Norma Legal Oficial del día 10 de Agosto del año 2007 (10/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de agosto de 2007

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Exoneran de pago de derecho de tramite de matrimonio civil para la realizacion de Tercer Matrimonio Civil Comunitario 2007
ORDENANZA Nº 140-2007-MDI

de comision, lectura y aprobacion del acta aprobo la siguiente:
ORDENANZA EXONERACION DE PAGO DE DERECHO DE TRAMITE DE MATRIMONIO CIVIL PARA LA REALIZACION DEL TERCER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2007

Independencia, 31 de MORDAZA de 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 308-2007-UAL de fecha 26 de MORDAZA de 2007 sobre Exoneracion del Pago por Derecho de tramite de Matrimonio Civil a las parejas contrayentes que participen en el Tercer Matrimonio Civil Comunitario 2007 en el distrito de Independencia, y; CONSIDERANDO: Que los derechos de pago por tramite de Matrimonio Civil se encuentran establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Independencia, aprobado por Ordenanza Nº 117- MDI de fecha 22 de marzo de 2006; Que de conformidad con el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales a traves de la Ordenanza crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley; Que dentro de los derechos sociales y economicos que regula el Capitulo II del Titulo I de la Constitucion Politica del Peru, se senalan en el articulo 4º que la Comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconociendolo como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que es competencia de los Gobiernos Locales, administrar, organizar y ejecutar los programas locales que coadyuven al desarrollo y bienestar de la poblacion de acuerdo a lo regulado en el articulo 73º numeral 6.2 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, las municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, esto es, plenas facultades para decidir con autonomia la regulacion de sus propios mecanismos administrativos para implementar las decisiones de gestion; Que, la municipalidad tiene prevista la realizacion de una ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario, denominada "III Matrimonio Civil Comunitario 2007" programado para el MORDAZA 23 de setiembre de 2007; Que la Unidad de Asesoria Legal mediante Informe Nº 308-2007-UAL senala que las Municipalidades tienen la potestad de establecer exoneraciones a las tasas aprobadas mediante sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos (TUPAS), conforme a las normas pertinentes de nuestro ordenamiento juridico, por tal razon resulta PROCEDENTE la aprobacion de la exoneracion del pago de la tasa por derecho de tramite de Matrimonio Civil, a efectos de brindar a la poblacion mayor acceso a la participacion en el "III Matrimonio Civil Comunitario 2007"; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los articulos 9º numeral 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 el Concejo Municipal por unanimidad, con dispensa del tramite

Articulo Primero.- ESTABLECER la EXONERACION del Pago por Derecho de Tramite de Matrimonio Civil para el Tercer Matrimonio Civil Comunitario 2007 a realizarse el 23 de setiembre del presente ano en el distrito de Independencia, disponiendose un pago unico reducido de S/.80.00 (OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) por Derecho de Tramite de Matrimonio Civil. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General a traves del Area de Registro Civil, Area de Tramite Documentario y Unidad de Imagen Institucional, Gerencia Municipal y Gerencia de Administracion de Recursos el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ESTABLECER que mediante Decreto de Alcaldia se dicten las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. LOVELL YOMOND MORDAZA MORDAZA
94612-1

Aprueban Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2008 de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 141-MDI Independencia, 1 de Agosto de 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de MORDAZA, continuada el 01 de Agosto de 2007 el Informe No 127-2007-0PPR/MDI de fecha 12 de junio de 2007 emitido por la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion e Informe No 0272007-GM/MDI sobre Proyecto de Ordenanza que Reglamenta el MORDAZA de Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2008; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley No 27680 - "Ley de Reforma Constitucional", las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, la Ley No 27783 - "Ley de Bases de la Descentralizacion" en su articulo 17.1 dispone que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo, Presupuestos y en la Gestion Publica; Que, la Ley No 27972 - "Ley Organica de Municipalidades", en su articulo 53º establece que las municipalidades se rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdiccion;

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