Norma Legal Oficial del día 30 de Diciembre del año 2007 (30/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 143

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

362281

MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), aprobado por la Ordenanza N° 059-MDSA, de fecha 16 de diciembre de 2004; y, a su vez, es de observarse que existen indicios razonables que podrian constituir la comision de faltas de caracter disciplinarios, tipificados en los incisos a) y d) del articulo 28° del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico que prescribe que son faltas de caracter disciplinarios "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "La negligencia en el desempeno de las funciones"; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a traves del Informe de visto, concluye que los hechos imputados al ex funcionario involucrado deben ser sometidos a MORDAZA administrativo disciplinario, que no excedera de treinta (30) dias habiles improrrogables, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 163° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, estando a lo expuesto, de conformidad con el articulo 167º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR ProcesoAdministrativo Disciplinario al ex Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- CONCEDER al ex funcionario mencionado en el articulo primero el plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente resolucion, a fin de que presente su descargo respectivo. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Municipalidad, llevar a cabo el MORDAZA administrativo disciplinario respectivo y luego de su conclusion, proceda a emitir el informe correspondiente. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la notificacion de la presente Resolucion conforme a Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 147215-3 RESOLUCION DE ALCALDIA N° 00669-2007-ALC/MDSA MORDAZA MORDAZA, 20 de diciembre de 2007 Visto, el Informe N° 003-2007/CEPAD-MDSA emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Anita; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Contraloria N° 090-2006CG publicado el 24.03.06 se designo a la Sociedad de Auditoria MORDAZA MORDAZA MORDAZA & ASOC. CC.PP.SC., en asociacion con la Sociedad de Auditoria MORDAZA & ASOC. CC.PP.SC., a realizar la Auditoria FinancieraOperativa del periodo 2005 y la Auditoria de Gestion por los anos 2003 al 2005; Que, el Informe de Auditoria Financiera-Operativa Presupuestaria de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA correspondiente al Ejercicio Economico Financiero 2005, en adelante Informe Largo, emitido por la Sociedad

de Auditores MORDAZA MORDAZA MORDAZA & ASOCIADOS CC.PP.S.C., senala en su OBSERVACION N° 1 que las Ordenanzas Municipales de beneficio de regularizacion tributaria y administrativa fue utilizada para extinguir las deudas de anos anteriores por S/. 6'813,486.61; Que, asimismo la Observacion N° 1 senala de la revision a las cuentas por cobrar al 31.12.2005 se determino que durante el periodo 2005, se han emitido Ordenanzas Municipales para castigar deudas de contribuyentes de anos anteriores, sin evidenciarse la culminacion del MORDAZA administrativo senaladas en las normas locales cuyo objetivo fue el de establecer un beneficio de regularizacion tributaria y administrativa para aquellos contribuyentes y/o administrados que mantengan obligaciones formales y/o sustanciales pendientes, segun el detalle siguiente: CASTIGO DE LAS CUENTAS POR COBRAR - PERIODO 2005
COD. CTA. 120900001010 120900001020 120900001030 120900001040 120900001050 CUENTA CONTABLE Predial Gastos Administrativos Limpieza Publica Parques y Jardines Serenazgo TOTAL MONTO DE CASTIGO AL 31.12.05 2'402,512.41 329,956.79 1'496,127.50 730,467.46 1'813,486.61 6'813,486.61

Que, la Observacion N° 1 precisa como criterio el Instructivo N° 3 Provision y Castigo de las Cuentas Incobrables. Determinacion del Castigo Directo. Factores concurrentes: i) Que se MORDAZA provisionado la respectiva provision para cuentas de cobranza dudosa, ii) Que se MORDAZA ejecutado la accion administrativa hasta el estado de establecer la incobrabilidad, iii) Que la deuda MORDAZA permanecido impaga por un tiempo no menor de un ano, contado a partir de su exigibilidad. Habiendose efectuado el registro contable de la provision para cuentas de cobranza dudosa, el contador general o quien haga sus veces, solicitara al funcionario responsable de la cartera de cobranza, inicie el tramite del castigo directo. El castigo directo es un tratamiento contable que no significa extincion de la deuda, por lo que las cuentas continuaran con el procedimiento de cobranza que corresponde, mientras no se extingan. Como causa de esta observacion el Informe Largo senala que la Gerencia de Administracion coordino con la Subgerencia de Contabilidad para su registro contable, sin tener en consideracion lo dispuesto por el instructivo mencionado. Asimismo senala como efecto que el activo corriente se encuentra disminuido en S/. 6'813,486.61. confirmandose que se han extinguido deudas de los ejercicios anteriores sin tomar en consideracion la normatividad al respecto. Acerca de esta observacion el Informe Largo senala que le asiste responsabilidad administrativa a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Contabilidad por incumplir lo dispuesto en el articulo 64º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por la Ordenanza N° 021-2004-MDSA, de fecha 30 de octubre de 2004, en su inciso: 3) que prescribe dentro de sus funciones: Establecer y mantener los sistemas, metodos y procedimientos contables para el registro de las operaciones economico-financieros de la Municipalidad teniendo en cuenta los Principios de Contabilidad, normatividad vigente y cumplir con las Normas Tecnicas de Control previstas por el Sistema Nacional de Control. Con lo que habria transgredido lo senalado en el inciso a) del articulo 21° del D.Leg. Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico que dispone que son obligaciones de los servidores el de cumplir personal y diligentemente los deberes que le impone el servicio publico; Que, en la OBSERVACION N° 2 del Informe Largo se senala la Carencia de Analisis de Saldos de anos anteriores de otras cuentas por cobrar por S/. 8'509,052.70, precisandose que de la revision a los saldos de Otras Cuentas por Cobrar al 31.12.2005 por la suma de S/. 8'509,052.70, estos carecen de analisis de saldos de anos anteriores mostrados en los estados financieros,

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