Norma Legal Oficial del día 31 de Agosto del año 2007 (31/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de agosto de 2007

Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ha comunicado que con fecha 10 de MORDAZA de 2007 y dentro del plazo de ley la empresa MORDAZA TRAVEL S.A., postor que resulto en el MORDAZA lugar en el orden de prelacion, interpuso recurso de apelacion contra el acto de otorgamiento de la Buena Pro a que se refiere el considerando precedente, comunicando asimismo que dicho recurso cumple con los requisitos de admisibilidad, signandolo con el expediente Nº 01818-2007-TC; Que, mediante Memorandum (DRH) Nº 0864/2007 del 9 de agosto de 2007 la Direccion General de Desarrollo de Recursos Humanos informo que al 2 de agosto de 2007 se han adquirido pasajes por el importe total de US$ 124,573.59, con lo cual el saldo del monto del contrato vigente asciende a US$ 92,974.90; Que, mediante Memorandum (DRH) Nº 0903/2007 de 15 de agosto de 2007, la Direccion General de Desarrollo de Recursos Humanos remite los terminos de referencia, asi como el calculo de las necesidades de pasajes para los proximos cuatro meses, en tanto se resuelva el recurso de apelacion interpuesto ante el Tribunal del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y concluya el MORDAZA que corresponda en caso de retrotraerse este, senalando ademas que el monto para cubrir dicho periodo asciende a US$ 303,723.00 (Trescientos tres mil setecientos ventitres con 00/100 Dolares Americanos); Que, asimismo, mediante Cedula de Notificacion Nº 24119/2007.TC del 16 de agosto de 2007 el Tribunal del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ha senalado Audiencia Publica para el 22 de agosto proximo a las 15:00 horas, a fin que las partes realicen sus respectivos informes tecnico y/o legal correspondientes; Que, en ese sentido, en tanto el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado tramite y resuelva el recurso interpuesto por el postor MORDAZA TRAVEL S.A., no es posible consentir la Buena Pro otorgada al postor DOMIRUTH TRAVEL SERVICE S.A.C. MORDAZA de que se produzca algunas de las causales de vencimiento del periodo de vigencia del Contrato Nº 0001-2007-RE/EXO; Que, asimismo, cabe advertir la necesidad de prever el curso que pueda seguir la resolucion del recurso de apelacion interpuesto, el cual, en el extremo, puede significar retrotraer el MORDAZA de seleccion impugnado a una etapa anterior del MORDAZA, debiendo considerar reprogramar las etapas que correspondan, asi como eventuales absoluciones de observaciones y actos impugnatorios, mas aun tratandose de un rubro muy sensible entre los agentes de mercado; sin perjuicio del plazo previsto por ley a fin que la empresa que corresponda pueda cumplir con los requisitos previos a la suscripcion del contrato, situacion cuya solucion se estima pueda extenderse hasta en cuatro meses; Que, atendiendo a las razones senaladas, el Ministerio de Relaciones Exteriores quedaria desabastecido del referido servicio, lo cual imposibilitaria que este ejecute a cabalidad la politica exterior peruana que le compete como funcion. Ello conllevaria graves implicancias para el MORDAZA, por cuanto imposibilitaria que el Peru alcance las metas y objetivos de politica exterior planteados por el gobierno peruano; Que, cabe resaltar ademas el caracter singular del Ministerio de Relaciones Exteriores en relacion a las necesidades del referido servicio, por cuanto a diferencia de cualquier otra Entidad del Estado, este debe mantener en las misiones del exterior aproximadamente las dos terceras partes de su personal, los cuales de acuerdo a la normativa del Servicio Diplomatico, periodicamente son reemplazados, asi como tambien atender las comisiones de servicio de dicho personal a los distintos eventos internacionales a los que tiene que asistir; Que, a la situacion expuesta se suman los casos de repatriacion de connacionales, y la atencion a la Representacion Parlamentaria Nacional ante el Parlamento MORDAZA, por cuanto mediante la vigesima tercera disposicion final de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, se dispuso incluir en el Pliego del Ministerio de Relaciones Exteriores, los aportes anuales del Estado peruano al Parlamento MORDAZA, asi como los recursos aprobados que conlleve la representacion de los Parlamentarios Andinos

ante dicho Parlamento y la implementacion de las oficinas y personal de los Parlamentarios Andinos, de conformidad con el Protocolo Adicional al Tratado Constitutivo del Parlamento MORDAZA aprobado mediante Resolucion Legislativa Nº 27525, entre otros; Que, en dicho contexto, atendiendo a lo senalado por la Direccion General de Desarrollo de Recursos Humanos, resulta necesario garantizar el aprovisionamiento de pasajes aereos nacionales e internacionales por el plazo de cuatro meses, a fin que el Ministerio de Relaciones Exteriores no se vea desabastecido; Que, en ese sentido, resulta prioritario e impostergable prever la atencion del mencionado servicio a fin de garantizar que el mismo se brinde a partir de cuando concluya la vigencia del actual contrato y por el periodo comprendido hasta contar con el contratista a quien se adjudique la Buena Pro en el Concurso Publico Nº 0004-2007-RE, el mismo que ha sido estimado en un plazo de cuatro meses por el monto de US$ 303,723.00 (Trescientos tres mil setecientos veintitres con 00/100 Dolares Americanos), segun lo informado por la Direccion General de Desarrollo de Recursos Humanos mediante Memorandum (DRH) Nº 0903/2007, de 15 de agosto de 2007; Que, el importe MORDAZA senalado incluye los tributos, seguros y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo en la ejecucion del servicio, por lo que en merito a lo dispuesto en el articulo 9º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 y en el Articulo 77º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, corresponde llevarse a cabo un MORDAZA de seleccion por Concurso Publico, MORDAZA que debe ser incluido en el respectivo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores para el Ano Fiscal 2007; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo senalado en el articulo 23º y en el numeral 1) del articulo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, respecto a que el Plan Anual considerara todas las adquisiciones y contrataciones, con independencia del regimen que las regule y que el mismo podra ser modificado cuando se tenga que incluir o excluir procesos, en concordancia con el articulo 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el cual establece que es requisito para convocar a MORDAZA de seleccion, bajo sancion de nulidad, que este este incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, y que ademas se cuente con el expediente debidamente aprobado para la adquisicion o contratacion respectiva; Que, en tal sentido, resulta necesario, la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores para el Ano Fiscal 2007, efectuando la inclusion del MORDAZA de seleccion por Concurso Publico para la Contratacion del servicio de aprovisionamiento de pasajes aereos nacionales e internacionales para el Ministerio de Relaciones Exteriores, asi como la aprobacion del expediente respectivo; Que, el articulo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la aprobacion y difusion de las modificaciones del Plan se haran en la forma prevista en los articulos 25º y 26º del citado Reglamento; es decir, debe ser aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, y ser publicado por la Entidad en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles de aprobado, debiendo ponerse a disposicion de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad y en la pagina web de esta, pudiendo ser adquirido por cualquier interesado al precio de costo de reproduccion; Que, de conformidad con la sustentacion tecnica comunicada por la Direccion de Logistica a traves del Informe (LOG) Nº 022-2007 de 16 de agosto de 2007, la presente situacion entendida como "necesidades sobrevinientes" configura una situacion de desabastecimiento inminente, la misma que se encuentra prevista en el articulo 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,

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