Norma Legal Oficial del día 02 de Diciembre del año 2007 (02/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

358929

acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion. 3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Domestico (5) Comercial Industrial 13 20 30 30

Gestion. Este indice es el resultado de la media aritmetica del indice de cumplimiento individual de cada Meta de Gestion a nivel EPS expresado en variacion porcentual.
n

ICG
Estatal 30
i 1

ICI i n

Social 20

Donde n es el numero de Metas de Gestion. Indice de Cumplimiento Individual (ICI): En el caso de las metas de micromedicion, agua no facturada, continuidad, relacion de trabajo y conexiones activas de agua potable el ICI se calculara como la diferencia del valor del indicador de gestion obtenido por la empresa y el valor del ano base, dividida por la diferencia del valor determinado en la Meta de Gestion menos el valor del ano base, expresada en porcentaje:

(5) Categoria Domestico a. Aplicacion de Asignacion de Consumo - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 13 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 13 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 20 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 20 m3. b. Vigencia de Asignacion de consumo - La Asignacion de Consumo de 20 m3 se aplicara hasta el termino del MORDAZA ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del tercer ano sera de aplicacion solamente la Asignacion de Consumo de 13 m3. B.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la "Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario", aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS, o por la MORDAZA que lo reemplace. 2. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al limite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la "Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario", aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS o por la MORDAZA que lo reemplace. 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicara sobre el volumen de agua potable registrado por el medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignacion de consumo aplicable. ANEXO N° 2 Evaluacion del Cumplimiento de las Metas de Gestion por parte de EPS MOYOBAMBA S.R.Ltda. para el Primer Quinquenio I.- DEFINICIONES Ano: Es el periodo que comprende un ano calendario computado desde la entrada en vigencia de la formula tarifaria. Indicadores de Gestion: Son los parametros que permiten la determinacion del cumplimiento de las obligaciones de la empresa y por ende el control de su gestion. Queda entendido que los valores de las Metas de Gestion fijados para estos indicadores son aquellos a que se refiere el Anexo 1 de la presente Resolucion, los cuales son el resultado de la aprobacion de las formulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestion. Indice de Cumplimiento Global (ICG): Es el indice que se utiliza para medir el cumplimiento de las Metas de

ICI = (ValorObtenido ­ ValorAnoBase) / (ValorMetaGestion ­ ValorAnoBase) x 100
Para el caso de la evaluacion de las metas de incremento anual de conexiones de agua potable y de incremento anual de conexiones de alcantarillado, se dividira el valor acumulado de las nuevas conexiones obtenido por la empresa en los anos previos al establecido para el incremento tarifario o al ano de evaluacion del cumplimiento de las metas de gestion, entre el valor acumulado previsto de esta Meta de Gestion en la presente resolucion para el mismo periodo.
ICI (
n i 1

# ConexionesObtenidasi /

n i 1

# ConexionesMetai ) x100

Para el caso de la evaluacion de las metas de actualizacion de catastro y continuidad se procedera a dividir el valor obtenido por la empresa entre el valor de la meta.

ICI = ValorObtenido / ValorMetaGestion x 100
Para el caso de la evaluacion de la meta de presion minima se procedera a dividir: el valor minimo obtenido por la empresa entre el valor minimo de la presion requerida.

ICI = ValorMinimoObtenido / ValorMetaGestion x 100
Para el caso de la evaluacion de la meta de presion MORDAZA se procedera a dividir: el valor MORDAZA de la presion requerida en la meta de gestion entre el valor MORDAZA obtenido por la empresa.

ICI = ValorMetaGestion / ValorMaximoObtenido x 100
Si el ICI resulta mayor al 100%, se considerara un cumplimiento individual de 100%. De caso contrario, si el ICI resulta menor a 0%, se considerara un cumplimiento de 0%. II.- Incrementos Tarifarios La verificacion por el Organismo Regulador del cumplimiento de las Metas de Gestion previstas para cada ano autoriza a EPS MOYOBAMBA S.R.Ltda. a aplicar los incrementos de la Formula Tarifaria aprobada. El cumplimiento de las Metas de Gestion se evaluara con el Indice de Cumplimiento Global a nivel EPS (ICG). El calculo del ICG a nivel EPS se obtendra de los Indices de Cumplimiento Individual (ICI) de las metas de gestion a nivel EPS: incremento de conexiones de agua potable, incremento de las conexiones de alcantarillado, micromedicion, agua no facturada, presion MORDAZA, presion minima, relacion de trabajo, conexiones activas de agua potable y actualizacion del catastro de agua potable y alcantarillado; y los ICI a nivel localidad trasformadas a nivel EPS de la meta de gestion: continuidad y tratamiento de aguas servidas definidas en el Anexo 1 de la presente resolucion. Para las metas de gestion de continuidad y tratamiento de aguas servidas, el ICI sera determinado mediante un promedio del indice del cumplimiento individual por localidad, ponderado por el numero de conexiones activas correspondiente, de acuerdo a la siguiente formula:

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