Norma Legal Oficial del día 08 de Agosto del año 2007 (08/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

350959

NAUTILIUZ DE LINDAURA con matricula CO-13579CM de 36.25 m3 de volumen de bodega, equipada con red de cerco de ½ pulgada (13 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1952004-PRODUCE/DNEPP de fecha 8 de MORDAZA del 2004, se rectifica el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 081-2000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR de fecha 30 de octubre del 2000, solo en el extremo referido al nombre de la embarcacion, entendiendose que la embarcacion de matricula CO-13579-CM, se denomina "NAUTILUZ DE LINDAURA"; Que, las embarcaciones "DON LOLO" de matricula CO-16650-CM con 34.92 m3 de capacidad de bodega, y "NAUTILUZ DE LINDAURA" con matricula CO-13579-CM, con 36.25 m3 de capacidad de bodega, se encuentran consignadas en el listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, literal A, y para la extraccion de anchoveta, literal J, respectivamente, del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Asimismo, se encuentran consignadas con permisos de pesca vigente, en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion; Que, mediante los escritos del visto, los recurrentes, solicitan autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion "DON LOLO" de matricula CO-16650-CM, de 34.92 m3 hasta 71.17 m3, via sustitucion y aplicacion de 36.25 m3 de la capacidad de bodega y de los derechos administrativos de la embarcacion "NAUTILUZ DE LINDAURA" de matricula CO-13579-CM con permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 081-2000-CTAR PIURA/ DIREPE-DR modificado por Resolucion Directoral Nº 1952004-PRODUCE/DNEPP; ademas para efectos de que se atienda su requerimiento, solicitan la suspension del permiso de pesca de la embarcacion "DON LOLO", en el extremo referido al recursos sardina, hasta que completen el volumen de bodega sustituido, el cual solamente aporta derecho de acceso para el recurso anchoveta; Que, de la evaluacion efectuada al expediente presentado por los recurrentes se ha determinado que han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 12-A del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado con Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; asi como los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente correspondiente; por lo que es procedente autorizar el incremento de flota solicitado, asi como su solicitud de suspension del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "DON LOLO" de matricula CO-16650-CM, en el extremo referido al recurso sardina; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 3022007-PRODUCE/DGEPP-Dchi, de fecha 28 de MORDAZA del 2007 y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-1998, y modificado por los Decretos Supremos Nº 001-99-PE, Nº 0032000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE, y el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE publicada con fecha 21 de febrero del 2007, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE : Articulo 1º.- Otorgar a los senores MORDAZA QUEREVALU PAZO y conyuge MORDAZA MORDAZA DEDIOS DE QUEREVALU, MORDAZA MORDAZA QUEREVALU PAZO y conyuge MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA, autorizacion de incremento de flota para

ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion "DON LOLO" de matricula CO-16650-CM, con permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 054-2000CTAR PIURA/DIREPE-DR, de 34.92 m3 hasta 71.17 m3, para la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, via sustitucion de 36.25 m3 de capacidad de bodega y del derecho administrativo de permiso de pesca con acceso al recurso anchoveta para consumo humano directo e indirecto de la embarcacion operativa "NAUTILUZ DE LINDAURA" de matricula CO-13579-CM otorgado por Resolucion Directoral Nº 081-2000-CTAR-PIURA/ DIREPE-DR modificada por Resolucion Directoral Nº 1952004-PRODUCE/DNEPP. Articulo 2º.- La autorizacion otorgada por el articulo precedente se regira de acuerdo a lo senalado en el articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 3º.- Ejecutada la autorizacion de incremento de flota otorgada, dentro de los plazos previstos y senalados en el articulo precedente, los recurrentes deberan solicitar dentro del plazo MORDAZA de tres (3) meses, la modificacion del permiso de pesca de la embarcacion "DON LOLO" de matricula CO-16650-CM, en el extremo referido a su capacidad de bodega; bajo sancion de caducidad de pleno derecho del permiso de pesca de la embarcacion pesquera a ser sustituida, sin que sea necesario para ello la notificacion alguna por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 4º.- La embarcacion pesquera "NAUTILUZ DE LINDAURA" de matricula CO-13579-CM con 36.25 m3 de capacidad de bodega, con derecho administrativo de permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 081-2000-CTAR-PIURA/DIREPE-DR, consignada en el Anexo I, de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE, podra operar hasta que la embarcacion objeto de la presente autorizacion de incremento de flota se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca; para lo cual, previo al otorgamiento de la modificacion de permiso de pesca de la embarcacion "DON LOLO" de matricula CO-16650-CM, debera procederse al desguace de la embarcacion sustituida "NAUTILUZ DE LINDAURA" de matricula CO-13579CM, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Suspender el permiso de pesca de la embarcacion "DON LOLO" de matricula CO-16650CM otorgado por Resolucion Directoral Nº 054-2000CTAR PIURA/DIREPE-DR, solo en extremo referido a la extraccion del recurso sardina; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Directoral. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: w.w.w.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 93012-3

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca otorgado mediante R.D. Nº 114-2003-DNEPP a favor de Empresa Pesquera MORDAZA del MORDAZA S.R.L.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 299-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 15 de junio de 2007 Visto el escrito de Registro Nº 00028696 de fecha 24 de MORDAZA de 2007 presentado por la EMPRESA PESQUERA MORDAZA DEL MORDAZA S.R.L.

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