Norma Legal Oficial del día 13 de Diciembre del año 2007 (13/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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exploten maquinas tragamonedas destinadas a su utilizacion por menores de edad. En ningun caso procedera la devolucion de lo comisado, siendo su destino final la destruccion publica. c) Imponer la medida correctiva de clausura temporal hasta por quince (15) dias de los locales donde se almacenen, fabriquen, importen, comercialicen o se exploten maquinas tragamonedas destinadas a su utilizacion por menores de edad. En caso de reincidencia en el incumplimiento de la prohibicion establecida, la autoridad administrativa competente dispondra, conjuntamente con la medida correctiva de comiso, la medida correctiva de clausura definitiva. Articulo 5º.- Apoyo de la Policia Nacional del Peru La Policia Nacional del Peru esta obligada a prestar el apoyo necesario a la Direccion General de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de diciembre de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de diciembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 142971-3

generar demanda de recursos adicionales al Tesoro Publico y de acuerdo con las normas presupuestarias vigentes. Articulo 4º.- Vigencia La presente Resolucion Legislativa entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de diciembre de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 12 de diciembre de 2007. Cumplase, registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 142971-4

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Renuevan plazo otorgado a la Comision Tecnica encargada del analisis y revision de la normatividad legal y reglamentaria vigente en materia de incautacion y decomiso de bienes muebles e inmuebles a favor del Estado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 401-2007-PCM MORDAZA, 10 de diciembre de 2007 VISTO: El Oficio Nº 1193-2007-JUS/DM, de la Ministra de Justicia; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 245-2006-JUS se constituyo la Comision Tecnica encargada del analisis y revision de la normatividad legal y reglamentaria vigente en materia de incautacion y decomiso de bienes muebles e inmuebles a favor del Estado, con la finalidad de proponer normas para su sistematizacion, unificacion y ordenacion; Que, la citada Resolucion Ministerial fue ratificada por la Resolucion Ministerial Nº 418-2006-PCM; Que, de conformidad a lo dispuesto por el articulo 3º de la referida Resolucion Ministerial Nº 245-2006-JUS, la Comision contaba con un plazo de tres meses contados a partir de su instalacion, la cual se llevo a cabo el 4 de MORDAZA de 2007; Que, de los fundamentos expuestos en el Oficio de visto, se requiere renovar el plazo MORDAZA mencionado por noventa (90) dias calendario a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion;

RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 29150
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE CONCEDE PENSION DE MORDAZA A DON MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO, DESTACADO ARTISTA NACIONAL, CANTANTE, COMPOSITOR, ACTOR DE CINE, PROMOTOR Y DIFUSOR DE LA MUSICA PERUANA
Articulo 1º.- Objeto de la Resolucion Legislativa Concedese pension de MORDAZA a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rubio ascendente a Un Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1 000,00) mensuales, cuyo merecimiento ha sido debidamente calificado. Articulo 2º.- Naturaleza La pension de MORDAZA a que se refiere el articulo 1º es personal, intransferible y no genera derecho a pension de sobrevivientes. Articulo 3º.- Cumplimiento El Ministerio de Educacion queda encargado del cumplimiento de la presente Resolucion Legislativa, debiendo efectuarse las acciones administrativas con cargo a su presupuesto institucional aprobado por la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, sin

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