Norma Legal Oficial del día 10 de Agosto del año 2007 (10/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

351164
CODIGO PROYECTO SNIP 55973 CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DE DESAGUE COPORAQUE, DISTRITO DE COPORAQUE ­ ESPINAR ­ MORDAZA 189 52533 INSTALACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL CENTRO POBLADO LAS ANTILLAS. DISTRITO DE PARACAS ­ MORDAZA ­ ICA 190 14760 REHABILITACION Y AMPLIACION DEL AGUA POTABLE Y DESAGUE DE MORDAZA ­ MORDAZA ­ MAYNAS ­ MORDAZA 191 44787 MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y DESAGUE EN EL CENTRO POBLADO TAMBO REAL MORDAZA, PROVINCIA DE MORDAZA - MORDAZA 192 51297 REHABILITACION Y AMPLIACION DE SISTEMA DE AGUA POTABLE Y DESAGUE DE BANOS, PROVINCIA DE LAURICOCHA - MORDAZA 193 49190 AMPLIACION, MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y DESAGUE DEL MORDAZA, DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA 194 57402 CONSTRUCCION DEL SISTEMA DE DESAGUE DEL C.P. TAZO GRANDE, DISTRITO DE CHAVIN DE PARIARCA - HUAMALIES - MORDAZA 195 20001 AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE CAHUAC YAROWILCA - MORDAZA 196 57403 AMPLIACION DEL SISTEMA DE DESAGUE DEL C.P. DE CACHICOTO, DISTRITO DE CHAVIN DE PARIARCA HUAMALIES - MORDAZA 197 57401 AMPLIACION DEL SISTEMA DE DESAGUE DEL C.P. PAMPAS DE MORDAZA, DISTRITO DE CHAVIN DE PARIARCA - HUAMALIES - MORDAZA 198 PROYECTO INTEGRAL DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DEL DISTRITO DE MORDAZA - CANETE - MORDAZA (*) Programa Agua para Todos N° 188 ESTADO

NORMAS LEGALES
SOLICITANTE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COPORAQUE

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de agosto de 2007

EN FORMULACION

MUNICIPALIDAD DE PARACAS VIABLE

EN FORMULACION

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHIMBOTE

VIABLE

PAPT VIABLE PAPT VIABLE

EN FORMULACION

MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO TAZO GRANDE PAPT

tecnica de las propuestas, al Postor 2 - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Priale, en el FACTOR REFERIDO AL POSTOR se le considero valido el contrato de locacion de servicios suscrito con la empresa UPGRADE PERU SYSTEM por un monto de S/. 144,000.00 nuevos soles, de acuerdo a la conformidad de culminacion de la prestacion del servicio; sin embargo, el referido contrato no debio ser considerado en dicha evaluacion, dado que fue suscrito el 2 de MORDAZA del 2002, y en las bases del MORDAZA se indica que para la acreditacion del Factor Referido al Postor, debian acreditar un monto facturado en un periodo no mayor a 5 (cinco) anos al 26 de junio de 2007, fecha de MORDAZA de propuestas; Que, la situacion descrita en el parrafo precedente contraviene lo dispuesto en el articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, y el literal a) del numeral 1) del articulo 72º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, estando a lo expuesto, el Titular del Pliego se encuentra facultado para declarar la nulidad de oficio, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, retrotrayendose el MORDAZA de seleccion hasta la etapa de evaluacion de propuestas, a fin de que el Comite Especial proceda con arreglo a Ley; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y el literal j) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0022002-VIVIENDA; SE RESUELVE:

VIABLE

EN FORMULACION

MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE CACHICOTO MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO PAMPAS DEL MORDAZA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA

EN FORMULACION

EN FORMULACION

Articulo 1º.- Declarar la nulidad de oficio del Otorgamiento de la Buena Pro correspondiente al MORDAZA de Seleccion "Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 112-2007/VIVIENDA-OGA-UE.001" - Contratacion del Suministro de Raciones Alimenticias para el personal nombrado y practicantes, retrotrayendo el MORDAZA hasta la etapa de evaluacion de propuestas a fin que el Comite Especial proceda conforme a la normatividad vigente. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 94870-1

94874-9

Declaran nulidad de otorgamiento de la buena pro para la contratacion de suministro de raciones alimenticias para personal nombrado y practicantes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 395-2007-VIVIENDA MORDAZA, 7 de agosto de 2007 VISTOS: El Memorando Nº 936-2007-VIVIENDA-OGA del Director General de la Oficina General de Administracion, el Informe Nº 160-2007-VIVIENDA-OGA-UA de la Directora de la Oficina de Abastecimiento, y el Informe Nº 229-2007/VIVIENDA-OGAJ de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante documentos de vistos y de la revision del Expediente de Contratacion del MORDAZA de Seleccion "Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 112-2007/VIVIENDAOGA-UE.001" - Contratacion del Suministro de Raciones Alimenticias para el personal nombrado y practicantes, se ha determinado que en la etapa de la evaluacion

Aprueban transferencias financieras a favor de diversas empresas, municipalidades y gobiernos regionales, para la realizacion de proyectos de inversion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 396-2007-VIVIENDA MORDAZA, 8 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es funcion del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, el literal I) del articulo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que

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