Norma Legal Oficial del día 10 de Agosto del año 2007 (10/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de agosto de 2007

NORMAS LEGALES

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de diez (10) habiles desde la recepcion de la referida carta por la SBN, caso contrario el procedimiento sera declarado en abandono. En los casos de predios de propiedad de otras entidades estatales, cuya venta por subasta publica MORDAZA sido encargada a la SBN, esta MORDAZA deducira los gastos operativos y administrativos correspondientes al procedimiento, MORDAZA de ejecutar la distribucion de acuerdo a la legislacion vigente. 5.2.8. En la MORDAZA y tercera convocatoria se rebajara un 10% del precio base. De no venderse en tercera convocatoria, la Comision de Ventas podra solicitar al Superintendente de Bienes Nacionales la autorizacion para el inicio del procedimiento de venta directa, solo en los casos de bienes administrados por la SBN. 5.3. Formalizacion de la Venta 5.3.1. Culminado el procedimiento de venta por subasta publica, de haberse entregado la Buena Pro y realizado el desembolso respectivo, el Gerente General de la SBN suscribira la correspondiente Minuta y la Escritura Publica a favor del adjudicatario. Los gastos notariales y registrales seran de cargo del adjudicatario. 5.3.2. Si los predios son de propiedad de otras entidades estatales, cuya venta por subasta publica MORDAZA sido encargada a la SBN, sera el titular de dicha entidad o quien este designe, el responsable de suscribir la Minuta de transferencia y la Escritura Publica a favor del adjudicatario, previa comunicacion de la Gerencia General de la SBN, indicando los resultados del procedimiento y, que el precio ha sido debidamente cancelado. 5.4. Impugnacion 5.4.1. Los postores que deseen presentar alguna impugnacion al resultado de la subasta lo haran en el mismo acto de otorgada la Buena Pro, la cual debera ser consignada en el Acta, debiendo ser suscrita por el impugnante, sin cuyo requisito no sera considerada. 5.4.2. Dentro de los dos (2) dias habiles siguientes al acto de subasta, el postor impugnante debera presentar por escrito el sustento de su impugnacion, conjuntamente con un cheque de gerencia a la orden de la SBN, por el monto equivalente al 20% del precio base del inmueble cuya subasta se impugna, en garantia de la impugnacion planteada, caso contrario se tendra por no presentada la impugnacion. 5.4.3. La Comision de Ventas debe absolver en primera instancia la impugnacion presentada, siendo la Gerencia General de la SBN la MORDAZA instancia administrativa. 5.4.4. En el supuesto que la impugnacion fuese declarada fundada, se retirara la Buena Pro al adjudicatario, procediendo la SBN a devolverle dentro del plazo de cinco (5) dias habiles el dinero entregado, sin intereses ni compensacion alguna, con lo cual el procedimiento de venta por subasta publica habra concluido; pudiendo posteriormente la Comision iniciar un MORDAZA procedimiento. Dentro del plazo de cinco (5) dias habiles debera devolverse la garantia del numeral 5.4.2 al postor impugnante. De declararse infundada la impugnacion, el cheque de gerencia que acompane el impugnante sera cobrado por la SBN, por concepto de indemnizacion. 5.4.5. El procedimiento impugnatorio sera regulado en el Modelo de Bases. 5.5. Informe final 5.5.1. Despues de concluido el procedimiento de venta por subasta publica, la Comision de Ventas debera elevar un informe final a la Alta Direccion de la SBN, detallando los aspectos mas relevantes del procedimiento. 5.5.2. El informe final debera estar suscrito por todos los miembros de la Comision de Ventas. 5.5.3. La Comision tendra un plazo de veinte (20) dias habiles para la MORDAZA del referido informe.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

La presente Directiva entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.
93853-1

Aprueban permuta predial entre terreno de propiedad del Estado ubicado en el distrito de San MORDAZA y terreno ubicado en el distrito de Ate Vitarte, provincia de MORDAZA
JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCION Nº 086-2007/SBN-GO-JAD

La MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2007 Visto el Expediente Nº 097-2007/SBNJAD mediante el cual se sustenta la permuta predial entre el Estado Peruano representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales y la Urbanizadora Granja MORDAZA S.A, entre un terreno de propiedad del Estado, con un area de 781,14 m², ubicado frente a la MORDAZA Las Moreras de la Lotizacion implantada sobre la Seccion Garages de la Urbanizacion Country Club del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; con el inmueble de propiedad de la Urbanizadora Granja MORDAZA S.A ubicado en el pasaje de San MORDAZA, caserio de MORDAZA MORDAZA, distrito de Ate Vitarte; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo N° 004-2007/VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, y Decreto Supremo Nº 1542001-EF, Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para el registro, inscripcion y fiscalizacion de los bienes de propiedad estatal; Que, el Estado representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales es propietario del terreno de 781,14 m², ubicado frente a la MORDAZA Las Moreras de la Lotizacion implantada sobre la Seccion Garages de la Urbanizacion Country Club del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, cuyos linderos, medidas perimetricas y demas caracteristicas constan en la Partida Electronica Nº 49000800 del Registro de Predios de MORDAZA, y registrado en el Asiento N° 784 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, la Urbanizadora Granja MORDAZA Sociedad Anonima es propietaria del terreno de 278 564,58 m², el mismo que se encuentra ubicado en el pasaje de San MORDAZA, caserio de MORDAZA MORDAZA, distrito de Ate Vitarte, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito dentro de un area de mayor extension a fojas 453 del Tomo 1253 que continua en la Partida N° 11075200 del Registro de la Predios de Lima; Que, mediante carta s/n de fecha 17 de MORDAZA del 2007 y Carta s/n de fecha 18 de MORDAZA del 2007, la Urbanizadora Granja MORDAZA S.A., solicita permutar el terreno de 278 564,58 m², que forma parte del terreno de mayor extension inscrito en el asiento 21, fojas 453 del tomo 1253 del Registro de Predios de MORDAZA, con el predio de propiedad estatal, ubicado en la MORDAZA Las Moreras de la Lotizacion implantada sobre la Seccion Garages de

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