Norma Legal Oficial del día 10 de Agosto del año 2007 (10/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de agosto de 2007

Articulo 5º.- El Programa Agua para Todos es responsable del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo 4º de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo de los proyectos contenidos en el mismo. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento ANEXO A PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA: GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA PPTO. PIM 2007 S/. TRANS. FINANC. HASTA POR S/.

COD SNIP

PROYECTOS

16679

AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO DE LA LOCALIDAD DE PUTINA TOTAL

DIRECTA

3,116,811.00

2,170,000.00

3,116,811.00

2,170,000.00

ANEXO B PROYECTOS DE INVERSION UNIDAD EJECUTORA: GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
MORDAZA DE EJECUCION PRESUPUESTARIA DIRECTA CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/, 01 MES 40,000 40,000.00 02 MES 40,000 40,000.00 03 MES 1,820,000 1,820,000.00 04 MES 120,000 120,000.00 05 MES 150,000 150,000.00 TRANS. FINANC. HASTA POR S/,

COD SNIP

PROYECTOS

16679

AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO DE LA LOCALIDAD DE PUTINA TOTAL

2,170,000.00 2,170,000.00

Administracion Directa : El primer desembolso se iniciara con la fecha de resolucion de aprobacion del Expediente Tecnico

94859-3

RESOLUCION MINISTERIAL N° 399-2007-VIVIENDA MORDAZA, 8 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es funcion del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, el literal I) del articulo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, mediante Ley Nº 28927, se aprobo el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, incorporado al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento con Resolucion Ministerial Nº 505-2006-VIVIENDA por la suma de UN MIL TREINTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS

SOLES (S/. 1 036 801 539, 00) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el literal g) del articulo 5º de la Ley Nº 28927 dispone que para los casos de ejecucion de proyectos a traves de transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto para cuyo efecto debera suscribirse previamente, convenios; y en el caso de ejecucion de proyectos por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias financieras que se realicen en el MORDAZA del citado literal g) del articulo 5º, se autorizan mediante Resolucion del Titular del Pliego, la que debera ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y en la pagina web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutaran luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, de acuerdo con el literal h) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28927, las transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para proyectos de inversion y saneamiento se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Informe Tecnico Nº 282-2007/ VIVIENDA/VMCS/PAPT-DE, la Direccion Ejecutiva del

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