Norma Legal Oficial del día 10 de Agosto del año 2007 (10/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de agosto de 2007

Que, la Tercera Disposicion Complementaria Transitoria y la unica Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 28964, establecen que se autoriza al OSINERGMIN la contratacion de personal con cargo a sus recursos propios permitiendo que el OSINERGMIN pueda incrementar las plazas necesarias para el cumplimiento de sus competencias; Que mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 3242007-OS/CD ha sido aprobada el Reglamento de supervision de actividades energeticas y mineras de OSINERGMIN; Que, en consecuencia, resulta necesario modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones del OSINERGMIN, para prever las nuevas funciones que le han sido asignadas por la referida Ley Nº 28964; siendo a su vez necesario, otorgar un plazo al OSINERGMIN para que presente una nueva propuesta de Reglamento de Organizacion y Funciones, a fin que sea aprobada mediante Decreto Supremo de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27658; Que, asimismo corresponde aprobar el MORDAZA Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN, a efectos de poder habilitar la futura cobertura de cargos conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 28964; Que, en cumplimiento a lo dispuesto por los Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y Decreto Supremo Nº 0432006-PCM, la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros ha cumplido con emitir la respectiva opinion favorable; De conformidad con el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el numeral 2) del articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones Creense la Gerencia de Fiscalizacion Minera, el Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energia y Mineria y la Secretaria Tecnica de Organos Resolutivos, del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN. Para tal efecto, agreguense los articulos 46Aº, 46Bº, 68Aº, 68Bº y el Subcapitulo VI en el Reglamento de Organizacion y Funciones del OSINERGMIN, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 459-2005-OS/ CD y modifiquense el Subcapitulo V y los articulos 67º y 68º de dicho Reglamento de acuerdo al siguiente detalle: "Articulo 46Aº.- De la Gerencia de Fiscalizacion Minera La Gerencia de Fiscalizacion Minera esta encargada de dirigir, coordinar y controlar el MORDAZA de supervision y fiscalizacion de las actividades mineras, que estan bajo competencia de OSINERGMIN en materia de seguridad e higiene minera y de conservacion y proteccion del medio ambiente. Articulo 46Bº.- Funciones de la Gerencia de Fiscalizacion Minera La Gerencia de Fiscalizacion Minera tiene las siguientes funciones: a) Formular y proponer a la Gerencia General, los lineamientos de politica y las estrategias para la supervision y fiscalizacion en el ambito de su competencia. b) Supervisar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de seguridad e higiene minera, asi como de conservacion y proteccion del medio ambiente. c) Proponer a la Gerencia General, la actualizacion y/o modificacion de las normas legales y tecnicas que rigen a las actividades desarrolladas en el ambito de su competencia. d) Proponer a la Gerencia General, las infracciones y la escala de multas y sanciones, para su aprobacion ante el Consejo Directivo. e) Ejecutar las labores de fiscalizacion en el ambito de su competencia y cuando corresponda imponer las sanciones respectivas. f) Formular el Plan Operativo y Presupuesto de la Gerencia de Fiscalizacion Minera, disponiendo las acciones necesarias para la ejecucion de los mismos sujetandose a los niveles de aprobacion establecidos en la Institucion.

g) Conducir los procesos de seleccion y contratacion de las empresas supervisoras en el area de su competencia. h) Conducir la investigacion de accidentes e incidentes ocurridos durante el desarrollo de actividades en el ambito de su competencia. i) Cumplir con las normas y procedimientos establecidos por OSINERGMIN. j) Mantener informada a la Gerencia General sobre la marcha de la Gerencia de Fiscalizacion Minera, asi como las ocurrencias mas importantes en el ambito de su competencia. k) Informar a las Direcciones Regionales de Energia y Mineria de los Gobiernos Regionales, respecto de todas las acciones de fiscalizacion minera que se ejecuten en el ambito de su competencia. l) Realizar otras funciones que le MORDAZA asignadas por el Consejo Directivo, por el Presidente o por el Gerente General, dentro del ambito de su competencia. SUBCAPITULO V TRIBUNAL DE APELACIONES DE SANCIONES EN TEMAS DE ENERGIA Y MINERIA Articulo 67º.- Del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energia y Mineria El Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energia y Mineria, es el organo del OSINERGMIN encargado de resolver, en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa, los recursos impugnativos de apelacion, en lo que resulte competente de acuerdo a lo que establezca el Consejo Directivo. Sus resoluciones son solo impugnables ante el Poder Judicial. Articulo 68º.- Desempeno de cargos y organizacion Los miembros del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energia y Mineria no estan sujetos a mandato imperativo y desempenaran sus cargos con diligencia, autonomia y plena independencia de criterio. El funcionamiento del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energia y Mineria, se detallan en su respectivo reglamento interno. SUBCAPITULO VI SECRETARIA TECNICA DE LOS ORGANOS RESOLUTIVOS Articulo 68Aº.- De la Secretaria Tecnica de los Organos Resolutivos La Secretaria Tecnica de los Organos Resolutivos es la encargada de brindar apoyo tecnico y administrativo al Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energia y Mineria y a la Junta de Apelaciones de Reclamos de los Usuarios - JARU. Articulo 68Bº.- Funciones de la Secretaria Tecnica de los Organos Resolutivos La Secretaria Tecnica de los Organos Resolutivos, tiene las siguientes funciones: a) Prestar al Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energia y Mineria y a la Junta de Apelaciones de Reclamos de los Usuarios - JARU, el apoyo tecnico y administrativo que requieran para el normal desarrollo de sus actividades, realizando para el efecto las coordinaciones necesarias con los demas organos de OSINERGMIN. b) Tramitar los asuntos que se sometan a conocimiento del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energia y Mineria y de la JARU. c) Supervisar la ejecucion de las resoluciones del Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energia y Mineria y de la JARU e iniciar, de ser el caso, los correspondientes procesos sancionadores. d) Coordinar con la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERGMIN, la contratacion de empresas o personas naturales: expertos, peritos, inspectores, conciliadores especialistas, etc., cuando sea requerido por el Tribunal de Apelaciones de Sanciones en Temas de Energia y Mineria o la JARU. e) Velar por la adecuada y permanente seguridad, intangibilidad y custodia de los expedientes. f) Formular y ejecutar el Plan Operativo y Presupuesto de la Secretaria, de conformidad con el Plan Estrategico

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