Norma Legal Oficial del día 30 de Diciembre del año 2007 (30/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 145

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

362283

072-98-CG, MORDAZA 280-04 Control de Saldos Pendientes de Rendicion de Cuenta y/o Devolucion. Como causa de esta observacion el Informe Largo senala que la Gerencia de Administracion no ha solicitado permanentemente, las liquidaciones de las entregas a rendir, reclamos a terceros asi como la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA no ha exigido las liquidaciones de obras puestas en uso de la comunidad, o de aquellas obras no concluidas encargadas a terceros. Asimismo senala como efecto que el saldo Anticipos Concedidos y Cargas Diversas por S/. 298,857.22 incluyen saldos de ejercicios anteriores sin sustento distorsionando la informacion financiera de la Municipalidad. Respecto a esta observacion el Informe Largo senala que le asiste responsabilidad administrativa a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Contabilidad por incumplir lo dispuesto en el articulo 64º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por la Ordenanza N° 021-2004MDSA, de fecha 30 de octubre de 2004, donde senala en el inciso: 3) Establecer y mantener los sistemas, metodos y procedimientos contables para el registro de las operaciones economico-financieros de la Municipalidad, teniendo en cuenta los Principios de Contabilidad, normatividad vigente y cumplir con las Normas Tecnicas de Control previstas por el Sistema Nacional de Control. Con lo que habria transgredido lo senalado en el inciso a) del articulo 21° del D.Leg. Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico que dispone que son obligaciones de los servidores el de cumplir personal y diligentemente los deberes que le impone el servicio publico; Que, en la OBSERVACION N° 5 del Informe Largo se senala que el rubro Infraestructura Publica carece de la toma de Inventario Fisico y valorizado que lo respalde al 31.12.05 por un saldo de S/. 29'449.042.83. Al respecto el Informe Largo considera que la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, no ha efectuado la toma de inventario fisico de los bienes considerados en el rubro Infraestructura Publica, indicando la situacion fisica, como tambien sustente el saldo al 31.12.05 por S/. 29'449.042.83, que se muestra en el Activo No Corriente del Balance General. Al respecto el Informe Largo considera que se contraviene preceptos normativos de aplicacion obligatoria a nivel del Sector Publico Nacional, referente al manejo y control de la cuenta Infraestructura Publica y su revelacion en los Estados Financieros que se puntualizan en los parrafos 21, 22, 23 y 26 de la MORDAZA Internacional de Contabilidad para el Sector Publico N° 1 MORDAZA de Estados Financieros - NICSP 1, aprobada por Resolucion N° 0292002-EF/93.01 del 28.11.02 de la Contaduria Publica de la Nacion. Asimismo el Instructivo Contable N° 02 de la Contaduria Publica de la Nacion (Criterio de la Valuacion de los Bienes del Activo Fijo, Metodos y Porcentajes de Depreciacion y Amortizacion de los Bienes del Activo Fijo e Infraestructura Publica) en su criterio de valuacion de los bienes construidos senala: los bienes construidos por la Entidad deben seguir el mismo MORDAZA del costo de adquisicion de bienes de ese MORDAZA, incluyendo, por tanto, el valor de los insumos utilizados en su construccion y todos los gastos incurridos hasta instalarlos en el lugar y condiciones que MORDAZA posible su utilizacion. Del mismo modo, el Instructivo Contable N° 07 ­ Cierre Contable (Publicado por la Contaduria Publica de la Nacion: Compendio de Normatividad Contable ­ marzo 1998). 2 Verificacion de los saldos de las Cuentas. Como causa de esta observacion el Informe Largo senala que este hecho se debe a que la Gerencia de Administracion no ha dispuesto efectuar la toma de inventario de los bienes de Infraestructura Publica y determinar los bienes que se encuentran en buen estado, regular o malo, con la finalidad de efectuar los ajustes respectivos de acuerdo a las normas vigentes. Asimismo senala como efecto que el rubro de Infraestructura Publica no se encuentra debidamente sustentado en los estados financieros por S/. 29'449.042.83; Que, con respecto a esta observacion el Informe Largo senala que le asiste responsabilidad administrativa al Sr. MORDAZA Urcino Napan MORDAZA, ex Gerente de Obras y Desarrollo MORDAZA, por incumplir lo dispuesto en el articulo 82º del Reglamento de Organizacion y Funciones,

