Norma Legal Oficial del día 30 de Diciembre del año 2007 (30/12/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

362203

Distrital de MORDAZA y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 4º.- La Direccion Nacional de Vivienda y la Unidad Ejecutora 002 ­ Vivienda y Urbanismo, son responsables del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo 3º de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo de las acciones contenidas en el mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 147429-4

La Direccion Nacional de Vivienda, del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, MORDAZA las veces de Secretaria Tecnica de dicha Comision Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 147429-5

PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. N° 290-2007-P/PJ

Constituyen Comision encargada de la formulacion de los Reglamentos de la Ley Nº 29090
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 755-2007-VIVIENDA MORDAZA, 28 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29090 "Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones", establece el MORDAZA normativo, asi como los procedimientos administrativos para la obtencion de las Licencias de Habilitacion MORDAZA y de Edificacion, con la finalidad de facilitar y promover la inversion inmobiliaria; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 29090 dispone que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, mediante Decreto Supremo, aprobara los Reglamentos de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, de los Revisores Urbanos y el de Verificacion Administrativa y Tecnica; Que, para la elaboracion de los mencionados reglamentos, es necesario contar con la participacion de las instituciones relacionadas con el tema concerniente a la Ley; para ello es conveniente formar una Comision en la que participen representantes del Colegio de Arquitectos del Peru, del Colegio de Ingenieros del Peru, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de la Asociacion de Municipalidades del Peru, de la Camara Peruana de la Construccion y de la Asociacion Peruana de Consultoria; De conformidad con las facultades y atribuciones conferidas en la Ley N° 27792, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Comision encargada de la formulacion de los Reglamentos de la Ley Nº 29090. Constituyase la Comision encargada de la formulacion de los Reglamentos de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, de los Revisores Urbanos y de Verificacion Administrativa y Tecnica, la que estara presidida por el Director Nacional de Vivienda del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo e integrada por representantes de los siguientes organismos: - Un representante del Colegio de Arquitectos del Peru; - Un representante del Colegio de Ingenieros del Peru; - Un representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima; - Un representante de la Asociacion de Municipalidades del Peru; - Un representante de la Camara Peruana de la Construccion; y, - Un representante de la Asociacion Peruana de Consultoria.

MORDAZA, 28 de diciembre de 2007 VISTO: El Memorandum N° 327-2007-RNC-GSJR-GG/PJ, de fecha 23 de octubre del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, por Oficio N° 1646-2007-RNC-GSJR-GG/PJ, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, pone en conocimiento del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miraval, Notario Publico de MORDAZA, que ha sido retenido por su Jefatura, el Poder aparentemente FALSIFICADO, otorgado por la senora YOSELIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA a favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y que fuera presentado para la obtencion de un Certificado de Antecedentes Penales, solicitandole asimismo, se sirva verificar su autenticidad informando si la firma y sellos obrantes en el referido documento, corresponden a los utilizados por su Notaria; Que, por carta de fecha 10 de septiembre del 2007 el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miraval, Notario Publico de MORDAZA, en respuesta al Oficio MORDAZA mencionado, informa al Jefe del Registro Nacional de Condenas, que en su notaria no se ha legalizado la firma de la senora YOSELIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA obrante en el Poder por Carta de fecha 7 de junio del 2007 otorgado a favor de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y que por lo tanto, los sellos notariales puestos en dicho documento no son autenticos; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 427° del Codigo Penal "El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero, que pueda dar origen a derecho u obligacion o servir para probar un hecho, con el proposito de utilizar el documento... y el que hace uso de un documento falso o falsificado, como si fuese legitimo..."; Que, por lo expuesto precedentemente, se evidencia que las senoras: YOSELIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habrian incurrido en la comision del delito Contra la Fe Publica - Falsificacion de Documentos; Que, en consecuencia es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra las senoras: YOSELIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y contra los que resulten responsables; Que, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.