Norma Legal Oficial del día 20 de Enero del año 2007 (20/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de enero de 2007

Que, mediante Ordenanza Nº 102 publicada en el diario oficial El Peruano se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, incorporando la Procuraduria Publica Municipal a cargo de un funcionario de confianza designado por el MORDAZA, con categoria de Director (Art. 51º) detallando sus funciones (Art. 52º); Que, el inciso 17) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades senala que el MORDAZA tiene la facultad de designar y MORDAZA a los funcionarios de confianza a propuesta del Gerente Municipal; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 00929-2003MDR de fecha 16.12.03, se designo al Procurador Publico Municipal; Que, mediante Resolucion de Alcaldia N° 449-2006MDR de fecha 27.12.06, se da por concluida la designacion del Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Distrital del MORDAZA y, con la finalidad de garantizar el normal funcionamiento propio de la administracion y no interrumpir el desenvolvimiento de la misma, se hace necesario designar al funcionario de dicha Direccion; De conformidad con los articulos 6° y 20° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y demas normas pertinentes. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR, a partir de la fecha al Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Distrital del Rimac. Articulo Segundo.- El Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, tendra a cargo la representacion y defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, no teniendo restriccion alguna para ejercer todas las prerrogativas que le correspondan, debiendo cenirse a la normatividad a la que esta sujeta el accionar de los Procuradores Publicos del Estado asi como a los alcances de la Ley Nº 27972. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Oficina de Administracion y Finanzas a traves de la Unidad de Recursos Humanos y demas areas de la Municipalidad a fin que el Procurador Publico Municipal designado pueda ejercer cabalmente las funciones que le corresponden por Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17732-1

de acuerdo a lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, mediante Ordenanza Nº 385-MSB, publicada con fecha 7.12.2006, se aprobo el Beneficio Especial por MORDAZA Navidena para los contribuyentes del distrito de San MORDAZA, estableciendose como plazo de vigencia de la misma hasta el 28.12.2006. Que, la primera disposicion final de la Ordenanza precitada faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para establecer la prorroga de la misma. Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 19-2006-MSBA, publicado con fecha 1.1.2007, se prorrogo la vigencia de la Ordenanza Nº 385-MSB, hasta el 19.1.2007. Que, mediante el Informe del visto la Gerencia de Rentas solicita que se amplie la vigencia de la Ordenanza Nº 385-MSB, hasta el 31.1.2007, con el objeto de brindar facilidades de pago a los contribuyentes que a la fecha no han podido acogerse al beneficio establecido en la precitada norma. Estando a lo expuesto, con el visto de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoria Juridica y conforme a lo establecido en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organiza de Municipalidades - Ley Nº 27972. DECRETA: Articulo Unico.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 385-MSB hasta el 31 de enero del 2007. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17762-1

Convocan a MORDAZA de eleccion de representantes de las Juntas Vecinales Comunales
DECRETO DE ALCALDIA Nº 02 -2007-MSB-A San MORDAZA, 19 de enero de 2007 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA Vistos, el Memorandum Nº 004/2007/MSB/GPV, de fecha 17.1.2007 e Informe Nº 023-2007-MSB-GAJ, de fecha 18.1.2007, de la Gerencia de Participacion Vecinal y Gerencia de Asesoria Juridica, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, el articulo 116º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 establece que los Concejos Municipales, a propuesta del MORDAZA, de los regidores, o a peticion de los vecinos, constituyen Juntas Vecinales, mediante convocatoria publica a elecciones. Que, mediante Ordenanza Nº 320-MSB, publicada el 20.12.2004, se MORDAZA la Constitucion, Delimitacion, Organizacion y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales y de la Junta de Delegados Vecinales Comunales del distrito de San Borja; la misma que fuera modificada mediante Ordenanza Nº 371-MSB, publicada en 5.5.2006. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3º de la Ordenanza Nº 320-MSB, las Juntas Vecinales Comunales son agrupaciones sociales que se constituyen como mecanismos que fomentan la participacion vecinal efectiva en el distrito de San MORDAZA y estan conformadas por vecinos y representantes de las Organizaciones Sociales que cuenten con reconocimiento municipal, agrupados

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 385-MSB
DECRETO DE ALCALDIA Nº 01-2007-MSB-A San MORDAZA, 18 de enero de 2007 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto, el Informe Nº 04-2007-MSB-GR, de fecha 15.1.2007 de la Gerencia de Rentas. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 28607 - Ley de la Reforma Constitucional, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 4.10.2005, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; radicando esta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico,

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