Norma Legal Oficial del día 09 de Agosto del año 2007 (09/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

351037

Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que la Resolucion de viaje al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la Institucion, y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y tarifa Corpac; Que, el literal b) del numeral 3 del articulo 4º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, referido a las medidas de austeridad en bienes y servicios prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de los acuerdos de negociacion de tratados comerciales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru, asi como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212, siendo que todos los viajes se realizan en categoria economica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, de acuerdo a los dispositivos legales MORDAZA mencionados y teniendo en cuenta la importancia del viaje del Suboficial Tecnico de Tercera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta viable autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viaje al exterior de servidores y funcionarios publicos, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Ley Nº 28927 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, la Ley Nº 27238 - Ley de la Policia Nacional del Peru, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN, el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que aprobo el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero al Suboficial Tecnico de Tercera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en compania de un familiar, para ser sometido a tratamiento medico especializado, en la Clinica Central MORDAZA MORDAZA de Servicios Medicos Internacionales de LA HABANA MORDAZA, por un periodo de VEINTIUN (21) dias, a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, abonara al mencionado el Suboficial Tecnico de Tercera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 20/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 2,587.20) por concepto de remuneracion por tratamiento medico especializado en el extranjero, asimismo sufragara el gasto por concepto de pasaje y tasas de embarque por la suma de SETECIENTOS CON 74/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 700.74), para el mencionado servidor Policia Nacional del Peru. Articulo 3º.- El Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru, cubrira los gastos que demande el tratamiento medico especializado del Suboficial Tecnico de Tercera de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la Clinica Central MORDAZA MORDAZA de Servicios Medicos Internacionales de LA HABANA - MORDAZA, por la suma de CUATRO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 4,250.00), monto que debera ser transferido en EUROS; asimismo sufragara el gasto por concepto de pasaje y tasas de embarque por la suma de SETECIENTOS CON 74/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 700.74), para el familiar acompanante; Articulo 4º.- Dentro de los QUINCE (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal policial autorizado debera presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada.

Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 94321-4

Modifican listado de medios de comunicacion previsto en el articulo 3º de la R.M. Nº 0565-2007-IN/PNP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0576-2007-IN MORDAZA, 2 de agosto del 2007 VISTOS, el Oficio Nº 688-2007-IN-0701, que adjunta el Plan de Estrategia Publicitaria reformulado MORDAZA diciembre 2007, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 04-2007-IN-0701, asi como el Informe Tecnico Nº 002OCOSMIN-2007. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 05652007-INIPNP se resolvio exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, por la causal de servicios personalisimos, la contratacion de los servicios de publicidad necesarios para la ejecucion del Plan de Estrategia Publicitaria, aprobado por la Oficina General de Comunicacion Social del Ministerio del Interior, hasta por el monto de S/. 3 530 000,00 (Tres millones quinientos treinta mil y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 002 - Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru; Que, la Oficina General de Comunicacion Social del Ministerio del Interior, mediante Resolucion Directoral Nº 04-2007/IN-0701, de fecha 1 de agosto de 2007, ha aprobado la reformulacion del Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio del Interior, para el periodo MORDAZA - diciembre 2007, en aplicacion de lo establecido en la Ley Nº 28874, Ley que Regula la Publicidad Estatal; Que, conforme a lo manifestado por la Oficina General de Comunicacion Social del Ministerio del Interior, mediante Informe Tecnico Nº 002-OCOSMIN-2007, de fecha 1 de agosto de 2007, la reformulacion del Plan de Estrategia Publicitaria no altera el monto de la exoneracion aprobada, a pesar de que con MORDAZA se incorporan medios de comunicacion escritos, radiales y televisivos de MORDAZA y provincias, con el fin de ampliar el espectro de mensajes dirigidos a sensibilizar e informar a la poblacion de los avances que se realizan para fortalecer y consolidar la seguridad ciudadana; Que, el referido Informe Tecnico de la Oficina General de Comunicacion Social manifiesta que como consecuencia de la inclusion de nuevos medios de comunicacion, los montos asignados inicialmente deben ser ajustados, sin modificar el monto total de la exoneracion aprobada mediante la Resolucion Ministerial Nº 0565-2007-IN/PNP, teniendo en cuenta ademas los indices de lectoria y audiencia en MORDAZA y el resto del MORDAZA, de manera que se garantice una utilizacion optima de los recursos publicos en concordancia con los principios de transparencia y eficiencia que deben orientar a la administracion publica; Que, en la medida que se requiere modificar el listado de medios de comunicacion que forma parte de la Resolucion Ministerial que aprobo la exoneracion, resulta procedente remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como de los informes tecnico y legal que la sustentan, a la

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