Norma Legal Oficial del día 10 de Agosto del año 2007 (10/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES
las multas por la

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de agosto de 2007

Otorgan amnistia para electorales impuestas Municipalidad
MORDAZA MORDAZA, 3 de agosto del 2007

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban el Reglamento General de Licencias Municipales de Funcionamiento en el distrito de Lince
ORDENANZA Nº 188-MDL

ORDENANZA Nº 236-MDJM

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, a merito de la Ordenanza N° 14-99, y de la Ordenanza N° 130-2004-MJM, se impusieron multas a las diferentes organizaciones politicas que participaron en las Elecciones Presidenciales y Municipales del distrito de MORDAZA MORDAZA, por realizar actividades de difusion o publicidad, propias de un MORDAZA electoral; Que, es politica del Concejo Municipal fomentar la integracion y trabajar en MORDAZA con los integrantes de las diferentes Organizaciones Politicas, a efectos de que redunde en beneficio de los vecinos de MORDAZA MORDAZA, resulta producente, como muestra de buena voluntad, otorgar una amnistia, para condonar las deudas por concepto de multas impuestas a los mismos; Que, los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, senalan que las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, encontrandose dentro de ellas las de administrar sus bienes y rentas, asi como crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente:
ORDENANZA DE AMNISTIA PARA LAS MULTAS ELECTORALES IMPUESTAS POR LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA

Lince, 3 de agosto de 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE POR CUANTO: El Concejo Municipal Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Carta Magna del Estado, en su articulo 194º modificado por la Ley Nº 27680 de fecha 4 de octubre del 2005, precisa que tanto los Gobiernos Locales provinciales y distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia politica enmarca la facultad de las municipalidades de aprobar y expedir sus normas y desarrollar las funciones que le son inherentes, de acuerdo a lo estipulado en la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; Que, la Ley Organica de Municipalidades, en sus articulos 79º numerales 3.6, 3.6.4 y 86, numerales, 3.3.2, y 3.3.5, establece como funcion exclusiva de las municipalidades distritales , la de normar regular y otorgar autorizaciones derechos y licencias de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion; ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en la jurisdiccion sobre informacion capacitacion, acceso a mercados, tecnologia, financiamiento y otros MORDAZA a fin de incentivar las condiciones favorables para la productividad y competitividad en las zonas urbanas; Que, la Municipalidad Distrital de Lince, tiene como finalidad promover y lograr el desarrollo economico, asi como el crecimiento comercial dentro de la jurisdiccion; para lo cual se ha propuesto instaurar los mecanismos que MORDAZA necesarios para armonizar y simplificar el MORDAZA normativo que rige los establecimientos comerciales, industriales y/o de servicios; y brindar la orientacion pertinente a los administrados MORDAZA durante y despues del funcionamiento de algun negocio con la finalidad de promover el ejercicio de sus actividades, asi como la prestacion de un adecuado servicio para los usuarios. Que, dentro de este MORDAZA, la regulacion y fiscalizacion del ejercicio comercial de los locales donde se efectuan actividades economicas, profesionales y de servicios, tiene como principal objetivo, garantizar un mejoramiento de las condiciones de MORDAZA de los habitantes de la jurisdiccion distrital de Lince, creando mecanismos de control que disminuyan gradualmente las consecuencias negativas que ocasionen dichas actividades en el entorno, de manera tal que ambos fines, es decir la desarrollo vecinal y el desarrollo economico, convivan en forma armonica dentro de la misma jurisdiccion. Que, el articulo 49º de la citada MORDAZA senala que la autoridad municipal puede ordenar la Clausura Temporal o Definitiva de edificios, establecimientos o servicios cuando su funcionamiento esta legalmente prohibido o constituye peligro o riesgo para la seguridad publica, o infrinjan las normas reglamentarias o de seguridad del sistema de defensa civil o produzca olores , humos ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o la tranquilidad del vecindario. Que, en virtud a ello, es necesario dictar una MORDAZA de caracter general que permita integrar y uniformizar la legislacion existente, en materia de licencia municipal de funcionamiento, concordante y adecuada a los de Lince, en Sesion

Articulo 1º.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene como objeto otorgar, de modo excepcional, un Beneficio Administrativo (Amnistia) que condone las multas impuestas por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA en virtud a las infracciones previstas en las Ordenanzas Nºs. 14-99/MJM y 130-2004/ MJM, derivadas de los procesos electorales generales y municipales, en cualquier estado que se encuentren. Articulo 2º.- SUJETOS COMPRENDIDOS Podran acogerse a los beneficios otorgados por la presente Ordenanza, todas las agrupaciones politicas, personas juridicas o naturales a las cuales se les MORDAZA sancionado con multas administrativas, a que se refiere el articulo anterior. Articulo 3º.- VIGENCIA DEL BENEFICIO La presente Ordenanza tendra vigencia de tres meses a partir de la fecha de su publicacion. Articulo 4º.- EJECUCION Encargar a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA
94093-1

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