Norma Legal Oficial del día 09 de Agosto del año 2007 (09/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de agosto de 2007

establecer cronogramas de aplicacion de la presente Ordenanza. 2. La falta de reglamentacion de las disposiciones contendidas en esta Ordenanza, no sera impedimento para su vigencia y exigibilidad. Segunda.­ DEROGATORIA GENERICA La presente Ordenanza deroga y/o modifica las disposiciones contenidas en normas municipales previas de igual o inferior rango que se le opongan o contradigan, o establezcan instancias de aprobacion o consulta no establecidas en esta Ordenanza para los procedimientos especificos regulados en la misma; sin perjuicio de los parametros tecnicos dispuestos por las normas en vigencia. Tercera.­ DIFUSION Y CAPACITACION Los organos municipales comprendidos en la presente Ordenanza, deberan realizar de modo permanente acciones de difusion y capacitacion sobre su contenido y alcances a favor de su personal y del publico usuario. Las acciones de difusion a favor del publico usuario deberan incluir el uso del Internet y otros medios que garanticen el acceso libre y gratuito a la informacion. Cuarta.­ GRATUIDAD EN LA OBTENCION DE FORMULARIOS Los formularios de solicitud exigidos para la tramitacion de los procedimientos regulados por la presente Ordenanza, son de libre reproduccion y distribucion gratuita. Toda reproduccion, para ser considerada valida, debera respetar la calidad y dimensiones del original, debiendo ser MORDAZA fidedigna del mismo. Los Modulos de atencion podran rechazar la admision de formularios que no cumplan con lo dispuesto en este parrafo. Los formularios, asi como los modelos de llenado de uso mas frecuente, deberan estar a disposicion del publico usuario en los Modulos de atencion y a traves del MORDAZA electronico de la Municipalidad: (http://www.municomas.gob.pe) Quinta.­ LICENCIAS PROVISIONALES La Subgerencia de Promocion Empresarial y del Empleo de la Municipalidad de Comas, en un plazo no mayor de 90 dias calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, efectuara un padron de las Licencias Provisionales otorgadas por la Municipalidad que se encuentren vigentes hasta la fecha de publicacion de la misma y procedera a efectuar las verificaciones necesarias con la finalidad de otorgar al termino de dicho plazo la Licencia de Funcionamiento que autorice de forma definitiva la realizacion de actividades economicas en el distrito. En aquellos casos que se verifique el incumplimiento de las observaciones requeridas para el funcionamiento de los establecimientos comerciales, se procedera a notificar al interesado a fin de que subsane las deficiencias en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles. De no efectuarse dicha modificacion se procedera a declarar la nulidad de la Licencia, clausurar el establecimiento y exhortar al interesado a tramitar una nueva Licencia de Funcionamiento al MORDAZA de las presentes disposiciones. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 93522-1

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto el Informe Nº 0062-2007-GP/MSJL de la Gerencia de Planificacion, a traves del cual solicita la modificacion de la Directiva para la Administracion del Fondo Fijo para MORDAZA Chica Central y Periferica de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, asi como el Memorandum Nº 1344-2007-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 012, de fecha 10/04/2007, se aprobo la Directiva Nº 002-2007-SGDICNIGP/MDSJL "Directiva para la Administracion del Fondo Fijo para MORDAZA Chica Central y Periferica de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho", vigente para el ano 2007; Que, el Fondo Fijo de MORDAZA Chica, tiene como finalidad atender con oportunidad los gastos menudos y urgentes que demanden su cancelacion inmediata o que por su finalidad y caracteristicas no puedan ser debidamente programadas; Que, la directiva MORDAZA referida, en su numeral 6.7 del articulo VI, numerales 6.7.1. y 6.7.2 establece y precisa las especificas de gastos que se ejecutaran con cargo a la MORDAZA chica central y MORDAZA periferica, no encontrandose aperturadas en ellas las especificas de gastos 5.3.11.23 Combustible y Lubricantes, 5.3.11.52 Alquiler de Bienes Muebles, y 5.3.11.57 Servicio de Telefonia Movil y Fija, para el pago con el Fondo de MORDAZA Chica; Que, siendo la MORDAZA chica un fondo renovable y permanente destinada a atender gastos urgentes e imprevistos, resulta necesario dotarle de los mecanismos y procedimientos administrativos que le den una adecuada fluidez en su administracion y manejo; en tal sentido, la Gerencia de Planificacion mediante Informe Nº 0062-2007-GP/MSJL sugiere la modificacion de los numerales 6.7.1 y 6.7.2 del numeral 6.7 del articulo VI de la senalada directiva, incluyendose para el pago con el Fondo de MORDAZA Chica las especificas de gastos 5.3.11.23 Combustible y Lubricantes, 5.3.11.52 Alquiler de Bienes Muebles, y 5.3.11.57 Servicio de Telefonia Movil y Fija; Estando a lo expuesto, y lo dispuesto en el Art. 20º, numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar la Modificacion de los numerales 6.7.1. y 6.7.2. del numeral 6.7. del articulo VI de la Directiva Nº 002-2007-SGDICNI-GP/MDSJL "Directiva para la Administracion del Fondo Fijo para MORDAZA Chica Central y Periferica de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho", vigente para el ano 2007, aprobada mediante Decreto de Alcaldia Nº 012, de fecha 10/04/2007, los mismos que tendran el siguiente tenor literal: "6.7. El Fondo Fijo para MORDAZA Chica Central estara constituido presupuestalmente como a continuacion se detalla: 6.7.1. Fondo Fijo para MORDAZA Chica Central:
Partida 5.3.11.20 5.3.11.20 5.3.11.23 5.3.11.23 5.3.11.29 5.3.11.29 5.3.11.30 5.3.11.30 5.3.11.39 5.3.11.39 5.3.11.45 5.3.11.45 5.3.11.49 5.3.11.49 Concepto "Viaticos y Asignaciones" "Viaticos y Asignaciones" "Combustible y Lubricantes" "Combustible y Lubricantes" "Materiales de Construccion" "Materiales de Construccion" "Bienes de Consumo" "Bienes de Consumo" "Otros Servicios de Terceros" "Otros Servicios de Terceros" "Medicamentos" "Medicamentos" "Materiales de Escritorio" "Materiales de Escritorio" Rubros 08 09 08 09 08 09 08 09 08 09 08 09 08 09

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban modificacion de la "Directiva para la Administracion del Fondo Fijo para MORDAZA Chica Central y Periferica de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho", aprobada por D.A. Nº 012
DECRETO DE ALCALDIA Nº 019 San MORDAZA de Lurigancho, 18 de junio de 2007

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