Norma Legal Oficial del día 13 de Diciembre del año 2007 (13/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de diciembre de 2007

institucional, concordante con el Articulo 9º, Inciso 20) de la citada MORDAZA dentro de las atribuciones del Concejo Municipal son las de aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad; Que, conforme la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411, en su Articulo 69º, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo; en el caso de los Gobiernos Regionales, y de Concejo Municipal en el caso de Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos publicos; Que, mediante Oficio Nº 0286/2007-AGPRONAMACHCS-ESPINAR-GDC de fecha 6 de noviembre de 2007, el Jefe Zonal de PRONAMACHCSM ­ Espinar, comunica que para cumplir con requisito previo a la celebracion del Convenio Especifico Interinstitucional, es necesario la aceptacion y aprobacion via Acuerdo de Concejo Municipal de la donacion efectuada por la Empresa Minera Xstrata MORDAZA S.A. a traves del Convenio MORDAZA a favor de la Municipalidad Provincial de Espinar ascendente a la suma de S/. 140,000.00 (Ciento Cuarenta Mil con 00/100 Nuevos Soles), los que seran destinados para la adquisicion de materiales y/o bienes como: mallas ganaderas y postes pequenos de eucalipto para la instalacion de cercos de proteccion de plantaciones del Proyecto de "Reforestacion Silvoagropecuaria Comunitaria de 100 Hectareas"; Que, en Sesion Ordinaria del Concejo Municipal Nº 0342007 de fecha 29 de noviembre de 2007, en la cual se pone a consideracion del Pleno del Concejo Municipal respecto a la aprobacion y aceptacion de la donacion efectuada por la Empresa Minera Xstrata MORDAZA S.A. por la suma de S/. 140,000.00 (Ciento Cuarenta Mil con 00/100 Nuevos Soles), en favor de la Municipalidad Provincial de Espinar, donacion que ha de ser destinado para la adquisicion de materiales y/o bienes como: mallas ganaderas y postes pequenos de eucalipto para la instalacion de cercos de proteccion de plantaciones del Proyecto de "Reforestacion Silvoagropecuaria Comunitaria de 100 Hectareas"; despues de un amplio debate, analisis y sustentado por el senor MORDAZA Provincial de Espinar; luego puesto a consideracion del Pleno del Concejo Municipal, se decide aprobar la aceptacion de la donacion correspondiente; Estando, en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º Inc. 20), 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR y ACEPTAR la DONACION efectuada por la Empresa Minera Xstrata MORDAZA S.A. en favor de la Municipalidad Provincial de Espinar por la suma de S/. 140,000.00 (Ciento Cuarenta Mil con 00/100 Nuevos Soles), los que seran destinados para la adquisicion de materiales y/o bienes como: mallas ganaderas y postes pequenos de eucalipto para la instalacion de cercos de proteccion de plantaciones del Proyecto de "Reforestacion Silvoagropecuaria Comunitaria de 100 Hectareas". Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento Provincial, Oficina de Logistica y areas involucradas y al Comite de Gestion del Convenio MORDAZA, el cabal cumplimiento de las formalidades administrativas conforme a Ley bajo responsabilidad. Articulo Tercero.- DISPONER su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" conforme al Articulo 69º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR el tenor del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento Provincial, Gerencia de Administracion y Finanzas y a la Oficina de Tesoreria para su conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes, conforme a ley, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de ladrillos para la obra "Sustitucion de la Infraestructura I.E. MORDAZA Espinar"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 349-2007-CM-MPE-C
Espinar, 29 de noviembre del 2007. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR ­ DEPARTAMENTO DEL CUSCO: VISTO, en Sesion Ordinaria Nº 034-2007 de fecha 29/11/2007, bajo la conduccion del senor MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Espinar Sr. Lindley MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la asistencia de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA Chancayauri MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Rosmery MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Chullo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ysidoro Olarte Choquenaira, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Zans y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, analizados los documentos: Informe Nº 331-A-2007-SGIP-MPE de fecha 29 de noviembre de 2007, Informe Nº 258-2007-OLOG-MPE­C de fecha 29 de noviembre de 2007, Informe Nº 137-2007-AJ-MPE de fecha 29 de noviembre de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, en concordancia con lo establecido en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo que establece la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales son organos promotores del desarrollo local, que promueven el desarrollo integral, sostenible, armonico y que propician las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion y que aprueban el Plan de Desarrollo de Capacidades; Que, la Municipalidad Provincial de Espinar, es una persona juridica de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia y tiene por finalidad el desarrollo integral, social y sostenible de su circunscripcion; Que, con Informe Nº 258-2007-OLG-MPE-C de fecha 29 de noviembre de 2007, el Jefe (e) de la Oficina de Logistica, comunica sobre Exoneraciones de Adquisiciones por Desabastecimiento Inminente de Ladrillos; respecto a la Adquisicion de Ladrillos que estaba prevista realizarlo mediante Adquisicion Directa Selectiva Nº 009-2007-MPE-C, revisado la documentacion presentada por el postor en la propuesta economica se advierte que presento su propuesta por encima del 110% hecho que de por si se tuvo que haber eliminado en la fase de MORDAZA de propuestas. Con Informe Nº 062-2007/JOR/RO-MPE de fecha 27 de noviembre del 2007, formulado por el Residente de Obra Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre Desabastecimiento de Ladrillos, en los cuales se indica entre otros, sobre la situacion actual de desabastecimiento de: 30,000 Unidades de Ladrillos MORDAZA MORDAZA de 9x14x24 cm. para muros y 8,000 Unidades de Ladrillos de 8 huecos de 15x30x30 para techo. Como consecuencia de vicios de procedimiento desde la elaboracion de Bases en los que no hay coherencia entre el precio referencial descrito en las Bases como lo informado a CONSUCODE, en las Bases hay dos importes una que es el Cuadro Detallado de los Bienes en el cual aparecen dos importes una por S/.135,000.00 y otra por S/.135,300.00 y en la Ventana de Convocatoria del SEACE aparece el importe de S/.135,000.00, visto estas anomalias en el MORDAZA de convocatoria y otorgamiento de la Buena Pro, se sugiere Declarar la Nulidad de Oficio, segun el Art. 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estando a ello y al no contar con el material Ladrillos para la Obra "Sustitucion de la Infraestructura I.E. MORDAZA Espinar; alertando a su vez la existencia de un Desabastecimiento Inminente por las causales MORDAZA indicadas y por el equivalente del 30% del total del material mencionado y el resto se MORDAZA por la via de adquisicion normal;

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