Norma Legal Oficial del día 26 de Diciembre del año 2007 (26/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de diciembre de 2007

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Aprueban el Plan Maestro del Santuario Nacional Tabaconas Namballe
(Se publica la presente resolucion a solicitud del Instituto Nacional de Recursos Naturales, mediante Carta Nº 14242007-INRENA-OA-ULOG, recibida el 20 de diciembre de 2007)

RESOLUCION JEFATURAL Nº 015-2007-INRENA
MORDAZA, 22 de enero de 2007 VISTO: El Oficio Nº 1169-2006-INRENA-IANP, de fecha 29 de diciembre, por el cual la Intendencia de Areas Naturales Protegidas remitio a la jefatura del INRENA para su aprobacion la propuesta para la aprobacion del Plan Maestro del Santuario Nacional Tabaconas Namballe y el Informe Nº 927-2006-INRENA-IANP-DPANP/DOANP, que sustenta conformidad con la propuesta alcanzada; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por la Ley de Areas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, en su articulo 8º, y lo dispuesto por su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, en su articulo 3º, el Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA es el ente rector o autoridad nacional competente del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado-SINANPE; Que, mediante Decreto Supremo Nº 051-88-AG del 20 de MORDAZA de 1988, se establecio el Santuario Nacional Tabaconas Namballe; Que, el Santuario Nacional Tabaconas Namballe cuya superficie se encuentra ubicada en los distritos de Tabaconas y Namballe, provincia de San MORDAZA en el departamento de MORDAZA, se establecio para proteger y conservar una muestra representativa de la MORDAZA de paramo; Que, con Resolucion Jefatural Nº 308-2001-INRENA, del 13 de diciembre de 2001, se establecio la MORDAZA de Amortiguamiento del Santuario Nacional Tabaconas Namballe; Que, asimismo el articulo 18º de la Ley MORDAZA citada, establece que las areas naturales protegidas contaran con documentos de planificacion de caracter general y especificos por MORDAZA de recurso y actividad aprobados por el INRENA con participacion de los sectores correspondientes, los que constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las areas; Que, el articulo 20º de la Ley de Areas Naturales Protegidas prescribe que la Autoridad Nacional aprobara un plan maestro para cada area natural protegida, el cual constituye el documento de planificacion de mas alto nivel de las mismas y en el que se define la zonificacion, estrategias y politicas generales para la gestion del area; la organizacion, objetivos, planes especificos requeridos y programas de manejo, y los MORDAZA de cooperacion, coordinacion y participacion relacionados al area y su MORDAZA de amortiguamiento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-99-AG, se aprobo la Estrategia Nacional para las Areas Naturales Protegidas - Plan Director, en la que tambien se senala que el plan maestro constituye el documento de planificacion de mas alto nivel para su gestion y que es elaborado por medio de un MORDAZA participativo y revisado cada cinco (5) anos; Que, el numeral 4) del articulo 37º del reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas MORDAZA mencionado, senala que el Plan Maestro es aprobado mediante Resolucion Jefatural del INRENA, con una vigencia de cinco (5) anos, a propuesta de la Direccion General de Areas Naturales Protegidas, actual Intendencia de Areas Naturales Protegidas; Que, por Resolucion de Intendencia Nº 015-2005INRENA-IANP, de fecha 7 de MORDAZA de 2005, se aprueban los terminos de referencia para la elaboracion del Plan Maestro del Santuario Nacional Tabaconas Namballe; Que, el Jefe del Santuario Nacional Tabaconas Namballe junto al Equipo Tecnico, conformado para la elaboracion del

Plan Maestro de dicha area natural protegida, ha presentado a la Intendencia de Areas Naturales Protegidas la propuesta del citado plan maestro, propuesta elaborada mediante un amplio MORDAZA participativo con las comunidades campesinas, gobiernos locales, organizaciones de base, instituciones publicas y privadas vinculadas a la conservacion. Que, mediante Informe Nº 927-2006-INRENA-IANPDPANP/DOANP, de fecha 15 de diciembre 2006, la Intendencia de Areas Naturales Protegidas manifiesta su conformidad a la citada propuesta, por lo que remite a la jefatura del INRENA, mediante Oficio Nº 1169-2006-INRENAIANP, la propuesta del Plan Maestro del Santuario Nacional Tabaconas Namballe para su respectiva aprobacion; De conformidad con lo establecido en el literal g) del articulo 8º y articulo 20º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, y el numeral 4) del articulo 37º de su reglamento; y, En uso de las facultades otorgadas mediante el articulo 8º, inciso j) del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Maestro del Santuario Nacional Tabaconas Namballe, como documento de planificacion para el desarrollo de las actividades que se lleven a cabo dentro de la referida area natural protegida, asi como orientar el desarrollo de las actividades en su MORDAZA de amortiguamiento. Articulo 2º.- Encargar a la Intendencia de Areas Naturales Protegidas velar por la implementacion de las estrategias establecidas en el referido plan maestro. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Recursos Naturales

145540-1

Modifican el articulo 1° de la R.J. N° 015-2007-INRENA
RESOLUCION JEFATURAL N° 231-2007-INRENA
MORDAZA, 11 de octubre de 2007 VISTO: El Informe Nº 643-2007-INRENA-IANP/DOANP, de fecha 14 de agosto del 2007, presentado por la Direccion de Operaciones de la Intendencia de Areas Naturales Protegidas; CONSIDERANDO: Que, el articulo 68° de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, el articulo 25° de la Ley de Areas Naturales Protegidas y el articulo 61° de su Reglamento establecen que las Zonas de Amortiguamiento son aquellas zonas adyacentes a las Areas Naturales Protegidas del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el EstadoSINANPE, que por su naturaleza y ubicacion requieren un tratamiento especial para garantizar la conservacion del area protegida, debiendo el Plan Maestro de cada area natural protegida definir la extension que corresponda a su MORDAZA de Amortiguamiento; Que, mediante Decreto Supremo N° 051-88-AG, de fecha 20 de MORDAZA 1988, se establecio el Santuario Nacional Tabaconas Namballe, sobre una extension de veintinueve mil quinientas hectareas (29 500 ha), ubicado en los distritos de Tabaconas y Namballe de la Provincia de San MORDAZA en el Departamento de Cajamarca. Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 308-2001INRENA, de fecha 13 de diciembre del 2001, se establecio provisionalmente la MORDAZA de Amortiguamiento del Santuario Nacional Tabaconas Namballe, cuya demarcacion de los limites se realizo mediante la Carta Nacional de escala 1/100,000 preparada y publicada por el Instituto Geofisico Nacional, hoja 11-e, completada con el uso de imagenes

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