Norma Legal Oficial del día 29 de Agosto del año 2007 (29/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

352364
NTP-ISO 3509:1998

NORMAS LEGALES
CAFE Y SUS DERIVADOS. Vocabulario

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de agosto de 2007

Registrese y publiquese. Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA Ruiloba Rossel, MORDAZA MORDAZA Sousa MORDAZA, MORDAZA Paz Soldan MORDAZA, MORDAZA Novak Talavera, MORDAZA Danos Ordonez y MORDAZA MORDAZA Blasco. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 101191-1

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Autorizan a la Gerencia de Operaciones para que proceda a realizar priorizacion de calificacion de solicitudes presentadas por asegurados o pensionistas afectados por movimiento sismico, asi como al adelanto del operativo de pago de pensiones en zonas de emergencia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 160-2007-JEFATURA/ONP MORDAZA, 22 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, se crea la Oficina de Normalizacion Previsional ­ ONP, reestructurada integralmente a traves de la Ley Nº 28532, reglamentada por el Decreto Supremo Nº 118-2006-EF, y definida como un Organismo Publico Descentralizado del Sector Economia y Finanzas, que tiene a su cargo la administracion del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº 19990, asi como del Regimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley Nº 18846; y de otros regimenes previsionales a cargo del Estado, que le MORDAZA encargados conforme a ley; Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 3062001-EF se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONP, en la que se senala que la Gerencia de Operaciones es el Organo de Linea responsable de los procesos operativos inherentes a la administracion de los sistemas previsionales; Que, asimismo, la Resolucion Suprema senalada en el parrafo precedente establece que son funciones de la Gerencia de Operaciones ­entre otras-, calificar y otorgar los derechos pensionarios, ejecutar el MORDAZA de pago de pensiones conforme a la normatividad vigente sobre la materia, asi como ejecutar las demas funciones inherentes a su ambito, que le MORDAZA encargadas por la Alta Direccion; Que, como consecuencia de los desastres producidos por el movimiento sismico en el MORDAZA, el pasado 15 de agosto de 2007 se ha afectado significativamente la situacion economica de los asegurados y pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones - SNP que residen en las zonas donde se produjo el movimiento sismico; Que, el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM declaro en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Canete del departamento de MORDAZA, situacion que fue ampliada por el Decreto Supremo Nº 071-2007PCM a las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y al distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica y a los distritos de Huanec y Tupe de la provincia de Yauyos del departamento de Lima;

Que, al haberse configurado una situacion de emergencia, es necesario tomar las medidas de urgencia dentro del ambito de competencia y administracion del SNP y del Decreto Ley Nº 18846, a fin evaluar la situacion de aquellos asegurados y pensionistas afectados por los desastres naturales; Que, por lo MORDAZA senalado resulta necesario autorizar a la Gerencia de Operaciones de la ONP la priorizacion de la atencion de solicitudes presentadas ante la Institucion por aquellos asegurados o pensionistas afectados por el movimiento sismico relativas a prestaciones economicas y en lo referido al adelanto del operativo de pago de pensiones; Estando a lo dispuesto por el articulo 5º de la Ley Nº 28532, el Decreto Supremo Nº 118-2006-EF, la Resolucion Suprema Nº 306-2001-EF y a la designacion efectuada por Resolucion Suprema Nº 075-2006-EF modificada por la Resolucion Suprema Nº 041-2007-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Gerencia de Operaciones de la Oficina de Normalizacion Previsional para que proceda a realizar la priorizacion de la calificacion de las solicitudes presentadas ante la Institucion por aquellos asegurados o pensionistas afectados por el movimiento sismico, asi como al adelanto del operativo de pago de pensiones en las zonas de emergencia declaradas mediante los Decretos Supremos Nºs. 0682007-PCM y 071-2007-PCM. Articulo Segundo.- Disponer que las presentes acciones se ejecuten a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion Jefatural y hasta el 31 de diciembre del presente ano. El referido plazo podra ser prorrogado, previa evaluacion e informe que debera realizar la Gerencia de Operaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 101467-1

Aprueban "Procedimiento de Absolucion de Consultas sobre la correcta aplicacion del Decreto Ley Nº 20530, sus normas complementarias y conexas"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 162-2007-JEFATURA/ONP MORDAZA, 23 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modificado por Ley Nº 26323 se crea la Oficina de Normalizacion Previsional ­ ONP, reestructurada integralmente a traves de la Ley Nº 28532, definida como un Organismo Publico Descentralizado del Sector Economia y Finanzas que tiene a su cargo la administracion del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº 19990, asi como del Regimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley Nº 18846; y de otros regimenes previsionales a cargo del Estado, que le MORDAZA encargados conforme a ley; Que, el articulo 10º de la Ley Nº 28449, Ley que establece las nuevas reglas del regimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas es la entidad del Gobierno Nacional que administra el regimen pensionario del Decreto Ley Nº 20530, pudiendo delegar, a otras entidades, en forma total o parcial, sus facultades y funciones de dicho regimen; Que, mediante Decreto Supremo Nº 132-2005-EF se reglamenta las funciones de administracion del regimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530, delegandose en los Ministerios, Organismos Publicos Descentralizados,

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