Norma Legal Oficial del día 14 de Enero del año 2007 (14/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES
VISTO:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de enero de 2007

Delegan en el MORDAZA diversas atribuciones conferidas al Concejo Municipal por el Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972
ACUERDO DE CONCEJO Nº 000007 San MORDAZA de MORDAZA ores, 8 de enero de 2007 Vista en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 8 de enero del 2007; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Municipal tiene por nalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestacion de Servicios Publicos Locales, respondiendo adecuadamente a las demandas de los vecinos del distrito, asi como asumir con mayor e ciencia el rol que le compete a las Municipalidades; Que, conforme lo establece el Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades son atribuciones del Concejo Municipal: Inciso 3) Aprobar el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local; Inciso 23) Autorizar al Procurador Publico Municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el organo de Control Interno MORDAZA encontrado responsabilidad civil o penal, asi como los demas procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes; Inciso 26) Aprobar la celebracion de convenios de cooperacion nacional e internacional y convenios interinstitucionales; Inciso 32) Aprobar el Cuadro de Asignacion de Personal y las bases de las pruebas para la seleccion de personal y para los concursos de prevision de puestos de trabajo. De conformidad con lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en uso y atribuciones conferidas por misma ley, por unanimidad y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta por los miembros del Concejo en Sesion Ordinaria de fecha 8 de enero del 2007; ACUERDA: Articulo 1º.- DELEGAR en el senor MORDAZA CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA las atribuciones conferidas al Concejo Municipal en los incisos 3), 23), 26) y 32) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo 2º.- Comunicar el presente Acuerdo de Concejo a la Contraloria General de la Republica y disponer su publicacion en el Diario O cial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15307-2

En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Informe N° 001-2007/SGPVL/MDSA de la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche, Informe N° 001-2007/ GDES/GG/MDSA de la Gerencia de Desarrollo Economico y Social, Informe N° 001-2007-GAJ/MDSA de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe N° 003-2007-GG/MDSA de la Gerencia General, sobre el Desabastecimiento Inminente de Leche Evaporada Entera para el Programa del Vaso de Leche, periodo 2007, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, conforme a la Ley de Reforma Constitucional- Ley N° 27680, establece que las Municipalidades provinciales y distritales y las delegadas conforme a Ley, tienen autonomia economica, administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponde al Concejo las funciones normativas y scalizadoras y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, el inciso "c" del Articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 0832004-PCM establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las Adquisiciones que se realicen en Situacion de Desabastecimiento Inminente declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de conformidad con lo senalado en el Articulo 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM: "Se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio y obra compromete en forma directa e inminente la continuacion de las funciones, servicios, actividades y operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial"; Que, el Articulo 148° del Reglamento de la Ley N° 26850Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas requiriendole invitar a un solo proveedor cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra de la exoneracion sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para tal efecto; Que, el Articulo 20° del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM senala que la Declaratoria de Desabastecimiento Inminente debe aprobarse, en el caso de Gobiernos Locales, mediante Acuerdo de Concejo; Que, mediante Informe N° 001-2007/SGPVL/MDSA de fecha 2 de enero de 2007 la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche senala que la empresa Consorcio Nutrial S.A.C. ­Laive S.A. tiene contrato de suministro de leche para el Programa del Vaso de Leche hasta el 4 de enero de 2007, lo que conlleva a que a partir del dia siguiente a esa fecha no se cuente con el insumo de leche para el programa mencionado, por lo que dada la situacion presentada, se requiere asegurar la distribucion de leche a los bene ciarios de dicho programa, sugiriendo proceder a hacer la adquisicion necesaria a traves de exoneracion del MORDAZA de licitacion publica, por la causal de desabastecimiento inminente que se presenta, por un periodo de 70 dias, por que no de no hacerlo se interrumpira la prestacion de ese importante servicio a los ninos, madres gestantes, lactantes y ancianos; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe N° 001-2007-GAJ/MDSA, senala que del informe precitado se da cuenta de la fecha de conclusion del contrato suscrito con la Empresa Nutrial S.A.C. ­Laive S.A. para el abastecimiento de leche para el Programa del Vaso de Leche del distrito, dado que el mismo concluye el 4 de enero de 2007, indicandose asimismo la cantidad del recurso a requerirse por un periodo

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de leche evaporada y la contratacion de servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos
ACUERDO DE CONCEJO N° 002-2007/MDSA MORDAZA MORDAZA, 1 de enero del 2007

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