Norma Legal Oficial del día 10 de Agosto del año 2007 (10/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica
93858-1 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 254-2007-CG

de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el articulo 22º inciso d) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica
93858-2

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 678-2007-JNAC/RENIEC

MORDAZA, 7 de agosto de 2007 VISTO, el Informe Especial Nº 122-2007-CG/ORAR, resultante del Examen Especial efectuado a la Unidad de Gestion Educativa Local MORDAZA Sur por el periodo comprendido del 1.Ene.1997 al 31.Dic.2005; incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado, relacionados a los hechos que se revelan; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, dispuso una accion de control a la Unidad de Gestion Educativa Local MORDAZA Sur como una accion programada dentro del Plan Operativo de la Oficina Regional de Control MORDAZA de la Contraloria General de la Republica, con la finalidad de verificar presuntas irregularidades denunciadas por ciudadanos; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado inasistencias de una servidora que no fueron reportadas por funcionarios de la institucion educativa donde laboraba, por lo que no fueron descontadas de sus remuneraciones, asi como irregularidades en la emision y uso indebido de Certificados de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITTs) a favor de la misma servidora, lo que ha generado un perjuicio de S/. 9 069,68 a la Unidad de Gestion Educativa Local MORDAZA Sur; hechos que evidencian la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Omision de Consignar Declaraciones en Documentos y Falsedad Generica, previstos y penados por los articulos 429º y 438º, respectivamente, del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre indicios razonables de la comision de delito, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales

MORDAZA, 7 de agosto de 2007 VISTOS: Los Oficios Nº 1932 y 2011-2007/GPDR/ RENIEC, de la Gerencia de Procesos y Depuracion Registral y el Informe Nº 000940-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, los Informes Nº 000388, 000386, 000398, 000405, 000410, 000409, 000408 y 000411-2007/SGPI/ GPDR/RENIEC de la Subgerencia de Procesamiento de Identificacion, permitieron verificar que ocho ciudadanos no identificados presentaron documentos falsos ante el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales para obtener una inscripcion, siendo los siguientes casos:
Formulario Partida de de Identidad Nacimiento o Certificacion 31187647 Nº 1902 31886460 31720495 30491849 29119936 32065150 32059573 32078961 Nº 62 Nº 15 Nº 527 Nº 66 Nº 413 Nº 1504 Nº 290 Oficio o Informe de la Municipalidad 066-2007-RR.CC./MDP 010-2007-RR.CC./MDS/LL 045-2007-J-OREC-MDMCHS 299-2007-OREC-GDS-MPC 05-2007-OREC-P-JR5CHIM 838-2007-DRC-SGSC-GSM-MPM 739-2007/GPCH-SG-RR.CC. 056-2007-OREC-MDIA Nombre y Apellidos Usados

MORDAZA Wilder MORDAZA Venturo Sentenario MORDAZA Lezma MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerey MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, del citado comportamiento, se presume la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, uso de documento falso, tipificado en el MORDAZA parrafo del articulo 427º del Codigo Penal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; y en atencion al Informe de la Gerencia de Asesoria Juridica;

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