Legal Oficial del día 27 de Abril del año 2007 (27/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

344279

Articulo Segundo.- Otorgar a favor de TURISMO CIVA S.A.C., la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: MORDAZA ­ Puerto MORDAZA y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos:
RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS : MORDAZA ­ PUERTO MORDAZA y viceversa : MORDAZA : PUERTO MORDAZA : URCOS ­ OCONGATE - QUINCEMIL : Dos (2) diarias en cada extremo de ruta

MORDAZA a fin de estandarizar los criterios para la validacion de la certificacion de los puertos e instalaciones portuarias nacionales por un sistema internacionalmente homologado de calidad, asi como de normar las actividades de seguimiento, control y validacion que llevara a cabo la Autoridad Portuaria Nacional sobre esta materia. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley del Sistema Portuario Nacional - Ley Nº 27943 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y sus modificaciones; y con el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Portuaria Nacional (APN), aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, corresponde a la Autoridad Portuaria Nacional establecer las normas para mejorar la calidad total del Sistema Portuario Nacional y la seguridad industrial en los puertos, mediante el fomento de la inversion y capacitacion general en tecnicas de operaciones portuarias, seguridad y salud ocupacional en el trabajo; y la vigilancia del cumplimiento de las normas nacionales e internacionales en esta materia. Que, la Ley del Sistema Portuario Nacional, Ley Nº 27943, en su Articulo 33º parrafo 2 establece que los puertos y terminales del Sistema Portuario Nacional, publicos y privados, deben lograr su certificacion por un sistema internacionalmente homologado de calidad, en el plazo de cuatro (4) anos desde promulgada la presente Ley o desde que les sea concedida la correspondiente habilitacion en caso de nuevos proyectos portuarios. Que, de conformidad con la Ley del Sistema Portuario Nacional - Ley Nº 27943 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y sus modificaciones; la Autoridad Portuaria Nacional fomenta, regula y supervisa las actividades y los servicios portuarios, con sujecion a los lineamientos de la politica portuaria. Que, es necesario establecer lineamientos que permitan clarificar y estandarizar los criterios para la validacion de la certificacion de los puertos e instalaciones portuarias nacionales por un sistema internacionalmente homologado de calidad, asi como de normar las actividades de seguimiento, control y validacion que llevara a cabo la Autoridad Portuaria Nacional. Que, en la Sesion de Directorio Nº 81 de la Autoridad Portuaria Nacional celebrada el 17 de MORDAZA de 2007, el Directorio resolvio mediante Acuerdo Nº 374-8117/04/2007/D, aprobar los lineamientos para el desarrollo, implementacion, registro de la certificacion y mantenimiento de sistemas de gestion internacionalmente homologados de calidad de los terminales e instalaciones portuarias, asi como disponer que el Presidente de Directorio, sea quien expida y suscriba en representacion del Directorio, la Resolucion de Acuerdo de Directorio correspondiente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los lineamientos para el desarrollo, implementacion, registro de la certificacion y mantenimiento de sistemas de gestion internacionalmente homologados de calidad de los terminales e instalaciones portuarias, descritas en el anexo 1 que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Aprobar las actividades de control del desarrollo, implementacion, registro de la certificacion y mantenimiento de sistemas de gestion internacionalmente homologados de calidad en terminales e instalaciones portuarias que se detalla en el anexo 2 que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Aprobar el modelo de certificado de registro de los organismos de certificacion, detallado en el apendice 1 al anexo 2, el mismo que se otorgara a los organismos de certificacion que cumplan con las condiciones establecidas en la presente Resolucion. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo establecido en la presente Resolucion, MORDAZA lugar a la sancion administrativa correspondiente. Registrese y comuniquese. MORDAZA BOYLE MORDAZA Presidente del Directorio

FLOTA VEHICULAR : Seis (6) omnibus FLOTA OPERATIVA : Cinco (5) omnibus de placas de rodaje Nºs. VG-7433 (2005), VG-7435 (2005), VG-7436 (2005), VG-7442 (2005) y VG-7456 (2005). FLOTA DE RESERVA: Un (1) omnibus de placa de rodaje Nº VG7457 (2005). HORARIOS : Salidas de MORDAZA, a las 14:00 y 18 horas. Salidas de Puerto MORDAZA, a las 14:00 y 18:00 horas.

Articulo Tercero.- Previa expedicion de los Certificados de Habilitacion Vehicular de las unidades de placa de rodaje Nºs. VG-7433, VG-7435, VG-7436, VG-7442, VG-7456 y VG-7457, TURISMO CIVA S.A.C. debera subsanar la observacion senalada en el literal a) del MORDAZA considerando de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- La Direccion de Registros y Autorizaciones debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Quinto.- La presente Resolucion debera ser publicada por TURISMO CIVA S.A.C., en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion. Articulo Sexto.- TURISMO CIVA S.A.C. iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Septimo.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Registros y Autorizaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 36733-1

Aprueban lineamientos y actividades para desarrollo y control del desarrollo, implementacion, registro de la certificacion y mantenimiento de sistemas de gestion internacionalmente homologados de calidad de terminales e instalaciones portuarias
RESOLUCION DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 015-2007-APN/DIR Callao, 17 de MORDAZA de 2007 Visto, el Informe Ejecutivo Nº 020-APN/UPS de la Unidad de Proteccion y Seguridad de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) del 16 de febrero de 2007, mediante el cual informa sobre la necesidad de la aprobacion de una

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