Norma Legal Oficial del día 01 de Diciembre del año 2007 (01/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de diciembre de 2007

GLP con capacidad de almacenamiento mayor a 5000 kg o que requieren pasar por la etapa de instalacion, el administrado debera presentar una solicitud a OSINERGMIN en Mesa de Partes de cualquiera de sus Oficinas Regionales a nivel nacional, presentando la siguiente documentacion: a) Solicitud de otorgamiento del Informe Tecnico Favorable de acuerdo al modelo aprobado por OSINERGMIN. b) MORDAZA literal de la partida registral donde obre la Constitucion Social de la empresa, de ser el caso. c) Certificado de vigencia de poderes del representante legal con una antiguedad no mayor de 30 dias naturales a la fecha de su expedicion, de ser el caso. d) MORDAZA simple del documento de identidad del administrado o del representante legal, segun corresponda. e) Planos conforme a obra. f) Declaracion jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de seguridad de acuerdo al formato aprobado por OSINERGMIN suscrita en cada una de sus paginas por el administrado y por el o los ingenieros responsables del proyecto, los cuales deberan ser profesionales colegiados y habiles en su respectiva especialidad. Articulo 20°.- Requisitos para el otorgamiento del Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento o para Uso y Funcionamiento de Modificacion y/o Ampliacion de Locales de Venta de GLP con capacidad de almacenamiento menor o igual a 5000 kg o que no requieren pasar por la etapa de instalacion. Para obtener el Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento o para Uso y Funcionamiento de Modificacion y/o Ampliacion de Locales de Venta de GLP con capacidad de almacenamiento menor o igual a 5000 kg o que requieren pasar por la etapa de instalacion, el administrado debera presentar una solicitud a OSINERGMIN en Mesa de Partes de cualquiera de sus Oficinas Regionales a nivel nacional, presentando la siguiente documentacion: a) Solicitud de otorgamiento del Informe Tecnico Favorable de acuerdo al modelo aprobado por OSINERGMIN. b) MORDAZA literal de la partida registral donde obre la Constitucion Social de la empresa, de ser el caso. c) Certificado de vigencia de poderes del representante legal con una antiguedad no mayor de 30 dias naturales a la fecha de su expedicion, de ser el caso. d) MORDAZA simple del documento de identidad del administrado o del representante legal, segun corresponda. e) MORDAZA del documento que acredita la propiedad o posesion legitima del terreno, segun corresponda. f) Memoria descriptiva que contenga el objeto del proyecto, especificaciones tecnicas de materiales, accesorios y equipos, descripcion del sistema de seguridad y proteccion contra incendios de acuerdo a formato otorgado en forma gratuita en las oficinas o publicado en la pagina Web de OSINERGMIN. g) MORDAZA del estudio ambiental aplicable al proyecto, incluyendo las observaciones y levantamientos realizados durante el tramite de aprobacion, si los hubiere, asi como de la resolucion que aprueba dicho estudio ambiental; o de la respuesta emitida por la DGAAE indicando que no es pertinente presentar estudio ambiental para la modificacion y/o ampliacion. h) Declaracion jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de seguridad de acuerdo al formato aprobado por OSINERGMIN suscrita en cada una de sus paginas por el administrado y por el o los ingenieros responsables del proyecto, los cuales deberan ser profesionales colegiados y habiles en su respectiva especialidad. i) Planos de: 1) Situacion. 2) Distribucion.

Articulo 21.- Requisitos para el otorgamiento del Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento o para Uso y Funcionamiento de Modificacion y/o Ampliacion de Medios de Transporte de GLP. Para obtener el Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento o para Uso y Funcionamiento de Modificacion y/o Ampliacion de Medios de Transporte de GLP, el administrado debera presentar a OSINERGMIN, en Mesa de Partes de cualquiera de sus Oficinas Regionales a nivel nacional, la siguiente documentacion: a) Solicitud de otorgamiento del Informe Tecnico Favorable, de acuerdo al modelo aprobado por OSINERGMIN. b) MORDAZA literal de la partida registral donde obre la Constitucion Social de la empresa, de ser el caso. c) Certificado de vigencia de poderes del representante legal con una antiguedad no mayor de 30 dias naturales a la fecha de su expedicion, de ser el caso. d) MORDAZA simple del documento de identidad del administrado o del representante legal, segun corresponda. e) MORDAZA de la tarjeta de propiedad del medio de transporte, o documento que acredite la propiedad o posesion legitima del medio de transporte. f) Certificados de Conformidad de los tanques de almacenamiento de GLP, otorgados por un Organismo de Certificacion acreditado ante INDECOPI que certifique que han sido disenados, fabricados y probados conforme a la MORDAZA Tecnica Peruana o al Codigo ASME Seccion VIII o XII; o un Reporte U-1 o U-1A segun el Codigo ASME Seccion VIII o XII, firmado por un inspector autorizado de la National Board. g) Diagrama del sistema de recepcion y despacho. h) Certificado de Matricula con refrenda anual vigente si se trata de medio de transporte maritimo, fluvial o lacustre. i) Declaracion jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de seguridad de acuerdo al formato aprobado por OSINERGMIN suscrita en cada una de sus paginas por el administrado y por el o los ingenieros responsables del proyecto, los cuales deberan ser profesionales colegiados y habiles en su respectiva especialidad. Articulo 22°.- En el procedimiento para el otorgamiento del Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento, OSINERGMIN verificara que la informacion referida a las condiciones tecnicas y de seguridad contenida en la declaracion jurada presentada por el administrado sea acorde con la situacion de la construccion, ampliacion o modificacion del establecimiento, instalacion o unidad. Asimismo, se verificara que se hayan presentado correctamente los requisitos documentales establecidos para el otorgamiento del Informe Tecnico Favorable. En los supuestos en los cuales se verifique que la construccion, ampliacion o modificacion del establecimiento, instalacion o unidad, no es conforme a lo aprobado en la etapa de instalacion, OSINERGMIN estara facultado a denegar la solicitud y requerir la MORDAZA de la solicitud de modificacion de instalacion. Luego de efectuada la evaluacion y en caso de acreditarse el cumplimiento de lo establecido en la normatividad del subsector hidrocarburos, se otorgara el Informe Tecnico Favorable para Uso y Funcionamiento o para Uso y Funcionamiento de Modificacion y/o Ampliacion al administrado en un plazo no mayor de treinta (30) dias habiles, contados a partir de la fecha de recepcion de la solicitud; caso contrario, se declarara la improcedencia de la solicitud presentada. En caso de presentarse las observaciones a que hace referencia el articulo 4° de la presente MORDAZA, se le otorgara al administrado un plazo para que efectue las precisiones y/o aclaraciones en relacion a la documentacion presentada o respecto del cumplimiento de las normas tecnicas y de seguridad que considere pertinente; el mismo que no sera computado dentro del plazo a que hace referencia el parrafo precedente. 138382-2

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