Norma Legal Oficial del día 30 de Diciembre del año 2007 (30/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
Procedimiento Nº 20 21 22 23 24 25 26 27 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2007

VISTO, la Hoja de Recomendacion Nº 083-2007-CG/ PL, emitida por la Gerencia de Planeamiento y Control mediante la cual propone la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Contraloria Nº 012-2007-CG se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Contraloria General de la Republica; Que, mediante la Ley del Silencio Administrativo ­ Ley Nº 29060, se modifican los supuestos de aplicacion del silencio administrativo en los procedimientos de evaluacion previa, a fin de ofrecer una mejor atencion y no obstaculizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos; estableciendo un plazo de ciento ochenta (180) dias, computados a partir de su publicacion para la justificacion y adecuacion a sus disposiciones de los procedimientos contenidos en el MORDAZA de las entidades publicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 08.SET.2007, se aprueban los "Lineamientos para la elaboracion y aprobacion de MORDAZA y disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo", que establecen las disposiciones que se deberan tener en cuenta para dar cumplimiento a la Ley Nº 27444, en lo que respecta a la elaboracion, aprobacion y publicacion del MORDAZA y a la Ley Nº 29060; asi como, los formatos que serviran para el sustento de los procedimientos ante la Presidencia del Consejo de Ministros, precisando tambien el plazo para dicha sustentacion; Que, el numeral 7 de la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de los citados Lineamientos, establece que entre la fecha de publicacion del Decreto y la entrada en vigencia de la Ley Nº 29060, es decir en el periodo comprendido entre el 08.SET.2007 y el 04.ENE.2008, solo se podran aprobar las modificaciones a que se refieren el numeral 3) del articulo 36º y numeral 5) del articulo 38º de la Ley Nº 27444; Que, en el documento de visto, la Gerencia de Planeamiento y Control senala que de acuerdo al numeral 5) del articulo 38º de la Ley Nº 27444, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos se debe realizar por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion Politica del Peru; contexto dentro del cual recomienda suprimir del MORDAZA de la Contraloria General de la Republica, los procedimientos 20 al 27 referidos a la aplicacion del Decreto Ley Nº 20530 y el procedimiento 29 sobre "Recursos de apelacion derivados de procesos de seleccion convocados por la Contraloria", al haber pasado dichos procedimientos a ser competencia de la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP) y del Tribunal de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, conforme a lo dispuesto en los Decretos Supremos Nos 1492007-EF y 028-2007-EF, respectivamente; Que, asimismo, se indica la conveniencia de simplificar los requisitos de los procedimientos 13, 16, 17 y 35 del MORDAZA de la Contraloria General de la Republica; modificar la calificacion de silencio administrativo negativo a silencio administrativo positivo de los procedimientos 28, 31, 32 y 34, en atencion a los criterios establecidos en la Ley Nº 29060; asi como, eliminar la referencia sobre el traslado al Comite en el tramite de resolucion del procedimiento 19 "Interposicion de recursos de apelacion por denegatoria de acceso a la informacion solicitada o por no haber mediado respuesta en el plazo previsto para tal efecto"; En uso de las atribuciones establecidas en el articulo 32º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica ­ Ley Nº 27785, Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, Ley Nº 29060 y Decreto Supremo Nº 079-2007-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Suprimir del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Contraloria General de la Republica los siguientes procedimientos:

Denominacion Pension de Cesantia Incorporacion al regimen del Decreto Ley Nº 20530 Pension de sobrevivientes ­ Viudez Pension de sobrevivientes ­ Orfandad Pension de sobrevivientes ­ Ascendentes Suspension de pension por reingreso a la Administracion Publica Reactivacion de pension por MORDAZA cese en la Administracion Publica Reactivacion de pension suspendida por no acreditar supervivencia Recursos de Apelacion derivados de procesos de seleccion convocados por la Contraloria General.

Articulo Segundo.- Suprimir los requisitos exigidos en los siguientes procedimientos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Contraloria General de la Republica: a. En el procedimiento 13 - "Absolucion de Consultas externas relacionadas con el Registro y aplicacion del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria" los requisitos c) y d). b. En el procedimiento 16 - "Absolucion de consultas escritas sobre interpretacion de la Directiva Nº 008-2003CG/DPC" los requisitos c) y d). c. En el procedimiento 17 - "Absolucion de consultas escritas sobre interpretacion y aplicacion de la normativa que regula el Sistema Nacional de Control, asi como sobre la aplicacion de la normativa relevante para la probidad administrativa y la lucha contra la corrupcion", el requisito c) solamente respecto a la obligacion de las entidades publicas de adjuntar un informe tecnico-legal sobre la materia consultada. d. En la Solicitud de Informe Previo tramitada a traves del Ministerio de Economia y Finanzas del procedimiento 35 - "Emision de Informe Previo sobre las operaciones de endeudamiento y garantia del Estado" el requisito e). Articulo Tercero.- Modificar la calificacion de evaluacion previa de silencio administrativo negativo a silencio administrativo positivo de los siguientes procedimientos:
Procedimiento Nº 28 31 32 34 Denominacion Interposicion de recursos administrativos, unicamente en los casos del procedimiento 14 Solicitud de Reduccion de Multa Solicitud de acogimiento al fraccionamiento de deuda Terceria de propiedad

Articulo Cuarto.- Precisar que son gratuitos los procedimientos 31 y 32, denominados "Solicitud de reduccion de multas" y "Solicitud de acogimiento al fraccionamiento de deuda", respectivamente. Articulo Quinto.- Suprimir la referencia sobre el traslado al Comite en el tramite de resolucion del procedimiento 19 "Interposicion de recursos de apelacion por denegatoria de acceso a la informacion solicitada o por no haber mediado respuesta en el plazo previsto para tal efecto". Articulo Sexto.- Las modificaciones establecidas en la presente resolucion tienen vigencia a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, con excepcion de lo establecido en el articulo 1º para los procedimientos 20 al 27, que tiene vigencia a partir del primer dia habil del ano 2008. Articulo Setimo.- Encargar a la Gerencia de Tecnologia y Sistemas de Informacion la publicacion de la presente Resolucion, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA de la Contraloria General de la Republica (www.contraloria.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 147133-1

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