Norma Legal Oficial del día 01 de Diciembre del año 2007 (01/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

358781

VISTO: El expediente Nº 31147606 de fecha 20 de noviembre de 2006, presentado por ELECTROCENTRO S.A., sobre otorgamiento de AUTORIZACION para Generacion Hidroelectrica con una potencia de 7.5 MW en la Central Hidroelectrica de Chalhuamayo, ubicada en el Distrito de Mazamari, Provincia de Satipo, Region Junin. CONSIDERANDO: Que, la solicitud se halla amparada en las disposiciones contenidas en el Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844 y Articulos 66º y 67 de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de sustentacion; Que, la Direccion General de Electricidad (DGE) del Ministerio de Energia y Minas, mediante Oficio Nº 1319-2006/MEM-DGE requiere al solicitante para que subsane las observaciones de la solicitud de Autorizacion; Que mediante Oficio Nº GR-2118-2006, de fecha 18 de diciembre de 2006, el solicitante levanta las observaciones formuladas, emitiendose informe favorable Nº 030-2007-DREM-J/DTE de la Direccion Regional de Energia y Minas de Junin; Que la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejerceran funciones especificas, las mismas que se formula en concordancia con las politicas nacionales, encontrandose entre ellas, asumir las funciones en materia de Energia, que especificamente resulta: Formular, aprobar y evaluar los planes y politicas en materia de energia de la region, en concordancia con las politicas y planes sectoriales nacionales; Que por Resolucion Ministerial Nº 550-2006-MEM, publicada con fecha 18 de noviembre de 2006, se declaro que el Gobierno Regional de MORDAZA, concluyo el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de las mismas; En tal sentido, en concordancia con el Articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar AUTORIZACION INDEFINIDA para Generacion Hidroelectrica con una potencia de 7.5 MW en la Central Hidroelectrica de Chalhuamayo, ubicada en el Distrito de Mazamari, Provincia de Satipo, Region Junin; cuyas caracteristicas principales son: Potencia MORDAZA de Turbinas Salto neto Tension de Generacion Factor de Potencia Velocidad : : : : : : 3384 Kw. Pelton. 225 m. 4.160 Kv. 0.8 720 rpm.

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de irregularidades en agravio de las Direcciones Regionales de Salud y de Educacion de MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 534-2007-GR.LAMB/PR Chiclayo, 31 de octubre de 2007 VISTO: El Oficio Nº 2524-2007-GR.LAMB/DRSAL-DG-OEAJ, el Informe Especial Nº 009-022-2007-2-0633-GR.LAMB/ DRSAL-OECI; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de agosto de 2007, la Direccion de Control Institucional de la Direccion Regional de Salud MORDAZA, emitio el Informe Especial Nº 009022-2007-2-0633-GR.LAMB/DRSAL-OECI denominado Examen Especial a la Asociacion Comunidad Local de Administracion de Salud ­CLAS "San MORDAZA Bautista" ­ DIRECCION REGIONAL DE SALUD MORDAZA, ENERO A DICIEMBRE 2004. Que, del citado informe, se tienen los siguientes hechos: 1. RECURSOS FINANCIEROS DE LOS REEMBOLSOS DEL SEGURO INTEGRAL DE SALUD, HAN SIDO DESVIADOS PARA CUBRIR DIVERSOS GASTOS CORRIENTES DEL CLAS, POR LA SUMA DE S/. 18,711.64. De la revision selectiva de la documentacion sustentatoria relacionada con las Rendiciones Mensuales de Reembolsos del Seguro Integral de Salud (SIS) del CLAS "San MORDAZA Bautista" y Declaraciones Juradas de Rendiciones de Cuentas, del periodo sujeto a control, se aprecia que con los recursos financieros provenientes de dichos reembolsos, se han pagado gastos corrientes por la suma de S/. 18,711.64, los mismos que por su naturaleza, no han sido destinados para garantizar la adecuada ejecucion de los Planes de Beneficios del SIS; asi como, la atencion y calidad del servicio de salud, por parte de los Establecimientos de Salud. Los gastos MORDAZA indicados, han sido rendidos segun Actas de Declaracion Jurada de Rendicion de Cuentas, apreciandose que las mismas, por los meses de marzo a junio de 2004, estan suscritas por el Tesorero, senor MORDAZA FONG CHI y la Gerente, Medico LUZ MORDAZA MORDAZA SAMAME JOHNSON. Asimismo, las Actas por los meses de agosto y setiembre de 2004, estan suscritas por el Presidente, senor MORDAZA MORDAZA LLONTOP MORDAZA, el Tesorero, senor MORDAZA MORDAZA ALBANIL MORDAZA y la Gerente MORDAZA mencionada; asi tambien las de octubre a diciembre de 2004, estan suscritas por el Tesorero y la Gerente en mencion. Cabe resaltar que los pagos referidos a honorarios contables, electricidad, agua, telefono, tarjetas telefonicas, Asesoria Legal y otros, descritos en el cuadro (Anexo Nº 3) de gastos administrativos no permitidos, constituyen gastos corrientes, los mismos que debieron ser asumidos con cargo a sus Ingresos Propios, que durante el periodo evaluado, ascendieron a S/.12,147.10; no evidenciandose la debida informacion a la Direccion Regional de Salud Lambayeque. Los participes en los hechos, materia del citado Informe, son MORDAZA MORDAZA CABREJOS VALDIVIESO, MORDAZA MORDAZA LLONTOP MORDAZA, MORDAZA FONG CHI, MORDAZA MORDAZA ALBANIL MORDAZA Y LUZ MORDAZA MORDAZA SAMAME JOHNSON.

Articulo 2º.- La Empresa Autorizada esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad; preservando el medio ambiente y salvaguardando el patrimonio cultural de la Nacion; asi como a remitir la informacion estadistica y los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento. Articulo 3º.- Notifiquese y publiquese por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion. Comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Energia y Minas MORDAZA 138290-1

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