aprobado por la Ordenanza N° 021-MDSA, de fecha 30 de octubre de 2004, en sus incisos: 6) Otorgar y controlar las licencias de construccion, 8) Planear, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las obras publicas que lleva a cabo la Municipalidad por licitacion publica, concurso, ejecucion directa, menor cuantia o por convenio, 11) Supervisar, controlar y recepcionar las obras que ejecute la Municipalidad por las diferentes modalidades de contrato. Con lo que habria transgredido lo senalado en el inciso a) del articulo 21° del D.Leg. Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico que dispone que son obligaciones de los servidores el de cumplir personal y diligentemente los deberes que le impone el servicio publico; Que, en la OBSERVACION N° 6 del Informe Largo denominada Ausencia de Analisis en la Cuenta Intangibles por S/. 1'505,187.50, senala que efectuada la revision a las cuentas del Activo No Corriente del Balance General, se ha determinado que la cuenta intangibles cuyo saldo al 31.12.05, asciende a S/. 1'505,187.50, no cuentan con un analisis que permita verificar su razonabilidad, observandose asimismo que los saldos provienen desde el ano 1995. Al respecto el Informe Largo indica el Instructivo Contable N° 23 Cierre Contable y MORDAZA de Informacion para la Cuenta General de la Republica: 11. ACCIONES A DESARROLLAR EN EL MORDAZA DE CIERRE a) Analizar y efectuar las pruebas de comprobacion de saldos de las cuentas patrimoniales y de resultados, considerando fundamentalmente el analisis de cuentas del activo, pasivo, patrimonio y de gestion, b) verificar el adecuado registro contable, de los ajustes tecnicos efectuados en forma mensualizada, los mismos que esten referidos a los siguientes conceptos: i) fluctuacion de valores y ii) Amortizacion de inversiones intangibles. Como causa de esta observacion el Informe Largo indica que la Subgerencia de Contabilidad, no se ha preocupado en analizar y sustentar el saldo de intangibles en los estados financieros que data de anos anteriores. El informe Largo senala como efecto de la presente observacion que la cuenta de intangibles carece de analisis que sustente el saldo al 31.12.05 por S/. 1'505,187.50. Con respecto a esta observacion el Informe Largo senala que le asiste responsabilidad administrativa a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Contabilidad por incumplir lo dispuesto en el articulo 64º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por la Ordenanza N° 021-2004-MDSA, de fecha 30 de octubre de 2004, donde senala en el inciso: 3) Establecer y mantener los sistemas, metodos y procedimientos contables para el registro de las operaciones economicofinancieros de la Municipalidad, teniendo en cuenta los Principios de Contabilidad, normatividad vigente y cumplir con las Normas Tecnicas de Control previstas por el Sistema Nacional de Control. Con lo que habria transgredido lo senalado en el inciso a) del articulo 21° del D.Leg. Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico que dispone que son obligaciones de los servidores el de cumplir personal y diligentemente los deberes que le impone el servicio publico; Que, el Informe de Auditoria de Gestion de los periodos 2003, 2004 y 2005, en adelante Informe de Gestion, emitido por la Sociedad de Auditores MORDAZA MORDAZA MORDAZA & ASOCIADOS CC.PP.S.C., en asociacion con la Sociedad de Auditoria MORDAZA & ASOC. CC.PP.S.C., senala en su OBSERVACION N° 1 denominada Ineficacia en la Recaudacion de Impuestos y Tasas Municipales durante los periodos 2003, 2004 y 2005. Al respecto el Informe de Gestion precisa que al evaluar los estados financieros correspondientes a los ejercicios economicos 2003, 2004 y 2005 respectivamente, se observo que la recaudacion por concepto de impuestos y tasas no se realizo de manera eficiente de acuerdo a las necesidades y metas establecidas en el Plan Operativo Institucional de la Municipalidad, habiendose alcanzado en el ano 2003 el 23.38%, al ano 2004 el 20.66% y el 2005 el 20.47% respectivamente. Asi como el castigo efectuado sobre los saldos de cuentas por cobrar de anos anteriores se ha efectuado sin cubrirse el procedimiento administrativo y legal de rigor exigido para el cobro de los derechos

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