Norma Legal Oficial del día 30 de Diciembre del año 2007 (30/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2007

ejecucion presupuestaria de las mismas sobre la base de criterios de eficiencia, eficacia y economia, asi como garantizar la legalidad y el control de los ingresos y gastos, y el cumplimiento de las reglas de caracter presupuestario, de acuerdo con la normatividad presupuestal vigente y la Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado. Articulo 5º.- Los Titulares de las Unidades Ejecutoras deberan designar a los responsables de las metas presupuestarias correspondientes; asimismo, crearan y conformaran los respectivos Comites de Gestion Presupuestaria de dichas Unidades Ejecutoras, mediante Resolucion del Titular de la Unidad Ejecutora, dentro de los diez (10) primeros dias habiles del Ano Fiscal 2008. Articulo 6º.- Encargar a las Oficinas de Auditoria Interna de las Unidades Ejecutoras, el control, verificacion y seguimiento pertinente. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion a la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica, Contraloria General de la Republica, Direccion Nacional del Presupuesto Publico; asimismo a las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego, y a las unidades organicas del Ministerio de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 147413-1

1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido, a ANDEAN POWER S.A., que se identificara con codigo N° 31151607, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Hidroelectrica Carhuac, con una potencia instalada de 20 MW, ubicada en los distritos de Huanza y Carampoma, provincia de Huarochiri y departamento de MORDAZA, cuyas caracteristicas principales son las siguientes: - Potencia instalada : 20 MW - MORDAZA de turbinas : 02 MORDAZA - Caudal total 15 m3/s (7,5 m3/s por turbina) : (Resolucion de Intendencia Nº 552007-INRENA-IRH) - Caida MORDAZA : 156 m

ENERGIA Y MINAS
Otorgan autorizacion a Andean Power S.A. para desarrollar actividades de generacion de energia electrica
RESOLUCION MINISTERIAL N° 573-2007-MEM/DM MORDAZA, 21 de diciembre de 2007 VISTO: El Expediente N° 31151607, organizado por ANDEAN POWER S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11332139 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, ANDEAN POWER S.A. mediante documento con registro de ingreso Nº 1732007, de fecha 5 de noviembre de 2007, ha solicitado autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Carhuac, con una potencia instalada de 20 MW, ubicada en el distrito de Huanza y Carampoma, provincia de Huarochiri, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD 56) figuran en el Expediente; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 38° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el articulo 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 00993-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la peticionaria ha presentado una Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 38° de la Ley de Concesiones Electricas; Que, tratandose de una central hidroelectrica, la peticionaria se encuentra exceptuada de presentar la garantia de conformidad con lo establecido en el articulo 66° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 240-2007-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 38° de la Ley de Concesiones Electricas, y el item AE01 del Anexo N°

Articulo 2°.- ANDEAN POWER S.A. debera construir las obras descritas en su solicitud, segun el Cronograma de Ejecucion de Obras, el mismo que contempla un plazo de ejecucion de obras de cuarenta y tres (43) meses, contados a partir de la vigencia de la presente Resolucion, el cual incluye la puesta en servicio de la central. La falta de ejecucion de dichas obras, de acuerdo con el Cronograma de Ejecucion, conllevara a la cancelacion de la presente autorizacion. Articulo 3°.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo 4°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 146882-1

INTERIOR
Modifican articulo 22º del Reglamento de la Ley Nº 28857 - Ley del Regimen del personal de la Policia Nacional del Peru
DECRETO SUPREMO Nº 009-2007-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 23.3 del Articulo 23º de la Ley Nº 28857 - Ley del Regimen del Personal de la Policia Nacional del Peru, senala que, "El personal de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Actividad, con discapacidad adquirida en accion de MORDAZA, acto del servicio, ocasion del servicio y consecuencia del servicio, tiene derecho a postular al ascenso al grado inmediato superior. El Reglamento de la presente Ley determina el procedimiento, dependencias responsables, bonificaciones y demas requisitos que

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