Norma Legal Oficial del día 30 de Diciembre del año 2007 (30/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 97

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Vecinal se difunda la presente Ordenanza y los planos que forman parte de ella. Articulo 4°.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal de la Gerencia de Desarrollo Economico para su conocimiento y fines. Articulo 5°.- ESTABLECER que el presente diseno de las redes viales y sus usos respecto al diseno MORDAZA referente a las Areas de Recreacion Publica, que se desarrolla en la MORDAZA "N" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, tendra una vigencia de 10 anos, debiendo de tomarse en cuenta que los planeamientos integrales vigentes una vez aprobados tendra caracter obligatorio, debiendo de inscribirse en los Registros Publicos. Articulo 6°.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 147209-3

plazo perentorio para ser emitido por la Municipalidad Provincial de MORDAZA, y cuyo documento es un requisito indispensable para iniciar ante esta Entidad Edilicia el tramite de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas; Que, la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, recomienda que el plazo de vigencia del Beneficio establecido en dicho MORDAZA normativo se extienda hasta el 31 de Enero de 2008. Que, el numeral 8) del Articulo 9° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 establece que es competencia del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar ordenanzas municipales. En este contexto; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS MORDAZA EXPUESTOS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8) DEL ARTICULO 9° DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES N° 27972, CONTANDO CON EL MORDAZA POR UNANIMIDAD DE LOS SENORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESION DE CONCEJO DE LA FECHA Y CON LA DISPENSA DEL TRAMITE DE LECTURA Y APROBACION DE ACTAS SE HA APROBADO LA SIGUIENTE: "ORDENANZA QUE PRORROGA HASTA EL 31 DE ENERO DE 2008 LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA N° 156/MDA MODIFICADA POR LA ORDENANZA N°162/MDA. Articulo 1°.- PRORROGAR, hasta el 31 de Enero de 2008 la vigencia de la Ordenanza N° 156/MDA modificada por la Ordenanza N° 162/MDA, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente MORDAZA Articulo 2°.- DISPONGASE, la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Articulo 3°.- ENCARGAR, a la Secretaria de Imagen Institucional, Gerencia de Participacion Vecinal y demas Gerencias y Areas involucradas a la difusion de la presente Ordenanza, asi como su cumplimiento a la Gerencia de Desarrollo Urbano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 147209-4

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 156/MDA
ORDENANZA N° 175-MDA Ate, 19 de diciembre de 2007 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19 de Diciembre del 2007 y visto el Dictamen N° 26-MDA-CDU/2007 de la Comision de Desarrollo MORDAZA y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194° (modificado por la Ley N° 27680), establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972 dispone en su Titulo Preliminar Articulo IV que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico con los incisos 3.2 y 3.5 del numeral 3), ultimo parrafo del Articulo 79° del referido Cuerpo Legal; Que, mediante Ordenanza N° 156/MDA publicada con fecha 8 de Agosto de 2007, en el Diario Oficial El Peruano, modificada por la Ordenanza N° 162/MDA publicada el 12 de Septiembre de 2007, se dispuso el otorgamiento de un plazo de 120 dias calendario para la regularizacion de Habilitaciones MORDAZA Ejecutadas en Ate y el Beneficio de su Exoneracion de Multas y Sanciones, estableciendose en su Articulo Primero que el plazo senalado sera computado a partir de la publicacion de la presente norma. Que, el plazo de vigencia establecido en la precitada MORDAZA modificada se extiende hasta el 31 de Diciembre de 2007, en cumplimiento de los 120 dias calendario establecido en el articulo Primero modificado de la Ordenanza N° 156/MDA; Que, el MORDAZA Plano de Zonificacion ha sido recientemente aprobado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante la Ordenanza N° 1099 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de Diciembre de 2007, por lo cual recien los interesados MORDAZA personas naturales o juridicas podran acreditar la nueva zonificacion mediante el Certificado de Zonificacion y vias, que requiere de un

Declaran como necesidad e interes del distrito el aprovechamiento de bienes de uso publico y vias del Sistema Vial Metropolitano ubicadas en el distrito, en los cuales se pretenda publicar Avisos Publicitarios, y mobiliario MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO N° 067 Ate, 19 de diciembre de 2007 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19 de Diciembre de 2007, la Mocion de Orden del Dia presentado por el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos de Interes Publico, Vecinal o Institucional que expresan la voluntad del Organo de Gobierno para practicar un

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