Norma Legal Oficial del día 16 de Enero del año 2007 (16/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 16 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

337703

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1312-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 21 de diciembre de 2006 VISTOS: Los Oficios Nºs. 3247-2006/GO/RENIEC, 14582006/GP/RENIEC y 3038-2006/GO/RENIEC y el Informe Nº1066 -2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 29 de agosto de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos, asi como la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil en su labor fiscalizadora, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se presentaron ante el registro con la finalidad de realizar tramites de Inscripcion y/o rectificacion de datos identificatorios, para lo cual declararon datos falsos; Que, con fecha 16 de MORDAZA de 2005 el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Documento Nacional de Identidad Nº 23206974, solicito rectificacion ante el Registro Unico de Identificacion de la Personas Naturales, de su fecha de nacimiento al 13 de marzo de 1945, adjuntando como documento de sustento, la Partida Nº 63568763 del Libro de Nacimientos del ano 2005 y que obra en la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de MORDAZA Virreyna, departamento de Huancavelica; empero del analisis de la documentacion, se desprende que la implementacion de dicha inscripcion de nacimiento, se efectuo en merito de un documento que contiene datos falsos, todo ello acreditado con la certificacion de la partida de bautismo, en donde se acredita que la misma pertenece al menor llamado MORDAZA, nacido el 15 de marzo de 1945, consignandose como MORDAZA a MORDAZA MORDAZA, constituyendose filiacion unicamente con esta; correspondiendole por el ello el nombre de MORDAZA MORDAZA y no como fuera consignado en la inscripcion senalada precedentemente; Que, con fecha 21 de febrero de 1991, en el Ex Registro Electoral del distrito de Perene, provincia Chanchamayo y departamento de MORDAZA, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, obtuvo la Inscripcion Nº 20570930, acreditando su identidad con la Libreta Militar Nº 2911045686, registrando como fecha y lugar de nacimiento el 28 de agosto de 1968, en Uranmarca, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, padres MORDAZA e MORDAZA, estado civil soltero y grado de instruccion 5to de primaria; posteriormente con fecha 18 de diciembre de 1999, la Partida de Inscripcion Nº 20570930 a nombre del ciudadano ya mencionado es excluida en forma definitiva, por causal de "fallecimiento" del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, segun el Acta de Defuncion Nº 56 del Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo - MORDAZA, constando como fecha de

acaecimiento el 9 de marzo de 1988, por declaracion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con inscripcion Nº 10135468; determinandose que MORDAZA MORDAZA MORDAZA no habia fallecido, toda vez que mediante el formulario de identidad Nº 10371411 solicito el Documento Nacional de Identidad correspondiente; por lo que la Estacion de Trabajo de Habilitaciones y Cancelaciones, procedio a habilitar la Inscripcion Nº 20570930 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al haberse determinado que las imagenes ( foto, firma e impresion digital ), registrada en el formulario de Identidad Nº 10371411 y verificado los documentos de Ley, correspondia al mismo ciudadano, concluyendo que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha declarado datos falsos al inscribir el fallecimiento de MORDAZA MORDAZA ORTIZ; Que, con fecha 19 de noviembre de 2004, la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante formulario de identidad Nº 2221321, implemento procedimiento de inscripcion ante el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, registrando como fecha de su nacimiento el 10 de agosto de 1986, acreditando su propuesta registral con inscripcion extemporanea de nacimiento asentada en la Partida Nº 62945784 del Libro de Nacimientos del ano 2004 y que obra en la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital las Pirias, provincia de MORDAZA, departamento de Cajamarca; siendo que de la revision del expediente administrativo que diera merito al asiento registral extemporaneo de nacimiento que obra en la mencionada partida, se advierte que la misma, tuvo como documento de sustento, la Partida de Bautismo Nº 872 a fojas 291 del Libro Nº 47 de la Parroquia de San MORDAZA MORDAZA de la provincia de Jaen; la misma que tiene consignada como titular a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, nacida en esa localidad el 10 de agosto de 1984, por lo que se ha determinado que la implementacion de inscripcion de nacimiento, obrante en la Partida Nº 62945784 del Libro de Nacimiento obrante del ano 2004 y que obra en la Oficina de Registro del Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital las Pirias, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, se ha efectuado en merito a un documento que contiene datos falsos; Que, en atencion a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de Ios intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MUNOZ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de Ios intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la fe publica en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de Ios asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para Ios fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 15789-2

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