Norma Legal Oficial del día 01 de Diciembre del año 2007 (01/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de diciembre de 2007

de Operatividad y regula el procedimiento y requisitos que deben cumplir las personas juridicas para ser autorizadas como Entidades Certificadoras de Operatividad y operar los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV, asi como, verificar las condiciones, requisitos y caracteristicas tecnicas establecidas para los vehiculos destinados a la prestacion de los servicios de transporte de personas y mercancias; Que, asimismo, dicha Directiva establece el procedimiento y demas condiciones de operacion a traves de las cuales las Entidades Certificadoras de Operatividad autorizadas efectuaran la inspeccion tecnica de los vehiculos destinados a la prestacion de los servicios de transporte de personas y mercancias y, de ser el caso, emitir los Certificados de Operatividad en los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV; Que, del analisis de los expedientes presentados, se advierte que en ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Entidad Certificadora de Operatividad establecidos en el numeral 5.2 de la Directiva Nº 001-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 4000-2007-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 92982007-MTC/15 y 13826-2007-MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: - Solicitud firmada por el representante legal del CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA-CEDIVE S.A.C. - MORDAZA del Testimonio de Escritura Publica de Constitucion de Sociedad Anonima Cerrada de fecha 16 de enero del 2007, otorgada por CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ante Notario Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA Loli. - Certificado de vigencia de poder expedido por la Oficina Registral de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, correspondiente a la Partida Nº 11970791 expedido con fecha 23 de MORDAZA del 2007, que acredita la vigencia del poder respectivo. - Declaracion jurada suscrita por el representante legal de la solicitante en el sentido de que su representada no se encuentra incursa en ninguno de los impedimentos indicados en el numeral 5.3 de la Directiva Nº 001-2007MTC/15. - Relacion del personal tecnico del CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA-CEDIVE S.A.C. que incluye sus nombres completos y documentos de identidad de los ingenieros supervisores y del personal tecnico especializado, copias simple de los titulos de cada uno de ellos y de los documentos que sustentan su experiencia en el MORDAZA automotriz y copias de los documentos que acreditan la relacion laboral o vinculo contractual con la solicitante. - Declaracion jurada suscrita por el representante legal de la solicitante ofreciendo contar con el equipamiento requerido por el numeral 5.1.4 de la Directiva Nº 0012007-MTC/15 y adjuntar los documentos que sustentan la titularidad sobre los mismos, dentro del plazo de noventa (90) dias de otorgada la autorizacion. - Declaracion jurada suscrita por el representante legal de la solicitante ofreciendo presentar los planos de ubicacion y de distribucion de las instalaciones del Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV, en este ultimo caso detallando sus instalaciones y diversas areas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva, dentro del plazo de treinta (30) dias de otorgada la autorizacion. - MORDAZA del Contrato de Sub-arrendamiento de local comercial celebrado entre Transportes MORDAZA S.A. y la solicitante, mediante el cual se acredita la posesion legitima de la infraestructura requerida en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-MTC/15. - Certificado de compatibilidad de uso emitido por la municipalidad provincial del Callao declarando compatible la zonificacion para la actividad solicitada y Declaracion Jurada suscrita por el representante legal de la solicitante ofreciendo presentar la licencia de funcionamiento emitido por la citada municipalidad dentro del plazo de noventa (90) dias de otorgada la autorizacion. - Registro de firmas del ingeniero acreditado autorizado para suscribir los Certificados de Operatividad de acuerdo al formato del Anexo VII de la Directiva Nº 001-2007MTC/15.

- MORDAZA de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 2602684 emitida por la compania de seguros MORDAZA Grupo Asegurador, destinada a cubrir los danos personales y materiales que se produzcan dentro de las instalaciones del Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV en perjuicio de su propio personal y/o terceros, por el monto de 200 UIT conforme a los terminos senalados en el numeral 5.2.10 de la Directiva Nº 001-2007-MTC/15. - Carta Fianza Bancaria Nº 2007/00490-00 emitida por el Banco de Comercio con fecha 31 de octubre del 2007, por el importe de US $ 100 000,00 (cien mil 00/100 dolares americanos), conforme a los terminos senalados en el numeral 5.2.11 de la Directiva Nº 001-2007-MTC/15. De conformidad con la Ley 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias y la Directiva Nº 0012007-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) anos, a contarse desde la publicacion de la presente resolucion, al CENTRO DE DIAGNOSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA-CEDIVE S.A.C. como Entidad Certificadora de Operatividad para operar un Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular-CITV con dos (02) Lineas de Inspeccion Tecnica Vehicular en el local ubicado en la MORDAZA Los Metales Nº 120 Urb. Industrial MORDAZA -Callao, a fin de realizar las inspecciones tecnicas vehiculares de los vehiculos destinados a la prestacion de los servicios de transporte de personas y mercancias y verificar las condiciones, requisitos y caracteristicas tecnicas que estos deben cumplir para brindar dichos servicios, en aplicacion de lo dispuesto por las normas legales vigentes. Articulo 2º.- La empresa autorizada debera obtener, dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario a contarse a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida previa verificacion del cumplimiento de todos los requisitos referidos a la infraestructura, equipamiento y personal requeridos por la Directiva Nº 001-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 4000-2006-MTC/15 y modificada por la Resoluciones Directorales Nºs. 92982007-MTC/15 y 13826-2007-MTC/15. Articulo 3º.- Es responsabilidad de la empresa autorizada renovar oportunamente la Carta Fianza Bancaria presentada a efectos que respaldar las obligaciones contenidas en la Directiva Nº 001-2007MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 40002006-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 9298-2007-MTC/15 y 13826-2007MTC/15, durante la vigencia de la autorizacion. En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza Bancaria MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 14 de setiembre del 2008 14 de setiembre del 2009 14 de setiembre del 2010

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