Norma Legal Oficial del día 10 de Diciembre del año 2007 (10/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 303

El Peruano MORDAZA, lunes 10 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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En las edificaciones que consideren diversos usos, el requerimiento de estacionamientos se calculara independientemente para cada uso. Para el otorgamiento de las Licencias de Funcionamiento, el requerimiento de plazas de estacionamiento debera acreditarse dentro del lote matriz. 9. CERCOS: En los retiros municipales no se autorizara la construccion de cercos frontales de ningun MORDAZA, con la finalidad de dar mayor amplitud visual e integrar los espacios urbanos, facilitando la circulacion peatonal. 10. USO EN AZOTEAS: Podran ser utilizadas como areas de esparcimiento, jardines y areas verdes, no permitiendose areas techadas de ningun tipo. 11. ASPECTO EXTERNO: La forma, MORDAZA y materiales de las futuras edificaciones deberan armonizar con el entorno MORDAZA, las areas verdes y las edificaciones existentes. 12. NORMAS ESPECIFICAS: 12.1 Planeamiento Integral Previo al Anteproyecto debera presentarse para su aprobacion un Planeamiento Integral (Plan Maestro) que contemple las caracteristicas de uso y volumetria de las edificaciones, las caracteristicas de las vias y de los espacios publicos internos asi como su integracion con la estructura vial existente, sistema de circulaciones peatonales y vehiculares, accesos y salidas de vehiculos particulares de la MORDAZA comercial, del publico en general y de transporte de carga, MORDAZA de maniobras, sistema de control del MORDAZA peatonal y vehicular y etapas de construccion de las edificaciones. Conjuntamente con el Planeamiento Integral se deberan presentar los estudios de impacto urbanistico ambiental y vial. Los estudios senalados deberan considerar la MORDAZA de influencia que comprende el espacio MORDAZA entre las avenidas MORDAZA MORDAZA Oeste, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, MORDAZA Real, MORDAZA Miro MORDAZA y MORDAZA Los Eucaliptos, los que deberan ser aprobados por la Municipalidad Distrital, previamente a la aprobacion del anteproyecto edificatorio. En dichos estudios se debera identificar los bienes fisicos, las operaciones y los agentes que podrian tener impactos negativos en el medio ambiente del area inmediata y del area de impacto. Especial enfasis tendra el analisis sobre la MORDAZA Monumental del Bosque El MORDAZA, MORDAZA Huallamarca y MORDAZA Golf Club, debiendo plantearse las medidas necesarias para mitigar los referidos impactos. En este proposito, los estudios ambientales y viales, deben comprender medidas de prevencion, mitigacion y compensacion de los impactos urbano-viales negativos que pudieran generarse durante la construccion de la habilitacion y edificaciones, asi como aquellos que se prevean durante la fase misma de operacion de los proyectos. Estas medidas de prevencion, mitigacion y compensacion, asi incluyan obras o intervenciones en areas de uso publico, deberan ser ejecutadas por el promotor del proyecto de inversion, previa autorizacion y conformidad de la autoridad municipal correspondiente. Dicho estudio debera contemplar los siguientes analisis: · Conteo vehicular, incluyendo formato de flujograma y plano de red de flujos. · Estimacion tecnica de la demanda de vehiculos y viajes generados por la operacion de las nuevas edificaciones. · Analisis origen/destino de los volumenes vehiculares respecto al area de estudio. · Estructura, capacidad vial y nivel de servicio en las intersecciones representativas de los principales ejes viales. · Analisis especifico de las rutas o circuitos de MORDAZA determinados para facilitar la accesibilidad y/o evacuacion, tanto de vehiculos como de personas, de las nuevas edificaciones desde y hacia las vias perimetrales del area de evaluacion. · Propuesta de Reestructuracion del sistema vial peatonal/vehicular, que incluya la senalizacion vial correspondiente. · Formulacion de la propuesta de solucion a los posibles impactos negativos.

12.2 Vialidad Se propone que el ingreso de vehiculos particulares sea resuelto por la MORDAZA MORDAZA y su salida por la Av. MORDAZA Real, debiendo evaluarse su factibilidad mediante el Estudio de Impacto Vial respectivo. El ingreso y salida de vehiculos de uso publico (taxis) debera efectuarse exclusivamente por la Av. MORDAZA Real. No se permitira el uso de la via publica para estacionamientos de vehiculos en espera ni para bahias de ingreso. Es obligacion que las nuevas edificaciones resuelvan la operatividad del MORDAZA vehicular y peatonal dentro del lote, sin modificar las caracteristicas de la seccion vial actual que tienen la Av. MORDAZA Real, Ca. MORDAZA y Ca. MORDAZA MORDAZA Oeste. En todo caso, se podran proponer redisenos de geometria vial, siempre y cuando esten orientados a mejorar la seguridad en el desplazamiento de peatones y a mejorar los niveles de servicio actuales de las vias. Toda obra que signifique facilidad para la accesibilidad peatonal y vehicular debera resolverse en el interior del lote. Dentro de las caracteristicas de accesibilidad se debe considerar la operacion de los servicios de transporte publico (transporte publico MORDAZA y taxis), asi como el ingreso y salida de vehiculos particulares, no debiendo la operacion de estos vehiculos significar interferencias, afectaciones o limitaciones al normal y seguro desenvolvimiento del MORDAZA vehicular y peatonal. Los establecimientos comerciales que para el ejercicio de sus actividades realicen operaciones de carga y descarga, ya sea para provision de mercancias o abastecimiento de combustible y/o insumos, necesariamente deberan prever dentro del lote un area especifica para tales fines en el sotano con cerramiento visual hacia la via publica. Se debera considerar ademas un area para los vehiculos de carga en espera, aparte del area para dotacion reglamentaria de estacionamiento. 12.3 Publicidad Exterior La publicidad exterior debera: · Sujetarse unica y estrictamente al logotipo y/o nombre de la entidad, no se permitira ningun otro aviso o anuncio comercial sobre la via publica. · Colocarse adosada al plano de la fachada del primer y/o ultimo piso de la edificacion, en letras recortadas MORDAZA bloque. · Ser de material acrilico o metalico. · Considerar sistemas Iluminados, mediante accesorios que no requieran estructuras ajenas o extranas a la volumetria arquitectonica o sistemas luminosos, no permitiendose anuncios con tubos de MORDAZA, led's o similares. · Prohibir la colocacion de elementos de publicidad en azotea o sobre techos de edificios y los anuncios auto soportados sobre retiro municipal. Los elementos de publicidad de los locales comerciales que conforman la futura edificacion solamente se instalaran hacia el interior del conjunto, en caso de proponerse hacia el exterior su ubicacion, diseno y caracteristicas seran evaluados por la Municipalidad Distrital. 12.4 Mobiliario MORDAZA La propuesta de diseno, operacion y distribucion de mobiliario MORDAZA, en areas libres, retiro municipal y via publica debera: · Responder a una necesidad real y ofrecer un servicio para el usuario. · Poseer un diseno antropometrico y ergonomico que cumpla con la funcion deseada. · Satisfacer las necesidades especificas de las personas con discapacidad. · Garantizar la resistencia a cualquier MORDAZA de impacto menor y permitir un facil mantenimiento y reposicion. La instalacion del mobiliario MORDAZA en las zonas indicadas debera contar con la aprobacion de la Municipalidad Distrital. 12.5 Niveles Operacionales y Estandares de Calidad Los inmuebles para su funcionamiento deberan cumplir con los Niveles Operacionales y Estandares de Calidad aprobados por la Municipalidad Distrital.

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