Norma Legal Oficial del día 15 de Diciembre del año 2007 (15/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

360101

numeral 23 del Articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2007-EF. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de noviembre de 2007: 1. ARXISTROI CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.R.L. Inhabilitacion por ocho (08) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1828-2007-TCS3 de 07.11.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 2. DISTRIBUIDORA AGROVETERINARIA MARKET MATEO´S de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Inhabilitacion por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber mantenido su oferta hasta la suscripcion del contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1837-2007-TC-S3 de 08.11.2007, aclarada mediante Resolucion N° 2143-2007-TC-S3 de fecha 06.12.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 3. MORDAZA DEL ORIENTE S.R.L. Inhabilitacion por dieciocho (18) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato y por participar en el MORDAZA de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, causales tipificadas en los numerales 1) y 5) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, segun Resolucion Nº 1840-2007-TC-S3 de 08.11.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 4. RICMAL SERVICIOS GENERALES S.R.L. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1840-2007-TCS3 de 08.11.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 5. CONSTRUCTORA FERRETERA SAN MORDAZA S.R.L. Inhabilitacion por cinco (05) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1860-2007-TCS3 de 09.11.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 6. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Inhabilitacion por seis (06) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal f) del articulo 30° del Reglamento de la Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-MIMDES, MORDAZA aplicable segun lo dispuesto en el articulo 29° de dicho cuerpo normativo, segun Resolucion Nº 1880-2007-TC-S3 de 12.11.2007, sancion

que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 7. REPRESENTACIONES Y SERVICIOS L.C.M. E.I.R.L. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1883-2007-TCS3 de 12.11.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 8. REPRESENTACIONES Y SERVICIOS LUCUME S.A.C. Inhabilitacion definitiva en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, al haberse configurado la causal de reincidencia establecida en el articulo 303° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1883-2007-TC-S3 de 12.11.2007. 9. ORGANIZACION DE NEGOCIOS MULTIPLES FERUSH S.R.L. Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1956-2007-TC-S3 de 20.11.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 10. ADM SERVIS S.R.L. Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1958-2007-TC-S3 de 20.11.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 11. EDITORIAL TRILLAS SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. Inhabilitacion por nueve (09) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1959-2007-TC-S3 de 20.11.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 12. BIG STONE E.I.R.L. Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1960-2007-TC-S3 de 20.11.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 13. CONSULTORES EJECUTORES TECNICOS S.A. (CETEC S.A.) Inhabilitacion por ocho (08) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por incumplimiento de obligaciones derivadas del contrato, dando lugar a su resolucion, causal tipificada en el literal b) del articulo 205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, segun Resolucion Nº 1961-2007-TC-S3 de 20.11.2007, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 14. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1962-2007-TC-

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