Norma Legal Oficial del día 20 de Enero del año 2007 (20/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

338012

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de enero de 2007

Articulo Noveno.De la Perdida de Fraccionamiento. El incumplimiento en el pago de dos (2) cuotas seguidas o alternadas, entendiendose por no pago, el pago parcial de una de las cuotas o el no pago de la MORDAZA cuota del fraccionamiento, automaticamente da lugar a la emision de la Resolucion Gerencial de perdida del beneficio emitida por la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas y a la posterior ejecucion de las medidas de cobranza coactiva por la totalidad de la amortizacion e intereses correspondientes que estuvieran pendientes de pago, actualizados con el cien por ciento (100 %) de la Tasa de Interes Moratorio (TIM) desde la fecha de suscripcion del fraccionamiento. Articulo Decimo.- De la Tasa de Interes de Fraccionamiento (TIF) A la deuda tributaria fraccionada se le aplicara un interes equivalente al ochenta por ciento (80 %) mensual de la Tasa de Interes Moratorio (TIM) vigente. Articulo Undecimo.- De las garantias. Cuando el total de la deuda al 15 de enero del 2007 sea igual o menor a treinta (30) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) en el caso de personas naturales e igual o menor a ciento veinte (120) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) en el caso de personas juridicas, estas no necesitan de garantia. Cuando la deuda a fraccionarse supere las treinta (30) UIT o las ciento veinte (120) UIT respectivamente, el deudor debera otorgar garantia a favor de la Municipalidad por un monto que exceda en diez por ciento (10%) el monto total de la diferencia. Las garantias pueden ser: Carta Fianza, Cheque de Gerencia, Warrant, Hipoteca, Prenda u otra a criterio de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, pudiendo presentarse de manera independiente o conjunta. En el caso de la Carta Fianza, esta debera ser irrevocable, incondicional y de ejecucion inmediata, emitida por una entidad del Sistema Financiero a favor de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, con vigencia hasta treinta (30) dias calendario posteriores al vencimiento de la MORDAZA cuota del fraccionamiento. Articulo Decimo Segundo.- De la Renovacion. La Carta Fianza tendra una vigencia de seis (6) meses renovable por el importe adeudado a la fecha de renovacion, incrementando en un diez por ciento (10 %) el monto sujeto a garantia. Si la Carta Fianza no fuera renovada MORDAZA del primer dia habil del vencimiento de la garantia vigente, se procedera a su ejecucion sin lugar a reclamo alguno. CAPITULO IV DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Del cumplimiento. Encargar a las Gerencias de Administracion Tributaria y Rentas, Administracion y Finanzas, Unidad de Informatica, Imagen Institucional y Participacion Ciudadana; y sus respectivas dependencias, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- De la prioridad. Dejar sin efecto toda disposicion que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza, facultandose al Despacho de Alcaldia a dictar las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias para su cumplimiento y prorrogar su vigencia mediante Decreto de Alcaldia. Tercera.- De la ejecucion coactiva de deudas. Continuese la tramitacion de los procedimientos de ejecucion coactiva durante la vigencia de la presente Ordenanza y dejese sin efecto el pago de las costas y gastos de los obligados que se acojan a los beneficios otorgados por la presente norma.

Mando se registre, comunique y cumpla. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17749-1

Aprueban habilitacion MORDAZA terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 654-2006-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 22 de diciembre del 2006

de

VISTO: El Expediente Nº R-1389-98 de fecha 22 de setiembre de 1998 y anexos promovido por REPRESENTACIONES ROVEALX S.R. Ltda, representado por el Gerente General MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita la aprobacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada para uso Residencial de Densidad Media R4 y Comercio Vecinal C2 del terreno de 32,610.00 m², denominado UC. 10372, inscrito en la Partida Electronica Nº 44164566 del Registro de Predios, ubicado en el Lote 8 que formo parte del Lote A del ex Fundo Chuquitanta, distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el representante REPRESENTACIONES ROVEALX S.R. Ltda, solicita la aprobacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada para uso Residencial de Densidad Media R-4 y Comercio Vecinal C2 del terreno de 32,610.00 m², denominado UC. 10372, inscrito en la Partida Electronica Nº 44164566 del Registro de Predios, ubicado en el Lote 8 que formo parte del Lote A del ex Fundo Chuquitanta, distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA y adjuntando los Planos de Ubicacion, de Lotizacion y Memoria Descriptiva; Certificado de Zonificacion y Vias Nº 5242004-MML/DMDU-OPDM, y el Plano Nº 2216-2004-MML/ DMDU-OPDM/DPTN, Declaraciones Juradas legalizadas de inexistencia de MORDAZA de regadio, de feudatario, subarrendatarios o trabajador MORDAZA estables, y que se ha respetado las areas de aportes en el terreno materia de la habilitacion, Carta Nº 00133-GT-SED-DO-SOP2002-163275 otorgada por EDELNOR de MORDAZA de existencia definitiva de sub sistema de distribucion primaria y secundaria de instalaciones de alumbrado publico y conexiones domiciliarias, y Carta Nº 1412004/ET-N de SEDAPAL, que senala que la habilitacion denominada Urb. Vista MORDAZA I Etapa esta considerada en el Sector 253, del estudio denominado "Factibilidad para el mejoramiento y ampliacion de los sistemas de agua potable y alcantarillado de los ex Fundos Oquendo, MORDAZA MORDAZA, Naranjal, Chuquitanta y MORDAZA Porcino del distrito de San MORDAZA de Porres" , que forma parte de los actuados en el expediente administrativo; Que, mediante Acuerdo Nº 001, tomado en Sesion Nº 003-2006 de fecha 15-06-06, la Comision Tecnica Dictaminadora y Calificadora de Habilitaciones Urbanas de San MORDAZA de Porres dictamino favorable la Habilitacion MORDAZA Ejecutada de Densidad Media R-4 y Comercio Vecinal C2 de MORDAZA Progresivo por contar con obras parcialmente ejecutadas del terreno de 32,610.00 m², denominado UC. 10372, ubicado en el Lote 8 que formo parte del Lote A del Ex Fundo Chuquitanta, distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; estableciendose de conformidad con la Ordenanza Nº 292-MML (por la anexion al casco urbano) el aporte de

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