Norma Legal Oficial del día 08 de Enero del año 2007 (08/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA, lunes 8 de enero de 2007

NORMAS LEGALES
VISTOS: El Informe Nº 002-2007-CND/OAJ; y, CONSIDERANDO:

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solicito la inscripcion del fondo mutuo estructurado denominado "BBVA Garantizado 105 FMIV" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion a la documentacion presentada, se ha determinado que Continental S.A. SociedadAdministradora de Fondos ha cumplido con lo dispuesto en los articulos 24, 169 y siguientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 026-2000-EF/94.10 y sus modificatorias, asi como lo senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 11 inciso l) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, los articulos 241 y siguientes del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 093-2002-EF; asi como por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002EF; y en aplicacion de las facultades delegadas al Gerente General mediante acuerdo Nº 115-99 del Directorio de esta Institucion reunido en sesion de fecha 6 de MORDAZA de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la inscripcion del fondo mutuo estructurado denominado "BBVA Garantizado 105 FMIV" en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2°.- El Reglamento de Participacion contiene las disposiciones aplicables al funcionamiento del fondo mutuo MORDAZA mencionado y se encuentra a disposicion del publico en general en el MORDAZA de CONASEV. Articulo 3°.- La publicidad que realice Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos para promocionar el fondo mutuo estructurado denominado "BBVA Garantizado 105 FMIV" no debe inducir a error o confusion y debera sujetarse a las condiciones previstas en el Anexo B del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras. Articulo 4°.- Lo senalado en los articulos precedentes no implica que CONASEV recomiende la suscripcion de cuotas del mencionado fondo mutuo u opine favorablemente sobre la rentabilidad o calidad de los mismos. Tampoco supone un pronunciamiento de CONASEV sobre la calidad de la garantia ofrecida en respaldo del objetivo asegurado. Articulo 5°.- Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos debera remitir a CONASEV un (01) ejemplar del Reglamento de Participacion del fondo mutuo a que se refiere el articulo 1° de la presente resolucion; asi como el modelo de contrato de administracion, en el plazo de quince (15) dias habiles siguientes de notificada la presente resolucion. Articulo 6°.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su notificacion. Articulo 7°.- Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos debera publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 8°.- Transcribir la presente resolucion a Continental S.A. Sociedad Administradora de Fondos y al BBVA Banco Continental en su calidad de custodio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RIVERO MORDAZA Gerente General (e) 11928-1

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 454-2006PCM, se constituyo la Comision Multisectorial adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de evaluar la viabilidad de la modificacion de los articulos 139º, 140º y 146º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, la referida Comision esta conformada, entre otros, por un representante del Consejo Nacional de Descentralizacion - CND; Que, en tal sentido, es necesario designar al representante del CND ante dicha Comision, debiendose expedir la Resolucion correspondiente; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, y el inciso m. del articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de Descentralizacion, aprobado por Resolucion Presidencial Nº 036-CND-P-2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designacion del representante del Consejo Nacional de Descentralizacion. Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Consejo Nacional de Descentralizacion ante la Comision Multisectorial creada por la Resolucion Ministerial Nº 454-2006-PCM. Articulo 2º.- MORDAZA de Informes. El representante designado en el articulo 1º de la presente Resolucion, presentara a la Presidencia del Consejo Nacional de Descentralizacion, dentro de los tres (3) primeros dias habiles siguientes a cada sesion que realice la Comision Multisectorial, un Informe en el que detallara los alcances de su participacion. Articulo 3º.- Vigencia de la representacion. La designacion del representante a que se refiere el articulo 1º estara vigente en tanto dure la labor de la Comision Multisectorial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RAZA MORDAZA Presidente 12872-1

CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Sancionan a CIMELEC Contratistas Generales S.R.L. con inhabilitacion temporal en sus derechos de presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 1172-2006-TC-SU Sumilla: Corresponde imponer sancion administrativa a la empresa CIMELEC Contratistas Generales S.R.L., por incumplimiento de obligaciones contractuales, dando lugar a que este se resuelva, infraccion tipificada en el literal b) del articulo 205 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. MORDAZA, 29 de diciembre de 2006 Visto, en sesion de fecha 28 de noviembre de 2006 de la Sala Unica del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente Nº 310/2006. TC sobre la aplicacion de sancion iniciada a la empresa

CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACION
Designan representante del CND ante la Comision Multisectorial creada mediante R.M. Nº 454-2006-PCM
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 001-2007-CND/P Lince, 4 de enero de 2007

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