Norma Legal Oficial del día 30 de Diciembre del año 2007 (30/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES
Respecto de Playa Los Enanos: - MORDAZA los Cangrejos (Yacht Club)

362231

las Directivas Nºs. 001-006-0000001 y 001-006-0000005 del SAT De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision de Asuntos Economicos y de Organizacion en el Dictamen Nº 281-2007-MML/CMAEO, por sus fundamentos: ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 2332007-MDSR, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal de las playas Chica y Grande en el distrito de MORDAZA MORDAZA correspondiente a la temporada de MORDAZA 2008, dado que cumple con los principales requisitos establecidos en el MORDAZA legal vigente para su aprobacion y vigencia. En dicho caso la prestacion del servicio se efectuara en el periodo comprendido entre el 1ro. de enero y 31 de marzo de 2008. Articulo Segundo.- En lo que se refiere al horario de prestacion del servicio, el articulo 12º de la Ordenanza Nº 233-2007-MDSR establece que la tasa sera exigible de lunes a MORDAZA dentro del horario de 08:00 a 18:00 horas en las playas Chica y Grande. Articulo Tercero.- El presente Acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion, asi como del texto de la Ordenanza Nº 233-2007-MDSR y anexos I y II que contienen los MORDAZA de costos y estimacion de ingresos. Por otro lado, la aplicacion de la Ordenanza, materia de la presente ratificacion, sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluacion realizada se efectuo sobre la base de la informacion remitida por la Municipalidad, la cual tiene caracter de declaracion jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA 147316-1

96 cajones

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Establecen la tasa por servicio de estacionamiento vehicular en la temporada MORDAZA 2008
ORDENANZA Nº 123- 2007-MDA Ancon, 18 de octubre del 2007 El Concejo de la Municipalidad Distrital de Ancon, en la Sesion Extraordinaria de la fecha, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA POR SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR ­ TEMPORADA MORDAZA 2008 Articulo 1º.- Establezcase la Tasa por el Servicio de Estacionamiento Vehicular para la Temporada de MORDAZA 2008, periodo que comprende desde el 17 de diciembre del 2007 hasta el 30 de marzo del 2008, en las zonas de estacionamiento siguientes: Respecto de Playa Hermosa: - Playa MORDAZA - Pista Patinaje - Malecon MORDAZA - La Rotonda 82 cajones 43 cajones 107 cajones 19 cajones

Las mismas que hacen un total de 452 cajones, ubicadas dentro de la jurisdiccion del distrito de Ancon. Articulo 2º.- Se consideran deudores tributarios en calidad de contribuyentes, a los conductores de vehiculos que se estacionen en las zonas referidas en el articulo 1º y son deudores tributarios en calidad de responsables solidarios, a los propietarios de los referidos vehiculos. Articulo 3º.- La obligacion tributaria nace al momento de estacionar el vehiculo en las zonas acondicionadas para tal fin y debe ser cancelada MORDAZA de abandonar la MORDAZA de estacionamiento vehicular. El tiempo minimo de tolerancia durante la cual no se genera la obligacion de pagar la tasa es de 10 minutos, transcurrido ese tiempo, se procedera al cobro de la unidad minima, aun cuando el vehiculo no MORDAZA llegado a usar el total del tiempo establecido. Articulo 4º.- El rendimiento de la Tasa por Estacionamiento Vehicular constituye renta de la Municipalidad Distrital de Ancon y se destinara al acondicionamiento, mediante la implementacion, senalizacion, equipamiento y mantenimiento del servicio. En las Playas mencionadas en el Articulo 1º, donde se ubican las zonas de Estacionamiento Vehicular, la Municipalidad brindara servicios adicionales de limpieza, servicios higienicos, modulos comerciales, recipientes de basura, primeros auxilios etc. Articulo 5º.- El Servicio de Estacionamiento Vehicular se realizara de Lunes a Domingos en horario corrido de 09.00 hasta las 17.00 horas, durante el periodo establecido en el articulo 1º de la presente Ordenanza. Articulo 6º.- El monto de la Tasa a pagar por Estacionamiento Vehicular sera de S/. 0.50 (Cincuenta centimos de sol) por cada treinta (30) minutos o fraccion que permanezca estacionado el vehiculo en la MORDAZA de estacionamiento municipal. Articulo 7º.- Se encuentran Inafectos al pago de la Tasa por Estacionamiento Vehicular, los Vehiculos Oficiales y los pertenecientes a las Fuerzas Armadas y Policiales, Ambulancias, Compania de Bomberos, de Limpieza, siempre que se encuentren en servicio o en atencion de emergencia. Articulo 8º.- El incumplimiento del pago de la Tasa por Estacionamiento Vehicular, constituye una infraccion, la misma que sera sancionada con la imposicion de la multa correspondiente, equivalente al 5% de la UIT vigente, bajo apercibimiento de que el vehiculo sea internado en el Deposito Municipal, para lo cual se solicitara el apoyo de la Policia Nacional. Articulo 9º.- Apruebese el Informe Tecnico, el Cuadro de Estructura de Costos, asi como la Estimacion de Ingresos del Servicio de Estacionamiento Vehicular ­ Temporada MORDAZA 2008, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Encargar a la Gerencia Municipal, Direccion de Administracion, Oficina de Rentas, Division de Policia Municipal y Division de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Facultese al MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones tecnicas, administrativas y reglamentarias para la correcta aplicacion y cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia, cuando se cumpla con publicar en el Diario Oficial El Peruano el texto integro y el Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifica. Cuarta.- Deroguese todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 147320-1

Respecto de Playa 18, Chica y Casino Nautico: - Calles MORDAZA y 2 de MORDAZA 105 cajones

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