Norma Legal Oficial del día 30 de Diciembre del año 2007 (30/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de declaracion jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 147351-1

Ratifican la Ordenanza Nº 0492007-MDP que establece la tasa por , estacionamiento vehicular temporal en la playa Naplo del distrito de Pucusana
ACUERDO DE CONCEJO Nº 545 MORDAZA, 27 de diciembre de 2007 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre de 2007 el Oficio Nº 001-090-004565 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria - SAT (en adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 049-2007-MDP que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de las playas en el Distrito de Pucusana correspondiente a la temporada de MORDAZA 2008; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicacion de lo normado por las Ordenanzas Nos. 607, 739 y 1070 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicadas el 24 de marzo de 2004, 26 de diciembre de 2004 y el 27 de setiembre de 2007 respectivamente, la Municipalidad Distrital de Pucusana, aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al SAT con caracter de declaracion jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus competencias y atribuciones, previa revision y estudio, emitio el informe tecnico legal Nº 004-082-00000758 de fecha 26 de diciembre de 2007, opinando que procede la ratificacion solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas y las Directivas Nos. 001-0060000001 y 001-006-0000005 del SAT. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria - SAT y por la Comision de Asuntos Economicos y de Organizacion en el Dictamen Nº 277-2007-MML/CMAEO, por sus fundamentos: ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 0492007-MDP, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en la playa Naplo del Distrito de Pucusana correspondiente a la temporada de MORDAZA 2007, dado que cumple con los principales requisitos establecidos en el MORDAZA legal vigente para su aprobacion y vigencia. En dicho caso la prestacion del servicio se efectuara entre el 29 de diciembre de 2007 y el 19 de MORDAZA de 2008, asi como entre el 5 y 31 de diciembre de 2008. Articulo Segundo.- En lo que se refiere al horario de prestacion del servicio, el articulo 4 de la Ordenanza Nº 049-2007-MDP establece que la tasa sera exigible en la playa Naplo de lunes a MORDAZA dentro del horario de 08:00 a 18:00 horas.

Articulo Tercero.- El pronunciamiento favorable no alcanza al servicio establecido respecto de la playa Pucusana, en atencion a que segun el Informe remitido por la Gerencia de Servicios a la MORDAZA cuenta con opinion desfavorable debido a que DIGESA ha calificado a las aguas de dicha playa como malas. Articulo Cuarto.- El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicacion asi como del texto de la Ordenanza Nº 049-2007-MDP y anexos que contienen los MORDAZA de estructura de costos y de estimacion de ingresos. Por otro lado, la aplicacion de las Ordenanzas, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de declaracion jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 147178-1

Ratifican la Ordenanza Nº 166/ML, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en playas San MORDAZA y MORDAZA del distrito de Lurin
ACUERDO DE CONCEJO Nº 546 MORDAZA, 27 de diciembre de 2007 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 27 de diciembre de 2007 el Oficio Nº 001-090-004566 de la Jefatura del Servicio de Administracion Tributaria-SAT ( en adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 166-ML que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de las playas en el Distrito de Lurin, correspondiente a la temporada de MORDAZA 2008; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicacion de lo normado por las Ordenanzas Nos. 607, 739 y 1070 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicadas el 24 de marzo de 2004, 26 de diciembre de 2004 y el 27 de setiembre de 2007 respectivamente, la Municipalidad Distrital de Lurin aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al SAT con caracter de declaracion jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus competencias y atribuciones, previa revision y estudio, emitio el informe tecnico legal Nº 004-082-00000755 de fecha 26 de diciembre de 2007, opinando que procede la ratificacion solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, de conformidad con las citadas Ordenanzas y las Directivas Nos. 001-006-0000001 y 001-006-0000005 del SAT. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision de Asuntos Economicos y de Organizacion en el Dictamen Nº 278-2007-MML/CMAEO, por sus fundamentos: ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 166/ ML, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de las playas San MORDAZA y MORDAZA en el Distrito de

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