Norma Legal Oficial del día 02 de Diciembre del año 2007 (02/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de diciembre de 2007

PROYECTO

358937

PROYECTOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Proyecto de resolucion que modifica los articulos 56º y 61º del Reglamento General de Tarifas

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO N° 083-2007-SUNASS-CD MORDAZA, 30 de noviembre de 2007 VISTO: El proyecto de Resolucion de Consejo Directivo que aprueba modificar los articulos 59° y 61° del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y modificada por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 052-2007-SUNASSCD; con su correspondiente Exposicion de Motivos. CONSIDERANDO: Que, el literal c) del articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos ­ Ley Nº 27332, modificada por la Ley Nº 27631 y Ley Nº 28337, faculta a los Organismos Reguladores a dictar en el ambito de su competencia las normas que regulen los procedimientos a su cargo; Que, el articulo 5º del Reglamento de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, establece que en virtud del MORDAZA de Transparencia, las decisiones de la SUNASS seran debidamente motivadas y las decisiones normativas y/o reguladoras seran prepublicadas para recibir opiniones de los administrados; De conformidad con el articulo 3º de la Ley Nº 27332 y el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM y el Acuerdo de Consejo Directivo adoptado en la Sesion N° 22-2007; HA RESUELTO: Articulo Primero.- Aprobar la publicacion del proyecto de Resolucion de Consejo Directivo que modifica los articulos 59° y 61° del Reglamento General de Tarifas; asi como su Exposicion de Motivos, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS (www.sunass. gob.pe). Articulo Segundo.- Otorgar a los interesados un plazo de quince (15) dias calendario contados desde el dia siguiente a la fecha de la publicacion de la presente Resolucion, para que presenten sus comentarios sobre el proyecto senalado en el articulo anterior, en el local de la SUNASS, ubicado en Av. MORDAZA MORDAZA Nº 210-216, MORDAZA MORDAZA, o por via electronica a grt@sunass.gob.pe. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Regulacion Tarifaria de la SUNASS el acopio, procesamiento y sistematizacion de los comentarios que se presenten. Registrese, publiquese y cumplase. Con la intervencion de los senores consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Seoane, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Stok Capella. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

VISTO: El Informe N° .... presentado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria y Gerencia de Asesoria Juridica, sobre la modificacion de los articulos 59° y 61° del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y modificada por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 052-2007-SUNASSCD, respecto al reajuste de tarifas y precios de los servicios colaterales por efectos de la inflacion. CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos ­ modificada por la Ley N° 27631, faculta a los organismos reguladores a dictar en el ambito y materia de su competencia, las normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de caracter general, la fijacion de tarifas de los servicios, la solucion de reclamos y la imposicion de medidas correctivas y sanciones, entre otras; Que, segun el Reglamento General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2001PCM, la SUNASS ejerce su funcion normativa sobre la regulacion tarifaria y sus mecanismos de aplicacion; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD se aprobo el Reglamento General de Tarifas, el cual contiene, entre otras, las disposiciones referidas al procedimiento para efectuar los reajustes de tarifas y precios por efecto de la inflacion aplicable por las EPS con o sin formula tarifaria aprobada o vigente; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 059-2007-SUNASS-CD, el Consejo Directivo de SUNASS dispone que las EPS que no cuenten con formula tarifaria aprobada o vigente reajusten sus tarifas y precios de los servicios colaterales en un 3.681%, por concepto de variacion acumulada del IPM al mes de agosto del ano 2007, tomando como base de calculo el mes de agosto del ano 2006. Que, es necesario hacer algunas precisiones al mecanismo del reajuste de tarifas y precios por efecto de la inflacion, a fin de que las Entidades Prestadoras de Servicios sin formula tarifaria aprobada o vigente puedan aplicarlas de manera oportuna; De conformidad con el articulo 3º de la Ley Nº 27332, el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM y el Acuerdo de Consejo Directivo adoptado en la Sesion N° 022-2007; HA RESUELTO: Articulo Unico.- Modificar los articulos 59° y 61° del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASSCD y modificada por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 052-2007-SUNASS-CD, con el siguiente texto: "Articulo 59º.- Plazo MORDAZA para efectuar el reajuste El plazo MORDAZA para aplicar el reajuste automatico de tarifas y precios de los servicios colaterales por efectos de la inflacion, y cumplir con el requisito previsto en el articulo 61° del presente Reglamento, sera de noventa (90) dias calendarios posteriores al vencimiento del mes en el que se acumulo una variacion de tres por ciento (3%) o mas en el IPM. Para el caso de las EPS sin formula tarifaria, el plazo de noventa (90) dias calendario se computara a partir del

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº XX­2007-SUNASS-CD MORDAZA, XX de noviembre de 2007.

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